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La transferencia por cambio de gobierno por su trascendencia debe ser
escrupulosa y diligentemente delineada, demandando su puesta en práctica
una previa preparación de quienes tendrán la delicada responsabilidad de
integrar la Comisión de Recepción.
Las altas responsabilidades asumidas por los diferentes niveles de
gobierno: Regional, Provincial y Local son efectivas desde el primer
día de gestión oficial; por lo tanto es imprescindible contar con
información fidedigna, íntegra, útil y necesariamente confiable para el
manejo gerencial de las nuevas administraciones.
Por esta razón, se debe exigir –a la administración saliente- la
entrega oportuna de información relevante y completa. No aceptando datos
residuales, ambiguos o deficientemente presentados cuya subjetividad de
ningún modo estarían reflejando la situación real de los organismos y
órganos que se transfieren.
Quienes se hacen cargo de la alta responsabilidad de un gobierno
Subnacional deben designar como integrantes de la comisión de
recepción a quienes posean las competencias técnicas suficientes para
controlar, supervisar y demandar que la información documental que por
transferencia reciben sea entregada oportuna y debidamente sustentada,
de modo que cumpla con los imprescindibles requisitos de veracidad ,
integridad, transparencia y confiabilidad.
La intervención medrosa o inercial en los procesos de transferencia es
–en algunos casos- aprovechada, por la gestión cuyo mandato concluye,
para furtivamente disfrazar aquellas acciones y actos administrativos
innecesarios y extemporáneos y hasta ilícitos relacionados con los
asuntos de personal y con otros casos vinculados a gastos, inversiones
y compromisos económicos inmotivados que comprometen onerosamente el
presupuesto público.
Para evitar tal situación y facilitar la transferencia es recomendable
que ésta se realice por sistemas administrativos y dependencias de
línea, designándose al frente de cada sistema y área operativa a un
profesional competente y experimentado en la materia a transferir que no
dude en aplicar sus conocimientos e intuición técnica para rechazar u
observar con firmeza cualquier posibilidad o intento que conduzca a
desvirtuar la finalidad de la transferencia
Como Sistemas Administrativos tenemos: Contabilidad, Tesorería,
Presupuesto, Personal , Logística etc.
Como Órganos de Línea cada entidad o institución en transferencia
tiene, según su misión o finalidad, particulares funciones específicas
que son distribuidas adecuadamente entre sus diferentes estamentos
operativos. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) debidamente
aprobado, es un documento importante para conocer la estructura
organizacional y funciones de las diferentes dependencias del Gobierno
Provincial, Regional o Local.
GOBIERNOS LOCALES
Como guías o instructivos para la transferencia de los Gobiernos Locales
existe la siguiente normativa que debe aplicarse con todo el rigor
técnico-legal que sin duda alguna tiene este traspaso o cesión de
responsabilidades sobre todo cuando se recibe
documentación substancial a través del Informe Final de Rendición de
Cuentas; del Balance por Cierre de Gestión y mediante la Memoria de
Gestión etc.
Ley Nº 26997 “Ley que establece las Comisiones de Transferencia de la
administración municipal”
Ley Nº 28420 modifica la Ley Nº 26997 en sus artículos 1º, 3º y 4º e
incorpora el art. 8º
Comunicado Nº 019-2006-EF/76.01 “A los Gobiernos Locales”
Directiva Nº 04-2006-CGE-PC (Apartado IX “Responsabilidad de realizar la
transferencia de la Administración a fin de permitir la adecuada cautela
de los recursos públicos”) aprobada por Resolución de Contraloría Nº
285-2006-CG
Directiva Nº 008-2003-CG/OAT (Rendición de Cuentas) aprobada por
Resolución de Contraloría General Nº 054-2005-CG
Instructivo Nº 15 de la Contaduría Pública de la Nación “Facilita la
transferencia de información contable de la Gestión Municipal)
Comunicado Oficial de la Contraloría General de la República Nº
010-2002-CG (Proceso de Transferencia de la Administración Municipal )
Ordenanza Nº 190-MML de 4.nov.98 “Aprueba el Reglamento de Transferencia
del Gobierno Municipal para las Municipalidades de Lima Metropolitana”
CONCLUIDA LA TRANSFERENCIA, es recomendable iniciar el “Proceso de
Evaluación del Sistema de Gestión del Empleo Público y Recursos Humanos”
utilizando como referente de contraste la Metodología de Diagnóstico
que para este proceso promueve el Banco Mundial de Desarrollo (BID) y
que exitosamente ha sido aplicada en Uruguay, Brasil, Colombia,
Venezuela, Guatemala etc.
La Gestión de RRHH es presentada como un sistema integrado de gestión,
que tiene como rasgo fundamental la “coherencia estratégica” que
establece que la calidad de la gestión de los recursos humanos no puede
ser juzgada al margen de la conexión con la estrategia ( visión, misión,
prioridades y objetivos) de la organización al entender que la Gestión
de Recursos Humanos no crea valor sino en la medida en que resulta
coherente con las prioridades y finalidades organizativas.
Germán S. Maraví Mustto - germanmaraviarrobayahoo.com.mx
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