En 1976 se promulga la Ley Orgánica del Ambiente a la cual sigue, en
1992, la Ley Penal del Ambiente, y que en 1977 Venezuela se convierte en
el primer país de América Latina en tener un Ministerio del Ambiente.
Venezuela posee una legislación ambiental bien moderna y ambiciosa. Es
más, desde el principio la actuación del país ha destacado como una de
las más avanzadas en la materia. Pero en la realidad se presentan muchas
interrogantes, especialmente en su aplicabilidad, por ejemplo:
¿Por qué no se le presta la atención necesaria al cuidado de nuestro medio ambiente? ¿Qué es lo que lo evita? ¿Hay realmente un compromiso de las empresas en cumplir la ley? ¿Qué es lo que lo impide?
¿El por qué no de su eficacia?¿Se aplica realmente lo que sus
artículos especifican? Lo cierto que en su aplicabilidad se nota
incapacidad de hacer operativas todas las leyes, normas y decretos por
motivos como, la falta de preparación y de una base ética profesional
que establezca el rol ambiental en las empresas.
No obstante, como lo leemos constantemente en la presa, en los distintos
medios de de comunicación se exponen quejas, protestas por parte de las
comunidades, población sobre la contaminación del medio ambiente en
donde operan muchas empresas.
Es decir, la sensibilidad de la población está creciendo; existen algunos esfuerzos educativos interesantes y los medios de comunicación masiva se ocupan cada vez más del tema.
Aun cuando la resonancia no es tan grande como en los países
industrializados, definitivamente estamos prestando más atención a la
gestión ambiental. Esto significa que ya existe una premisa importante
que se hace operativa en el momento que la cultura venezolana esté
frente a otra, diferente.
El Área de postgrado de Faces a través del programa de gerencia de la
calidad y productividad y de la asignatura de problemática de la
Administración Venezolana de la escuela de Administración ha organizado
seminarios, congresos, sobre lo que este tópico representa,
de alguna manera ha contribuido a despertar un poco más la
responsabilidad de las empresas y participar en el desarrollo de una
cultura ambiental, en donde las comunidades, Juntas de Vecino desempeñan
un rol importante en la exigencia de la protección del Ambiente.
A todo ello, cabe señalar, que la cultura ambiental de las empresas no
se debe únicamente a un compromiso ético, sino que es, y debe ser,
motivada en gran parte por el Estado quien está llamado a velar, con una
serie de políticas, por la conservación del medio ambiente.
Allí se enmarcan las leyes, decretos, normas, en fin todo el
contexto legal, dentro del cual se mueven las empresas. Pero también no
debe olvidarse el contexto socio-cultural, donde por un lado la
educación y, por el otro, la opinión pública y la intervención de los
medios masivos de comunicación juegan un importante rol de formación y
vigilancia.
Lo cierto, que en Venezuela, a pesar de existir una legislación de
protección al ambiente comparable a la de algunos países desarrollados,
se confrontan problemas serios de lesión al ambiente, particularmente en
lo relativo a la generación de contaminantes provenientes de emisiones,
residuos tóxicos, y accidentes en el transporte y el almacenamiento.
Esto se deriva, en parte, de la debilidad de los mecanismos de control
para hacer cumplir la legislación y de un bajo interés por parte de la
opinión pública por estos asuntos.
No obstante, hay que señalar que, que el Estado no ejerce plenamente
su papel regulador, debilitando el cumplimiento de la ley penal del
ambiente en los procesos productivos de empresas venezolanas, y cada vez
más se observa el surgimiento de inquietud y preocupación por parte de
la comunidad, así como la disposición de algunas asociaciones
empresariales y empresas.
La importancia que toma la gestión ambiental en los procesos productivos
de las empresas conlleva a crear conciencia sobre la conservación de los
recursos naturales. En este sentido, resulta imprescindible conocer los
niveles de capacitación tecnológica que presentan las empresas que
componen un sector industrial venezolano,
la infraestructura de tratamiento y disposición de desechos que
poseen y las diferencias en los ritmos de adopción de prácticas de
gestión en calidad y ambiente; con la finalidad de poder identificar los
principales factores que condicionan la adopción de tecnologías
ambientalmente compatibles y comprender, cabalmente, los procesos de
aprendizaje que esto lleva implícito.
Se debe tener presente, que las posibilidades de progresar en materia
ambiental, bien sea a través de la mejora continua de las prácticas
productivas existentes, o a través de la implantación y/o desarrollo de
tecnologías limpias, dependen del nivel de desarrollo tecnológico de
Empresa.
En muchas de las empresas del país, especialmente Pymes su tecnología
deja mucho que decir y propician a través de sus procesos la
contaminación.
La ley penal del ambiente tiene la finalidad de Tipificar como delitos
los hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente y establecer las sanciones penales
correspondientes. De igual manera, determinar las medidas
precautelativas, de restitución y reparación a que haya lugar.
A todo ello se agrega, Los Códigos Voluntarios de Gestión, son
iniciativas generalmente de carácter privado orientados al mejoramiento
continuo de su gestión ambiental, basados en esquemas de autorregulación
y autogestión.
Concretamente, en Venezuela se ha iniciado el proceso de adopción de
algunos de estos códigos como es el caso de Responsabilidad Integral.
También se ha comenzado la implementación de algunas de las Normas ISO
14000, en particular lo que hace referencia a los Sistemas de
Gerenciamiento Ambiental.
El desarrollo de estos códigos responde a esfuerzos individuales, y no a
una estrategia nacional en este sentido. Además, en esta etapa han sido
las grandes empresas del país.
Además de exceso de consumo, la región Norte de Venezuela presenta
graves problemas de contaminación de fuentes de agua. La extracción de
petróleo, el procesamiento de alimentos, las industrias textiles y las
industrias pesadas de hierro y aluminio, son y han sido actividades
productivas altamente contaminantes en nuestro país.
Los sistemas de tratamiento de desechos tóxicos han sido implantados
solo de manera parcial. Sin embargo, aun cuando se instalasen los
debidos sistemas de tratamiento de agua, hay contaminación acumulada de
muchos años que debe ser tratada con tecnología que resulta altamente
costosa.
La asistencia de organizaciones internacionales y de los multilaterales
es vital en este aspecto, y debe ser perseguida.
El Gobierno Venezolano debe identificarse más con que la ley penal del
Ambiente se cumpla dentro de sus normativas, artículos, demandar a las
empresas su responsabilidad, sancionarlas de ser necesarias y evitar que
se de la corrupción, evitando las multas, sus cierres, por lo que ello
puede representar como beneficio individual a los encargados de su
cumplimiento.
Ing. Carlos Mora Vanegas - El Dr. Mora es Ingeniero - Administrador, Profesor Titular en el Área de estudios de Postgrado de la Universidad de Carabobo (Venezuela) cmoraarrobapostgrado.uc.edu.ve camv12arrobahotmail.com
Acerca de GestioPolis
Participar en la comunidad
Derechos de Autor
GestioPolis es la primera comunidad de conocimiento en negocios de Hispanoamérica
Derechos Reservados sobre el concepto del sitio web
GestioPolis.com
© 2008 Carlos López
| Hazte miembro de GestioPolis |
|
Y Descarga 11 eBooks
GRATIS |