El Ministro de Agricultura y Ganadería del Brasil, Roberto Rodríguez
ha manifestado que el presidente Ignacio Lula Da Silva propone convertir
a su país en una `Republica Cooperativa´. En esa misma perspectiva, el
flamante presidente paraguayo, Nicanor Duarte Frutos ha dicho que las
cooperativas son uno de los puntales de la Economía Paraguaya. México y
Chile acaban de darse recientemente su nueva ley de cooperativas.
Es que en dichos países como en la Argentina, el cooperativismo en
general, por caso, el relacionado con el agro, el crédito o la gestión
de servicios públicos, es sin duda un “capital nacional estratégico”.
Estos capitales cooperativos son funcionales a políticas económicas
progresistas, serias y duraderas, sustentables hacia dentro y afuera del
país como las que se anuncia, han de implementarse.
Pero es imprescindible que tanto la educación cooperativa así como la
instalación en los medios de comunicación, de la importancia y
trascendencia de estos ´Activos de Bandera´, no sufran más
postergaciones.
En efecto, aun la conciencia colectiva parece advertir la potencialidad
y el vigor de la cooperación, capital estratégico, nacional y solidario,
que ha servido y sirve a la Comunidad Nacional pero puede servirla mucho
más y mejor si conservamos su autonomía e independencia y su interés por
la Sociedad Civil.
Quién puede negar o siquiera, dudar que la educación, el crédito, la
vivienda, la prensa, el agro, la producción, el trabajo o el consumo
cooperativos, hacen a la definición de ejes centrales del nuevo país que
merecemos ...
En efecto, el cooperativismo nacional supo transformar derechos y
garantías del ciudadano en concretas capacidades y disponibilidades,
constituyéndose en uno de los artífices del desarrollo urbano y rural
...
Por estos tiempos y frente a los fenómenos de concentración económica,
del saber, del poder y del prestigio, los argentinos disponemos de la
integración cooperativa para replicas adecuadas y discrepantes ...
Por otra parte, es absoluta y definitivamente absurda como falsa la
posición de quienes plantean incompatibilidad entre la eficiencia
cooperativa y los principios cooperativos en un contexto de economía de
mercado. Además y como reclaman Naciones Unidas y la OIT, se debe
favorecer y facilitar un entorno propicio para un desarrollo cooperativo
local, regional y supraregional, autogestionado, democrático e
inclusivo.
Para todo ello, la cooperación merece y reclama en lo económico, una
autonomía semejante a la autonomía municipal en lo institucional.
El cuarto-nuevo- principio cooperativo “Autonomía e Independencia” ha
resultado ser un elemento indispensable, particularmente en aquellas
sociedades en las que, ciertos gobiernos (V.g.; Martines de Hoz, Alemán,
Cavallo), habían utilizado distorsionadamente las cooperativas para
instaurar sus propios planes económicos, a menudo, en detrimento de los
valores cooperativos de autoayuda y responsabilidad social empresaria.
Otro nuevo principio, el último agregado: “Interés por la Comunidad” se
corresponde con lo relacionado, principio que recoge y refleja el
impacto de las cooperativas en cuanto a contribuir con un desarrollo
duradero en las comunidades en que surgen y se desarrollan.
Ahora bien, estos “Activos de Bandera” vienen posibilitando,
propiciando, una economía más humana, más solidaria, más civil y lo
hacen, no solo desinteresadamente sino, sufriendo aun, verdaderas
gabelas e impuestos tan distorsivos como absurdos.
Se escapa o quizá, se confunde que los capitales nacionales invertidos
en bienes y servicios cooperativos, sólo pueden implicar confianza,
crédito, buena fe ...pero, a estos capitales atesorados con fidelidad,
principios y valores, para confirmar su carácter estratégico, deberemos
movilizarlos para la inversión, la producción, las pymes y el trabajo.
Cada cooperativa es un fideicomiso sin embargo, la integración
cooperativa puede lograr fideicomisos de escalas superiores
(telecomunicaciones, agua potable, cloacas, transporte, gas, etc.) para
bienes y servicios necesarios a cada vida digna de cada argentino.
Y, en esa perspectiva y prospectiva, el Banco de la Nación debe ser el
`gran fiduciario argentino´ para recuperar la inversión, la producción,
el trabajo y el consumo a favor del mayor número posible de argentinos
fideicomisarios, comprometidos definitivamente con el trabajo y la
producción.
A modo conclusivo, estos “Activos Argentinos”, no obstante lo dicho, no
han merecido todavía la manifestación de alto interés nacional y
provincial que representan por derecho propio.
Una de las posibles razones, no explícitas, puede ser la percepción de
cooperativas no autenticas, en las cuales, por falta de educación,
participación y control público, un grupo de pícaros las manipulan
caprichosamente, anteponiendo el propio interés al de los asociados,
monopolizando de cierta forma, el bienestar lo que claro está, resulta
no solo inadmisible sino, duramente reprochable.
Finalmente, y a pesar de esto último, ello se puede remediar si
activamos y articulamos mecanismos y legislación existente (v.g.; las
leyes 16.583, 23.101, 23.427), si acompañamos a estas organizaciones
solidarias con políticas publicas proactivas, con discriminaciones
positivas, con el compre nacional y cooperativo, con legislaciones, con
establecimientos educativos, con órganos de control y tribunales
idóneos, competentes; pero, particularmente, con una gradual, paulatina
y decidida integración solidaria regional, desde lo local.-
__________
1 “Los Principios Cooperativos Rectores del Movimiento Cooperativo
Internacional en la Nueva Declaración sobre la Identidad Cooperativa,
aprobado en el Congreso del Centenario y en la Asamblea General de la
Alianza Cooperativa Internacional, en septiembre de 1995”.-
Argentino. Director del Proyecto de Investigación para una Ley Nacional y referente en el MERCOSUR, de la Microempresa Urbana y Rural; Investigador por concurso del Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba de la Republica Argentina.- TITULOS OBTENIDOS · Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Nacional de Córdoba · Procurador: 28/8/75 · Abogado: 15/9/75 · Notario: 1978 - Facultad de Derecho y Ciencias Sociales - U. N. C · Investigador por concurso, Cat. JTP. (2/9/1993) del Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. U.N.C. · Curso de Post-grado en Derecho Cooperativo. Dpto. Graduados U.N.C Tema: Derecho Obligac. De los Asoc. 9/9/1993. · U.N.C Facultad de Derecho, Escuela de Trabajo Social - Maestría cursada en Ciencias Sociales, con orientación en Formulación y Gestión de Políticas Sociales, · Director del proyecto de investigación para una ley nacional para promover y normalizar los Micro emprendimientos Urbanos y Rurales, 1992/2005.Fac. de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.
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