Desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos ha desempeñado ese papel. Asumió un papel protagónico en la creación del GATT, Washington organizó las restricciones comerciales impuestas a la Unión Soviética, sus aliados y Estados clientes entre las décadas de los cincuenta y los ochenta. Las primeras sanciones se centraron en la imposición de restricciones a las exportaciones de tecnologías militares críticas en 1948, y en la revocación del tratamiento arancelario de nación más favorecida (NMF) a la mayoría de los países comunistas en 1951. Entre las sanciones posteriores se incluyen la vinculación de la libertad de emigración al otorgamiento del tratamiento de NMF (la enmienda Jackson-Vanik a la Ley de Comercio de 1974), la imposición de normas más estrictas a estos países conforme a la ley anti-dumping y otras leyes de comercio, la negación del acceso a créditos (excepto para exportaciones agrícolas) y la oposición a la adhesión de la Unión Soviética al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, y a otras instituciones económicas multilaterales.
La vinculación entre comercio y política afectó a muchas naciones que
se vieron sometidas a una gama de instrumentos comerciales utilizados
como instrumento político, que iban desde un acuerdo de libre comercio
hasta un embargo comercial total. Entre estos dos extremos se encontraba
un espectro de opciones que permitía a los responsables de las
políticas, ubicar el grado de recompensa o penalización aplicado a cada
actor comercial.
EE.UU.
Las sanciones comerciales han sido históricamente un instrumento de
acción en la política exterior estadounidense.
Veamos los principales instrumentos económicos y comerciales utilizados como instrumento político por Estados Unidos.
1. Incentivos:
Acuerdo de libre comercio o mercado común.
Otorgamiento de preferencias comerciales. Por ejemplo el SGP.
Otorgamiento del tratamiento de nación más favorecida.
2. Sanciones:
Negación o reducción de preferencias comerciales.
Aranceles punitivos en productos específicos.
Embargo comercial parcial (prohibición de exportar o importar ciertos
artículos).
Embargo comercial total.
También hubo programas de comercio preferencial que obedecieron a intereses de tipo estratégico, como es el caso del SGP (Sistema Generalizado de Preferencias), así como las decisiones de suspender la aplicación de esas preferencias a países con los que Estados Unidos tuviera conflictos políticos, como Chile, Nicaragua y Panamá a lo largo de la década de los ochenta y Haití en los años noventa.
Irónicamente, después de la guerra fría, los países que fueron los adversarios más acérrimos de Estados Unidos durante la guerra fría son objeto de las sanciones menos severas. Es el caso de Rusia y de la mayoría de los Estados de la ex Unión Soviética, de algunos Estados de Europa del Este y de China. Casi todos los países mencionados reciben actualmente tratamiento de NMF por parte de Estados Unidos de manera condicional, y la mayoría de ellos (con excepción de China) son beneficiarios del SGP.
Corea del Norte y Cuba han sido objeto de embargos por parte de
Estados Unidos desde 1950 y 1963, respectivamente; el intercambio
comercial con Vietnam también fue prohibido hasta 1994, año en que la
Administración Clinton lo levantó; restricciones similares fueron
impuestas a Nicaragua durante la mayor parte de la década de los ochenta
y a Argentina durante el conflicto de las Malvinas; Irán también fue
sancionado entre 1979 y 1980 después de la crisis de los rehenes,
sanciones que fueron reimpuestas en 1987; Irak desde la invasión a
Kuwait en 1990; Libia desde 1978 para las exportaciones de armas y desde
1986 para todo tipo de comercio y Siria y Sudan también presentan
sanciones comerciales desde 1986. Las sanciones económicas aplicadas a
Serbia, Montenegro y al territorio bajo control de los serbios de Bosnia
fueron suspendidas, conforme a los acuerdos de paz de Dayton.
Existen también sanciones específicas aplicadas al movimiento UNITA de
Angola y contra empresas e individuos asociados con el narcotráfico y el
terrorismo.
ACTUALIDAD
Las sanciones como herramienta de política exterior son una fuente creciente de enfrentamiento entre los Estados Unidos y sus socios comerciales. Un estudio realizado por el Consejo Presidencial de Exportaciones (PEC), encontró que hasta mediados de 1997, 75 países, que representan 52 por ciento de la población mundial, eran objeto de sanciones o estaban seriamente amenazados por una o más sanciones comerciales. Pero la cifra ha aumentado a 76 países, con la adición de la India, con un total de 68 por ciento de la población.
Las sanciones comerciales más significativas que han sido impuestas desde 1994 son:
Ley de Libertad y Solidaridad Democrática Cubana (“LIBERTAD”): también conocida como la “Ley Helms-Burton”, impone sanciones para aquellos que trafiquen con propiedades cubanas confiscadas a ciudadanos estadounidenses.
Ley de Sanciones a Irán y Libia (“ILSA”): impone sanciones comerciales a las personas que exporten ciertos artículos o tecnología para mejorar la industria petrolera iraní y a las personas que intencionalmente contribuyan con las capacidades libias en armamento de destrucción masiva, en su industria petrolera o en la aviación.
Ley para el Control de la Exportación de Armas (enmendada): impone sanciones comerciales y económicas en contra de cualquier país que participe en la proliferación de armas nucleares.
Cuando los legisladores promulgaron en 1994 la ley que establece sanciones para quienes contribuyan a la proliferación de armas nucleares, tenían la esperanza de que el efecto disuasivo de esta amenaza significaría que jamás tendría que ser utilizada. Es más, reforzaron la amenaza al negarse a incluir el poder de exención presidencial en la ley. Después de que la India y Paquistán hicieron sus pruebas nucleares, los legisladores dudaron de la decisión tomada. Paquistán es uno los principales compradores de trigo estadounidense. La respuesta a corto plazo ha consistido en volver a redactar la ley de sanciones contra la proliferación nuclear. En un cambio de actitud políticamente embarazoso, el Senado aprobó unánimemente la “Ley de 1998 para la Asistencia a las Exportaciones Agrícolas” a principios de julio. Esta ley levanta las sanciones impuestas a las exportaciones agrícolas, los créditos agrícolas, los productos farmacéuticos e ítems humanitarios similares para la India y Paquistán, a pesar de su condición de Estados que contribuyen a la proliferación de armas nucleares conforme a lo estipulado en la Ley para el Control de la Exportación de Armas.
Estados Unidos también impone sanciones comerciales a aquellos países que reprimen activamente las ceremonias y los ritos religiosos tal y como lo muestra la “Ley de 1998 sobre la Inmunidad ante la Persecución Religiosa”; el Representante Frank Wolf obtuvo la autorización de este proyecto legislativo en la Cámara de Representantes el 14 de mayo, por una votación de 375 a 41.
FUENTES:
Comercio y Sanciones: El efecto bumerán”. Boletín del SELA. #46.
Julio 1998.
Boletín Antena del Sela en Estados Unidos #30. Septiembre 1996.
“Sanciones comerciales relacionadas con la política exterior de estados
unidos”. Entrevista con el subsecretario de Estado Stuart Eizenstat
realizada por el redactor de asuntos económicos de USIS, Bruce Odessey.
“Posible acuerdo en la guerra de las hormonas” El Mundo, Economía. Marzo
11 de 2000.
“Las sanciones unilaterales de EEUU no son incompatibles con la OMC”. El
mundo, Economía. Dic. 24 de 1999.
“Planes comerciales de la administración Bush”. Boletín Antena del SELA.
#59 Primer trimestre de 2001.
“Política comercial de EE.UU. está motivada por disputas en el sector”.
Boletín Antena del SELA. #50 Noviembre de 1998.
“Los exportadores exigen compensaciones por las sanciones comerciales de
EEUU”. Alberto F. Quintana. Madrid 26 de junio de 2000.
Expansión/economía.
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