Sanciones comerciales aplicadas por Estados Unidos

Antecedentes

La experiencia histórica señala que, en muchos casos, quien asumió el papel de potencia principal intentó definir las reglas del comercio, tanto en períodos de paz como en épocas de guerra. Desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos ha desempeñado ese papel. Asumió un papel protagónico en la creación del GATT, Washington organizó las restricciones comerciales impuestas a la Unión Soviética, sus aliados y Estados clientes entre las décadas de los cincuenta y los ochenta. Las primeras sanciones se centraron en la imposición de restricciones a las exportaciones de tecnologías militares críticas en 1948, y en la revocación del tratamiento arancelario de nación más favorecida (NMF) a la mayoría de los países comunistas en 1951. Entre las sanciones posteriores se incluyen la vinculación de la libertad de emigración al otorgamiento del tratamiento de NMF (la enmienda Jackson-Vanik a la Ley de Comercio de 1974), la imposición de normas más estrictas a estos países conforme a la ley anti-dumping y otras leyes de comercio, la negación del acceso a créditos (excepto para exportaciones agrícolas) y la oposición a la adhesión de la Unión Soviética al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, y a otras instituciones económicas multilaterales.

La vinculación entre comercio y política afectó a muchas naciones que se vieron sometidas a una gama de instrumentos comerciales utilizados como instrumento político, que iban desde un acuerdo de libre comercio hasta un embargo comercial total. Entre estos dos extremos se encontraba un espectro de opciones que permitía a los responsables de las políticas, ubicar el grado de recompensa o penalización aplicado a cada actor comercial.

EE.UU.
Las sanciones comerciales han sido históricamente un instrumento de acción en la política exterior estadounidense.

Veamos los principales instrumentos económicos y comerciales utilizados como instrumento político por Estados Unidos.

1. Incentivos:

  • Acuerdo de libre comercio o mercado común.
  • Otorgamiento de preferencias comerciales. Por ejemplo el SGP.
  • Otorgamiento del tratamiento de nación más favorecida.

2. Sanciones:

  • Negación o reducción de preferencias comerciales.
  • Aranceles punitivos en productos específicos.
  • Embargo comercial parcial (prohibición de exportar o importar ciertos artículos).
  • Embargo comercial total.

También hubo programas de comercio preferencial que obedecieron a intereses de tipo estratégico, como es el caso del SGP (Sistema Generalizado de Preferencias), así como las decisiones de suspender la aplicación de esas preferencias a países con los que Estados Unidos tuviera conflictos políticos, como Chile, Nicaragua y Panamá a lo largo de la década de los ochenta y Haití en los años noventa.

Irónicamente, después de la guerra fría, los países que fueron los adversarios más acérrimos de Estados Unidos durante la guerra fría son objeto de las sanciones menos severas. Es el caso de Rusia y de la mayoría de los Estados de la ex Unión Soviética, de algunos Estados de Europa del Este y de China. Casi todos los países mencionados reciben actualmente tratamiento de NMF por parte de Estados Unidos de manera condicional, y la mayoría de ellos (con excepción de China) son beneficiarios del SGP.

Corea del Norte y Cuba han sido objeto de embargos por parte de Estados Unidos desde 1950 y 1963, respectivamente; el intercambio comercial con Vietnam también fue prohibido hasta 1994, año en que la Administración Clinton lo levantó; restricciones similares fueron impuestas a Nicaragua durante la mayor parte de la década de los ochenta y a Argentina durante el conflicto de las Malvinas; Irán también fue sancionado entre 1979 y 1980 después de la crisis de los rehenes, sanciones que fueron reimpuestas en 1987; Irak desde la invasión a Kuwait en 1990; Libia desde 1978 para las exportaciones de armas y desde 1986 para todo tipo de comercio y Siria y Sudan también presentan sanciones comerciales desde 1986. Las sanciones económicas aplicadas a Serbia, Montenegro y al territorio bajo control de los serbios de Bosnia fueron suspendidas, conforme a los acuerdos de paz de Dayton.

Existen también sanciones específicas aplicadas al movimiento UNITA de Angola y contra empresas e individuos asociados con el narcotráfico y el terrorismo.

ACTUALIDAD

Las sanciones como herramienta de política exterior son una fuente creciente de enfrentamiento entre los Estados Unidos y sus socios comerciales. Un estudio realizado por el Consejo Presidencial de Exportaciones (PEC), encontró que hasta mediados de 1997, 75 países, que representan 52 por ciento de la población mundial, eran objeto de sanciones o estaban seriamente amenazados por una o más sanciones comerciales. Pero la cifra ha aumentado a 76 países, con la adición de la India, con un total de 68 por ciento de la población.

Las sanciones comerciales más significativas que han sido impuestas desde 1994 son:

  • Ley de Libertad y Solidaridad Democrática Cubana (“LIBERTAD”): también conocida como la “Ley Helms-Burton”, impone sanciones para aquellos que trafiquen con propiedades cubanas confiscadas a ciudadanos estadounidenses.
  • Ley de Sanciones a Irán y Libia (“ILSA”): impone sanciones comerciales a las personas que exporten ciertos artículos o tecnología para mejorar la industria petrolera iraní y a las personas que intencionalmente contribuyan con las capacidades libias en armamento de destrucción masiva, en su industria petrolera o en la aviación.
  • Ley para el Control de la Exportación de Armas (enmendada): impone sanciones comerciales y económicas en contra de cualquier país que participe en la proliferación de armas nucleares.

Cuando los legisladores promulgaron en 1994 la ley que establece sanciones para quienes contribuyan a la proliferación de armas nucleares, tenían la esperanza de que el efecto disuasivo de esta amenaza significaría que jamás tendría que ser utilizada. Es más, reforzaron la amenaza al negarse a incluir el poder de exención presidencial en la ley. Después de que la India y Paquistán hicieron sus pruebas nucleares, los legisladores dudaron de la decisión tomada. Paquistán es uno los principales compradores de trigo estadounidense. La respuesta a corto plazo ha consistido en volver a redactar la ley de sanciones contra la proliferación nuclear. En un cambio de actitud políticamente embarazoso, el Senado aprobó unánimemente la “Ley de 1998 para la Asistencia a las Exportaciones Agrícolas” a principios de julio. Esta ley levanta las sanciones impuestas a las exportaciones agrícolas, los créditos agrícolas, los productos farmacéuticos e ítems humanitarios similares para la India y Paquistán, a pesar de su condición de Estados que contribuyen a la proliferación de armas nucleares conforme a lo estipulado en la Ley para el Control de la Exportación de Armas.

Estados Unidos también impone sanciones comerciales a aquellos países que reprimen activamente las ceremonias y los ritos religiosos tal y como lo muestra la “Ley de 1998 sobre la Inmunidad ante la Persecución Religiosa”; el Representante Frank Wolf obtuvo la autorización de este proyecto legislativo en la Cámara de Representantes el 14 de mayo, por una votación de 375 a 41.

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Otro punto de vista de las sanciones

Las sanciones comerciales unilaterales de Estados Unidos se están volviendo en contra de sus empresarios exportadores afectándolos financieramente. Las exportaciones abandonadas significan una pérdida de exportaciones y de empleos, no solamente en términos de ventas iniciales, sino que muchas veces de años de servicios posteriores a la venta, particularmente en un mercado competitivo o en surgimiento. Las sanciones también pueden perjudicar seriamente las relaciones de Estados Unidos con el país sancionado y causar desventajas para las empresas de sectores no sancionados. Los componentes norteamericanos pueden ser eliminados de los productos, y las compañías norteamericanas pueden quedar excluidas de los consorcios. Este es el caso del conflicto con la Unión Europea (UE) por el mercado del banano, en donde se han visto involucrados otros sectores que poco o nada tenían que ver, como las carnes por el lado de Estados Unidos y las bebidas por la UE. La pérdida real o potencial de exportaciones estadounidenses finalmente pudiera servir para demorar o incluso echar atrás algunas sanciones comerciales unilaterales, un área en la cual las protestas diplomáticas foráneas y las peticiones para que se enmendara la situación parecían haber tenido poco peso.

Docenas de compañías multinacionales, importantes firmas exportadoras y grupos agrícolas fundaron en 1997 un grupo de cabildeo, denominado USA Engage, para combatir la creciente tendencia a favor de la imposición de nuevas sanciones. Su primer vehículo legislativo es la “Ley de Mejoramiento del Comercio, la Seguridad y los Derechos Humanos a través de la Reforma de las Sanciones”. Este proyecto de ley impondría un periodo de “suspensión y revisión” para todas las leyes que estudian sanciones, además de estipular una serie de pasos que el Congreso debería tomar para evaluar los posibles efectos de las sanciones, sin afectar cualquiera de las sanciones que ya están en vigencia.

EE.UU.
Las sanciones comerciales han dado lugar a protestas tanto externas como internas.

Por su parte, el Senador Cristopher Dodd introdujo su “Ley de Racionalización de las Sanciones”. Dodd dice que el ejemplo perfecto de sanciones problemáticas son las instrumentadas contra Cuba. “Durante 39 años hemos seguido una política cada vez más estricta de embargo contra el gobierno de Cuba, sin embargo sigue en el poder. Se pueden utilizar argumentos similares con respecto a Corea del Norte, Irán y Libia”.

El senador republicano Trent Lott afirmó en una entrevista de televisión que tiene intenciones de someter a votación la ley de sanciones por persecución religiosa y que también programará una votación para levantar el veto a ley de sanciones por la proliferación de misiles iraníes. Lott también elaboró un completo programa de trabajo, el cual ya cumplió la meta a corto plazo, al producir el proyecto legislativo orientado a suavizar las sanciones comerciales agrícolas en contra de la India y Paquistán

Pero, por otra parte, hay sectores que presionan fuertemente al congreso por sanciones comerciales, el caso más representativo es el del acero. Los empresarios de este sector se han ganado la reputación de exigir protección siempre que se produce un incremento en la competencia generada por las importaciones. En este sector las sanciones comerciales unilaterales has servido como herramienta negociadora, para propiciar restricciones voluntarias a las exportaciones en varios países latinoamericanos.

Aún en estos tiempos en los que la Ronda Uruguay prohibió la adopción de nuevos VER (restricción voluntaria de las exportaciones) y VRA (acuerdos de restricción voluntaria) y exigió el cese o la erradicación gradual de los acuerdos existentes, el presidente de la Federación de Productores de Hierro y Acero del Japón anunció que las siderúrgicas de ese país restringirían voluntariamente sus exportaciones a Estados Unidos. Aunque funcionarios estadounidenses se negaron a reconocer cualquier participación en esta decisión, esto ocurrió un día después de que la embajadora Barshefsky afirmara en Tokio que existen motivos para que se someta a revisión el intercambio comercial entre Estados Unidos y Japón en materia del acero.

La industria ha planteado varias denuncias en las que solicita la aplicación de medidas de alivio comercial (por ejemplo, casos antidumping y de derecho compensatorio), que son sus instrumentos más tradicionales de protección. Dentro de los países que figuran como objeto de medidas antidumping y de derecho compensatorio se encuentran varios latinoamericanos.

Las sanciones comerciales de Estados Unidos también generan problemas políticos internos. Tras varios años de estar aumentando el número y el tipo de sanciones comerciales dirigidas en contra de las prácticas objetadas llevadas a cabo por países extranjeros, el Congreso está empezando a sentir una violenta reacción de parte de algunos de sus grupos de electores más importantes en las comunidades agrícola y empresarial, cuyas exportaciones se ven amenazadas.

También se da la división entre la casa blanca y el congreso por la presencia de sectores de oposición en este último. Un punto en este aspecto es que los demócratas quieren insertar en los temas comerciales temas relacionados con los derechos laborales y humanitarios, mientras que los republicanos mantienen que deben ser tratados en un foro diferente al comercial. Además, al acercarse las elecciones congresistas del 3 de noviembre, las divisiones intrapartidistas concentraron su enfrentamiento en los temas relacionados con el comercio.

En una entrevista con el subsecretario de Estado Stuart Eizenstat realizada por el redactor de asuntos económicos de USIS Bruce Odessey, este reconoce que las sanciones económicas son un instrumento importante de la política exterior y median entre la diplomacia y el uso de la fuerza. Se las utiliza cuando otras medidas son insuficientes y cuando su imposición es probable que haga cambiar la conducta del estado transgresor. Las sanciones abordan la mala conducta en cuanto a derechos humanos, terrorismo, narcóticos, armas de destrucción masiva, y otras áreas donde tal conducta se considera inaceptable conforme a las normas mundiales.

Y continua diciendo: “Para aumentar al máximo la efectividad de las sanciones, cuando decidimos utilizarlas, preferimos sanciones que tengan respaldo y participación multilaterales. Al mismo tiempo estamos preparados para aplicar sanciones unilaterales cuando no podemos formar un régimen de sanciones multilaterales y cuando están en juego importantes intereses nacionales. Estas sanciones deben concebirse en forma tal que sean compatibles con nuestras obligaciones internacionales y que reflejen un análisis del costo en relación con los beneficios”.

Sin embargo, según el dictamen de una comisión de arbitraje de la OMC, la Ley de Comercio Exterior de Estados Unidos, que autoriza a este país a imponer sanciones comerciales unilaterales, no es compatible con las normas de este organismo. Esta comisión fue establecida, a petición de la Unión Europea, que consideró que esta ley no se ajustaba a la actual legislación internacional, enmarcada en la OMC, que prevé procedimientos de consulta bilaterales y arbitraje internacional para solucionar conflictos comerciales.

En últimas tenemos que las razones más frecuentes del uso de sanciones comerciales de parte de Estados Unidos en los años noventa son cuestiones como el narcotráfico, la carencia de respeto de los derechos humanos básicos, el terrorismo y la proliferación nuclear. Estas siempre han sido importantes, pero tendían a ocupar un segundo lugar frente a las preocupaciones de la Guerra Fría. Ahora ocupan el primer lugar. En cuanto a la aceptación o no por parte de los americanos, todo depende de los intereses que se involucren en una sanción comercial y las causas que la producen; si los intereses de productores nacionales o exportadores se ven afectados y si las causas son políticas o también tienen que ver con el tema comercial.

Bibliografía

Comercio y Sanciones: El efecto bumerán”. Boletín del SELA. #46. Julio 1998.

Boletín Antena del Sela en Estados Unidos #30. Septiembre 1996.

“Sanciones comerciales relacionadas con la política exterior de estados unidos”. Entrevista con el subsecretario de Estado Stuart Eizenstat realizada por el redactor de asuntos económicos de USIS, Bruce Odessey.

“Posible acuerdo en la guerra de las hormonas” El Mundo, Economía. Marzo 11 de 2000.

“Las sanciones unilaterales de EEUU no son incompatibles con la OMC”. El mundo, Economía. Dic. 24 de 1999.

“Planes comerciales de la administración Bush”. Boletín Antena del SELA. #59 Primer trimestre de 2001.

“Política comercial de EE.UU. está motivada por disputas en el sector”. Boletín Antena del SELA. #50 Noviembre de 1998.

“Los exportadores exigen compensaciones por las sanciones comerciales de EEUU”. Alberto F. Quintana. Madrid 26 de junio de 2000. Expansión/economía.

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Ruiz Fonseca Andrés Fernando. (2001, octubre 20). Sanciones comerciales aplicadas por Estados Unidos. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/sanciones-comerciales-aplicadas-estados-unidos/
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