Negociación y transferencia tecnológica

He preparado estos conceptos para la consultoría en Gerencia y Negociación de Tecnología. Se definen con claridad los elementos involucrados en el proceso de toma decisiones para la transferencia de tecnología en la organización. La negociación de tecnología debe responder a una estrategia definida y planeada por la organización, en esta medida es conveniente planearla en diferentes escalas y niveles para generar varias alternativas de negociación.

Se debe tener en cuenta que son generalidades, las cuales se adaptan a cada contexto empresarial, situación de negocio, posición estratégica y competitiva.

  1. TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA EN COLOMBIA

Cuando el poseedor de un conocimiento tecnológico patentado o protegido como secreto industrial decide transferirlo existe una razón de tipo económica, que se negocia a través del mecanismo de negociación de licencias.

Es aquí donde se determinan los mecanismos directos e indirectos de transmisión o transferencia de tecnología. Como mecanismos directos se mencionan la licencia para el uso de tecnología y la venta de tecnología, que constituyen las formas más claras para transmitir el conocimiento técnico. Entre los indirectos se encuentran la inversión extranjera, la asistencia técnica, la contratación de expertos, la adquisición de bienes de capital y equipos y la contratación del uso de marca, cuando estos contratos se presentan asociados a estándares de calidad.

La licencia es una forma de transmitir tecnología mediante su arrendamiento, el contrato de venta es una forma de transferir tecnología. El concepto de “transferencia” comprende la noción del cambio de dominio, mientras que por medio de la licencia, solo se arrienda el conocimiento.

La venta de tecnología es un mecanismo no tan frecuente como la licencia y normalmente se encuentra referido a la tecnología patentada, donde se enajena el derecho de propiedad industrial.

Los factores que pueden inducir al licenciante a autorizar el uso de tecnología son muy variados como la ubicación del mercado de venta, su estructura, el tipo de producto, el segmento del mercado al cual esta destinado el producto, el control cambiario para la aprobación de los contratos de licencias en el país receptor, la estructura de los derechos aduaneros, las tarifas y el sistema de control de precios, las regulaciones tributarias, el sistema de distribución del producto, la garantía de protección de los derechos intelectuales, la balanza de pago del país importador ya sea del producto o de la tecnología, la existencia y calidad de las materias primas, entre otros.

El proceso de transferir el conocimiento necesario al comprador de la licencia, es un proceso complejo, especialmente cuando se trata de productos o procesos no planteados. Cuando existen patentes involucradas el proceso se simplifica porque existe un punto de partida. El resto de la información que se traspase es motivo de reuniones técnicas, visitas a las plantas del licenciante, envío de expertos hacia las instalaciones del licenciatario etc. Incluso el licenciante deberá efectuar algunas operaciones piloto con el licenciatario, para adiestrarlo en la correcta utilización de la tecnología transferida.

En el contrato de licencia de tecnología, las partes deben enfrentar la negociación poniendo algo de su parte para después distribuirse los resultados. El licenciante es la persona que otorga la licencia, poseedor de los derechos, debe adoptar una actitud de entendimiento de las condiciones del mercado local sin pensar en condiciones insostenibles. El licenciatario es la persona que paga por los derechos para utilizar la patente, por su parte, debe entender que esta adquiriendo un conocimiento que ya ha sido desarrollado a un alto costo y que debe pagar por su apropiación. Debe conocer el derecho de propiedad intelectual que ampara a ese conocimiento y respetarlo, ya que es la única forma que el mismo pueda disfrutar de las ventajas que otorga el sistema de patentes o de protección de los secretos industriales.

En Colombia se tiene previsto en la Declaración Andina del Valor, en el numeral 56 existen cánones y derechos de licencia o regalías relativos a las mercancías importadas, lo cual amplía la base de valoración aduanera.

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1.1. INSTRUMENTOS DE LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

En toda empresa de buen nivel tecnológico hay una persona o un departamento especial, según el tamaño de la empresa y su volumen de actividad, encargado de la administración no solo para procurar una mejor tecnología sino una forma de hacer negocios utilizando en ellos sus patentes.

Este ha llegado a ser uno de los principales objetivos de una eficiente administración.  Al encargado de dicha área le compete la planificación, fomento, venta o adquisición de nuevas invenciones, el otorgamiento de licencias a terceros y, en general, promover acciones tendientes a lograr o mantener el liderazgo tecnológico de la empresa.  Para el logro de tales objetivos es esencial la formación de un equipo calificado y multidisciplinario, en el que participen ingenieros, técnicos, abogados y gerentes.

Ahora su tarea es cada vez más compleja pues les compete la confección de mapas y gráficos de información sobre las patentes y tecnología que le interesan a la empresa y la negociación de aquellas que se desea licenciar y que la empresa no posea y sea adquirir.

Una de las técnicas más usadas respecto a patentes es aquella “de licencias cruzadas y pagos”. Consiste en que dos empresas que poseen patentes en una misma área comparan su posición o miden su fuerza en materia de inventos: el que tiene mejor posición recibe dinero de la otra empresa a cambio del otorgamiento de licencias sobre aquellas que no posee. En la actualidad es cada vez más difícil negociar una licencia de un invento avanzado, sin poseer una patente que interese a la otra parte.

Desde el punto de vista del receptor de tecnología tiene la necesidad de la licencia para continuar o comenzar la fabricación de un producto de su enteres y desde el punto de vista del proveedor de tecnología tiene la necesidad de otorgar licencias, pues dada la actual existencia de varias empresas del mismo nivel tecnológico no es posible pretender guardar la tecnología; existe un mercado de tal forma que si una compañía se niega a licenciar otra lo hará, por lo cual al proveedor no le es tan sencillo negarse a otorgar una licencia.  Su principal  preocupación no esta en otorgarla o no, si no en buscar la forma de mejorar sus inventos antes que la competencia, para lo cual es importante obtener un beneficio pecuniario del invento, es decir: busca mantener el liderazgo y a la vez hacer negocios.

1.2. PRINCIPALES ASPECTOS DE LA NEGOCIACIÓN TECNOLÓGICA

Los contratos de licencia suelen comenzar con un preámbulo, elemento que es de una gran utilidad en caso de conflicto. El preámbulo ayuda a determinar la verdadera intención y espíritu que ha guiado a cada una de las partes al concurrir la celebración del contrato. Para ello es importante especificar la finalidad que cada parte ha tenido en cuenta para la celebración del acto. Se expresará así el tipo de conocimiento tecnológico que el licenciante posee y las necesidades que el licenciatario espera satisfacer con ellos.

Seguidamente, los contratos contienen las definiciones que una serie de términos que serán empleados a lo largo de toda su redacción habitual. Estas definiciones tienen por finalidad evitar cualquier dificultad en la verdadera interpretación de cada uno de los términos, tanto legales como técnicos, que se emplean en el contrato.

El objeto del contrato es su parte esencial. Indica sobre que propiedad intelectual recae la licencia; si se trata de patente, de know-how o de ambos. Se incluirán además aspectos secundarios, como puede ser la asistencia técnica, entrenamiento de personal, provisión de materias primas, marcas comerciales, sistemas administrativos y de control.

Cuando se trata de un contrato de licencia sobre una patente, se hará constar si esta incluye el know-how asociado. Si el contrato incluye una licencia de know-how, el licenciatario procura que el conocimiento que se le esta autorizando a utilizar sea debidamente descrito en el contrato mismo o en sus anexos. En algunas ocasiones la celebración de contratos de preparación, como el secrecy agreement, mediante el cual se da a conocer al futuro licenciatario el contenido temático de la información que posteriormente podrá adquirir, bajo reserva de confidencialidad, puede ser especialmente útil.

La licencia indicará el territorio geográfico en el cual el licenciatario puede hacer uso de ella; se dejará constancia del lugar de fabricación y de comercialización de los productos obtenidos si estos lugares fueren distintos.

La naturaleza de la licencia deberá también constar en el convenio; se indicará si es o no exclusiva. Si es exclusiva, deberá indicar claramente los países dentro de los cuales el licenciatario gozará de estas exclusividad. El significado de la exclusividad normalmente se define, para evitar así problemas de interpretación.

El pago de una suma de dinero al licenciante es una de las materias más arduas de convenir en la negociación. Este pago se hace normalmente en moneda extranjera y es usual que este expresado como un porcentaje periódico sobre las ventas que efectúe el licenciante. Este pago porcentual y periódico recibe el nombre de regalía o royalty, el que difiere de otros tipos de pagos como la suma alzada (lump sum) o el pago básico al momento de celebrar el contrato (dow payment). La regalía también puede estar expresada en una cantidad fija por unidad vendida.

Algunos países han fijado porcentajes máximos para los royalties con relación a las ventas del producto fabricado con la tecnología licenciada, como es el caso de Corea, entre un 3 y 8%, Brasil hasta 5%, India entre un 1 y 5%.

Respecto a la regalía, deberá expresarse con detalle la base de cálculo.  Normalmente se excluye el impuesto a la venta y se deducen las devoluciones de mercaderías. Debe considerarse el descuento de precios que el licenciatario otorgue a sus clientes, como política de marketing o bien por ventas mayoristas. Los porcentajes que normalmente se estipulan, son entre 2% y 5 % sobre las ventas, estos porcentajes son también normalmente netos; es decir, después de deducidos los impuestos a la renta que los afectan en el país del licenciatario.

Una materia que siempre es muy discutible es aquella relativa a la propiedad de las mejoras a la tecnología que pueda introducir el licenciatario a la tecnología licenciada.  En tales casos, y con el objeto de mantener un adecuado control de la tecnología, se puedan pactar cláusulas de promesa de compraventa o el otorgamiento de licencias gratuitas exclusivas, mientras dure el contrato.

Es de gran conveniencia para el licenciatario que el licenciante otorgue garantías respecto de los resultados que se alcanzan con la tecnología licenciada; esto es, que sirva para lo que el licenciante declaró en preámbulo.

Otro de los aspectos que debiera quedar claramente establecido en el contrato, es el que se refiere a la obligación de mantener vigente los derechos de propiedad industrial licenciados, mediante el pago oportuno de las anualidades cuanto se trate de patentes y marcas comerciales.

Cuando el licenciatario queda facultado para otorgar sublicencia, al licenciante normalmente le corresponde una parte de la remuneración que el primero percibirá. Habitualmente esta retribución es del orden del 25% de lo que el licenciatario percibe por la sublicencia, costo que es muy similar al que se cobra en cualquier intermediación de compra de tecnología.

Algunos contratos ligan la licencia con la compra obligada de determinadas materias primas o productos intermedios, cláusula que es considerada como restrictiva por la mayoría de las legislaciones. No obstante, hay casos en que por falta de alternativas de proveedores o por exigencias de estándares de calidad, el licenciatario debe recurrir necesariamente al licenciante para adquirir estos productos.

La duración del contrato es otro de los problemas importantes que el licenciatario debe tener muy en claro en la negociación, con el objeto de que pueda recuperar sus costos en un período de tiempo dado. Existen legislaciones que fijan una duración a los contratos de licencias y también establecen algunas restricciones para su renovación.

Es conveniente que las partes convengan las condiciones que podrían llevar al termino anticipado del contrato. Normalmente el licenciante queda facultado para hacerlo en caso de quiebra o insolvencia del licenciatario, cambios en la escritura societaria, conmoción interna en el país del licenciatario, expropiación de la empresa de este último y causas similares. También es necesario pautar cláusulas de salvaguardias, en caso que las condiciones existentes al momento de la contratación varíen sustancialmente durante la vigencia del contrato.

El problema de la legislación aplicable al contrato se resuelve por la vía de someter los conflictos a las normas y prácticas de comercio internacional, entregando la resolución de la contienda a un tribunal arbitral.

Sin perjuicio de las distintas traducciones que el contrato pueda tener, es necesario que las partes convengan una traducción oficial del contrato en determinado idioma. Los problemas de traducción pueden deparar algunas sorpresas en caso de conflictos entre las partes.

Estos son los aspectos que mas comúnmente se encuentran en los distintos contratos de licencias, sin que por ello sean únicos. Cada contrato de licencia es un asunto especial, que debe ser analizado de acuerdo a sus propias particularidades, a la naturaleza del objeto licenciado y a las características propias de cada una de las partes.

1.3. FORMAS Y MECANISMOS DE NEGOCIACIÓN TECNOLÓGICA

Se dice que toda negociación es un proceso mediante el cual se llega a conciliar o a comprometer recíprocamente intereses contrapuestos, hacia propósitos comunes y específicos. También se puede definir como un campo de conocimientos y de acción cuyo objetivo es ganar en el caso del regateo, y  cooperar en el caso del método gana – gana.

No obstante, en todas ellas destacan tres elementos centrales: la negociación es siempre un acto pacífico que excluye la violencia como mecanismo; se basa en la buena fe de las partes negociantes y supone la intención de alcanzar acuerdos mutuamente aceptables para las partes.

La realidad demuestra, sin embargo, que aún hay áreas de la actividad humana que el computador no ha podido sustituir eficientemente. Una de estas es la que permite a hablar de la negociación como un arte, donde se envuelve un conjunto de elementos intangibles y aptitudes que constituyen la diferencia entre ser buen negociador o no serlo.

La negociación, según se ha definido anteriormente, puede recaer sobre cualquier objeto, material o inmaterial, susceptible de comerciarse lícitamente, en el caso de la tecnología.

1.4. ELEMENTOS DE UNA NEGOCIACIÓN TECNOLÓGICA

Una buena forma de iniciar una negociación es llegar a ella conociendo a cabalidad tanto los intereses propios como los de la otra parte. Asimismo es preciso determinar claramente los objetivos que se pretende alcanzar y así estos son varios, conviene hacer una lista ordenada según la prioridad de los mismos.

En suma, la negociación es el uso eficiente de la información y del poder para afectar las partes involucradas.

1.4.1. La información

Es el elemento más importante de una negociación. Afecta la propia evaluación de la realidad y las decisiones que según ella se adopten. Cuando no se logra o no se intenta la información precisa es porque existe una tendencia a considerar que las propias negociaciones con otras personas son acontecimientos o sucesos limitados.

Un negociador poco experimentado, raras veces anticipa que necesitará información hasta que se encuentra ante una crisis que crea un conjunto de consecuencias impredecibles, no pronosticadas.

Cuando la persona cambia de opinión es generalmente porque se ha recibido información adicional o se han acostumbrado a lo que originalmente habría sido una idea nueva o innovadora.

Las señales son también un agente importante en la negociación cuando se sabe usarlas e interpretarlas.

Un buen negociador debe ser sensible a los factores no verbales de cualquier comunicación. Por ello es preciso que en el transcurso de una negociación, las señales son significativas si forman parte del todo e indican la dirección del movimiento.

1.4.2. El Poder de Negociación

Consiste en la capacidad o habilidad para conseguir los propios objetivos y ejercer control sobre la gente, los acontecimientos y las situaciones. En esencia, el poder no es ni bueno ni malo, según sean los objetivos de cada individuo y su capacidad de valorar lo obtenido.

En el terreno de la negociación propiamente, el poder puede darse de varias formas, algunas de ellas pueden ser: Formar competencia: Si se generan múltiples opciones o demandas por un bien cualquiera, el valor de este aumenta. Es obvio que entre más personas desean el producto, mayor es su valor. Este elemento es aplicable a todo tipo de servicios y bienes, en el caso del productor, o del dinero si se es consumidor.

Aquí hay que destacar que, generalmente, una negociación involucra al menos dos aspectos centrales; el técnico y el financiero.  A ellos pueden sumarse el aspecto legal, el tributario y eventualmente tratándose de negociaciones internacionales, el de la legislación comparada o tratados internacionales, lo cual tendrá repercusión en todas las anteriores.

Lo anterior justifica que en una negociación se requiere un equipo multidisciplinario que conozca en detalle y profundidad cada componente negociable. Si la negociación es importante debe prepararse bien y dedicarle tiempo.

Hoy día resulta imposible ser experto en todos los campos. Por lo general la clase de conocimiento más requerida en la mayoría de las negociaciones es la capacidad de hacer preguntas inteligentes y saber si se están recibiendo las respuestas precisas.

Las necesidades de cada parte son diferentes.  Si es posible establecer una conjetura razonable acerca de cuales son las necesidades del otro, entonces se puede predecir con mucha certeza lo que sucederá en cualquier relación con esa persona.  No debe olvidarse que detrás de cada organización interpersonal, hay gente normal que lucha por satisfacer sus necesidades básicas.

Exige el máximo de tiempo en la otra parte: si se logra que la otra parte invierta mucho tiempo y esfuerzo en la negociación, la probabilidad de que rechace las ofertas difíciles dejadas para el final es proporcionalmente más baja.

El factor percepción: Debe partirse de la base de que todo el mundo es distinto, de modo de lo que para alguien es bueno o inofensivo, para otro resulta peligroso.

En una relación de contratación técnica jamás un negociador debe auto neutralizar la percepción que el otro tenga en su poder.  Debe pensar siempre que esta dispuesto a utilizarlo salvo que obtenga una concesión a cambio de este hecho. No deben eliminarse públicamente las opciones sin conseguir algo a cambio.

La identificación: Se obtendrá el máximo de la capacidad negociadora al obtener que los demás se identifiquen con los planteamientos del negociante. Esto puede lograrse al mantener un comportamiento profesional razonable, así se obtiene la cooperación, la lealtad y el respeto de la gente con la que se trata.

Lo anterior hace necesario que exista un jefe del equipo negociador y que al interior de este, se den reglas e instrucciones precisas. Se debe destacar la inconveniencia de que hacia fuera se vea más de un interlocutor responsable formalmente de dirigir el equipo negociador, actuando el resto solo como consejeros o analistas y participando en las reuniones abiertas sólo en los temas de su especialidad.

Aunque parezca demás decirlo, conviene recordar que las discusiones al interior de un equipo negociador no deben nunca traslucirse a la otra parte negociadora: debe presentarse ante ella una posición sólida y unitaria.

La persistencia: Si se quiere convencer a alguien, hay que mostrarle la relevancia y valor inmediato de lo que se dice en términos de satisfacer sus necesidades y deseos. En este sentido la actitud y prestancia son muy importantes.

Negociar para sí mismo no siempre resulta fácil pues existen presiones y preocupaciones excesivas. Una actitud relajada y un tanto liviana en todas sus negociaciones traerá tres beneficios. Uno, tendrá mas energía, porque siempre se tiene más cuando se disfruta lo que se hace. Dos, tendrá menos opciones. Y tres, obtendrá mejores resultados, porque la actitud canalizará la sensación de autocontrol y confianza en sí mismo, indicativa de opciones.

Lo anterior tal vez sea desconocido para muchos; sin embargo, no evita que haya serias dificultades a la hora de seleccionar al jefe del equipo negociador.

El negociador debe ser una persona experimentada y con poder suficiente para su gestión. La negociación es algo complejo que requiere preparación  y esfuerzo previo y no permite la improvisación. Suele ocurrir con más frecuencia que la esperada que un miembro de un grupo negociador no solo sorprende y desconcierta a los contrarios sino a su propio grupo de trabajo con ciertas ponencias que luego de un análisis más detenido, resultan ser desventajosas.

El tiempo, es importante y hay que saber manejarlo a favor.  En cualquier negociación, espere que se lleve a cabo alguna concesión importante y acuerdo poco antes del plazo final. Siempre tendrá ventaja quien conozca el tiempo del otro o el que tenga plazo más flexible pues a medida que se acerca el final del plazo, puede aumentar la presión  y exigir más concesiones.

Los limites los impone por lo general uno mismo en actitud de autodisciplina y control del propio tiempo.  Por esto no es necesario que se cumpla ciegamente un plazo; no debe tampoco ignorarse pero si analizarse ya que de esto depende el producto de una negociación, puede también negociarse.

Una vez seleccionado el licenciador comienzan las negociaciones previas para la perfecciona y determinación del contenido definitivo de la licencia.

Seguidamente se designa un jefe que conduzca las conversaciones en el proceso de negociación. Será labor del licenciador convencer al futuro licenciado de que la tecnología y las condiciones ofrecidas son aquellas deseadas por él.

La complejidad que involucra toda negociación de tecnología aconseja llevar registro de ella.  No en términos de grabar cada sesión pues el solo hecho de saber que se esta  registrando lo que se habla inhibe ha participar y se pierde espontaneidad y fluidez.  Es preferible que cada parte encomiende alguien que tome las respectivas notas, las que incluso pueden sólo  registrar los acuerdos que se vayan adoptando y obviar las discusiones.

Quien actúa de secretario deberá elaborar un minuta resumen luego de cada sesión de trabajo para que esta circule confidencialmente entre los miembros del equipo negociador de la siguiente sesión y para tenerla a la vista al momento de preparar la proposición del acuerdo final.

Es importante señalar que la parte que elabore el borrador de acuerdo final, tendrá una significativa ventaja sobre la otra, pues la hará trabajar sobre la base de sus proposiciones, en su lenguaje, estilo y ritmo.

1.5. TÉCNICAS PARA LA NEGOCIACIÓN DE CONTRATOS TECNOLÓGICOS

La negociación de contratos que tienen por objeto transacciones de tecnología o transferencia de conocimiento, no se diferencia sustancialmente de la negociación  de otros contratos. Vale la pena recordar brevemente que un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o mas personas, que produce efectos jurídicos que son derechos y obligaciones para las partes.

Es importante recordar que sin perjuicio de una serie de distinciones semánticas, la palabra “contrato” es sinónima de “convención” y también de “convenio” que es el nombre con que se operan regularmente las universidades. Los llaman así, pero en realidad los convenios son contratos. En el plano internacional suelen usarse más las palabras “convención”, “tratado” y “protocolo” cuando se trata de contratos que se suscribe entre Estados o entre empresas estatales. Convenciones, tratados y protocolos son en definitiva, contratos.

Desde luego como toda negociación es un acto pacifico, excluye la violencia.  No podría haber un contrato válido si mediara alguna violencia para forzar la voluntad de una de las partes que va a contratar.

En seguida, la negociación supone la búsqueda de un equilibrio y de un encuentro justo de los intereses de las partes.  Esto es muy importante porque cuando uno enfrenta una negociación relacionada con  tecnología, puede cometer un grave error si solo busca ganar en todo, por que en este caso su contraparte se retirara de la negociación y  no habrá contrato, o se sentirá tan perjudicada que en la ejecución, el cumplimiento posterior del acuerdo, será dificultoso y originara problemas.

Un tercer aspecto anímico es la seriedad: cuando uno hace una negociación tiene ya de algún modo tomada una decisión y, por lo tanto, lo debe animar la intención de concluirla en realidad y no de perder el tiempo en una discusión estéril  que no conduzca a la celebración final del acto.

Cuando se trata de compraventa de maquinarias el objeto del contrato será la provisión de equipos, y estarán involucrados de todas maneras aspectos de transferencia de conocimiento no necesariamente incorporados en la maquinaria, como asistencia técnica para la operación de la maquinaria, asistencia técnica para la operación de la maquinaria, asistencia técnica para la manutención básica que pueda darse en la fabrica y tan bien el suministro de servicios regulares de repuestos.

En el proceso de negociación se puede distinguir tres etapas: preparación de la negociación, negociación y posnegociación.

1.5.1. Preparación de la negociación

Es indispensable tener un punto de partida para la preparación de la negociación, hay que hacerlo desde el momento en que el interés por contratar está claro para uno de los actores, que normalmente es el que va a adquirir el conocimiento tecnológico pero que también puede ser el que desea venderlo, sobre todo cuando se trata de suministro de maquinarias, las empresas que producen equipos no esperan a ser identificadas: mandan sus catálogos, visitantes y vendedores.

  • Constitución del equipo preparador: Se toma la decisión de buscar un acuerdo con una determinada contraparte, la primera actividad que uno debe cumplir es la de estructurar el equipo que va a preparar la negociación, el equipo humano. Este debe ser un equipo multidisciplinario, por que en él debe estar presentadas por lo menos cuatro especialidades.
  • Acopio de información: Una vez constituido el equipo preparador y designadas las personas que van a preparar la negociación, cada una de ellas debe hacer el acopio más exhaustivo posible de los antecedentes técnicos financieros y jurídicos, así como sobre la estrategia de la empresa, que es lo que puede aportar la gerencia.

Además es necesario reunir la mayor información posible sobre la contraparte: su naturaleza jurídica, su personal ejecutivo, su solvencia, su prestigio, en que términos financieros ha contratado con otras personas o instituciones, cuales son las cláusulas que ha aceptado relativas a propiedad industrial o, en general a transferencia de tecnología.

  • Cartas de intención: Cuando las negociaciones comprenden transferencia de secretos industriales, suele ser precisa cierta formalización de la intención de las partes en el sentido de involucrarse en un contrato a través de cartas de intención.

Estas cartas de intención no son del contrato finalmente deseado, pero constituyen en sí misma un contrato previo mediante el cual teniendo en consideración el interés declarado de contratar, el futuro licenciante señala cuales son los conocimientos que esta dispuesto a revelar al futuro licenciatario para facilitar su decisión, y este se obliga a mantenerlos en confidencialidad y a no utilizarlos en producción a menos que se llegue a un acuerdo final.

Todos los antecedentes deben ser examinados y discutidos en conjunto por el equipo preparador.  No es fructífera una negociación cuando los miembros del equipo preparador han trabajado separados.

Aquí juega un rol importante la presencia del tercero impar, es decir, la participación de personas de las distintas áreas.  Por ejemplo cuando se examina las especificaciones de la ingeniería de detalle la experiencia demuestra que tanto el especialista en finanzas como el asesor jurídico, porque están involucrados en la preparación general del negocio, hacen aportes valiosos.  Por lo regular se trata de puntos muy gruesos que, precisamente por serlo se le han escapado  a los especialistas o en su defecto, aportan una visión de conjunto que el especialista no suele tener.

  • Ejercicios de simulación: Cuando la negociación es compleja, existe una manera de anticipar lo que será la proposición de la contraparte a través de ejercicios de simulación.

Para ello se divide el equipo que prepara la negociación en dos grupos, de los cuales uno debe simular que es contraparte, y utilizar al máximo la información de que se dispone para estimar cuales pueden ser los puntos en que esa contraparte no va a hacer concesiones y en cuales puntos se podrá obtenerlas.

  • Modelo previo de la negociación: Cuando la negociación es compleja porque involucra muchos puntos de distinta índole por resolver con la contraparte, es aconsejable elaborar una pauta escrita de estos puntos, donde se esquematice las soluciones posibles e incluso se apunte respuesta para observaciones u objeciones que puedan surgir en la mesa.  Naturalmente los negociadores deberán tener bastante cuidado de que estas pautas no trascienda a la contraparte.

Durante la preparación de la pauta de negociación debe identificarse con claridad cuales son los puntos más importantes en los que no se puede ceder y dentro de ellos, hasta donde puede llegarse en concesiones.

1.5.2. La negociación

Es interesante comentar de acuerdo con algunas experiencias los perfiles de los negociadores, generalmente fomentados por empresas que participan en licitaciones públicas o firmas multinacionales.

  • El Negociador fantasma: Todo equipo negociador debe tener una autoridad que toma las decisiones finales.  Esta autoridad debe estar presente en la mesa de negociaciones cuando la negociación se abre, cuando la negociación termina y cuando los puntos previsibles durante una sesión no sean extremadamente conflictivos.
  • El negociador duro: El negociador duro es un hombre que no sonríe jamás, es un hombre que mueve negativamente la cabeza mientras se esta discutiendo porque no ésta de acuerdo con nada de lo que allí esta pasando.  Esto mantiene a la contraparte con la sensación de que sus planteamientos y concesiones no son suficientemente satisfactorias, la predispone a ser más flexible y la incita a suavizar sus planteamientos.
  • El negociador amable: El negociador comprensivo y accesible, por el contrario, es un hombre que sonríe, que lleva generalmente la voz cantante durante la negociación, es el hombre que comprende la posición de la parte contraria y que su comportamiento va abriendo el camino para alcanzar ciertas concesiones o para explicar y lograr ciertos puntos de vista.
  • El negociador búho: Otro rol de interés es el del negociador observador.  Este negociador no tiene responsabilidad de hablar pero esta atento durante la negociación a aspectos que se pueden esta pasando por alto a los otros miembros del equipo, toma notas, pasa breves mensajes escritos con observaciones para encender luces rojas o verdes.

Estando todos preparados conviene analizar las siguientes preguntas. ¿Dónde conviene negociar? ¿Conviene jugar del local o de visita? La respuesta no es fácil, porque una y otra alternativa tienen ventajas y desventajas.

La mayor ventaja de jugar de local, es que uno tiene la posibilidad de utilizar todo el equipo que preparo la negociación, porque lo tiene a mano.

La desventaja principal consiste en que los miembros del equipo no pueden dedicar todo su tiempo a la negociación. La familia considera que esa persona debe cumplir normalmente porque esta en el lugar donde reside. La empresa o la institución a que pertenece le exige que rinda como sino hubiera una negociación en curso. Y además debe estar concentrado en está.

En cuanto al idioma. Si uno va a negociar un contrato con una contraparte de habla hispana, no tendrá problemas de idioma, salvo que ocasionalmente haya documentos técnicos en otra lengua.  En este último caso debe insistirse en una traducción que las partes aprueben, en el caso de trámite de los contratos tecnológicos en Colombia, se exige una traducción oficial para proceder a registrarlos.

Pero en la mesa suele darse también el caso de que uno tenga al frente una contraparte que no habla castellano, que habla inglés o que habla francés.  La practica indica que en esos casos uno debe pedir un interprete, no importa si uno habla ingles como si hubiera nacido en Estados Unidos o Inglaterra. Porque aunque no comprenda perfectamente lo que está diciendo la otra parte, el hecho de que le traduzca un interprete le da un margen de tiempo adicional para pensar, y este margen de tiempo es extraordinariamente importante en una mesa de negociación.

El texto de un contrato debe ser fácilmente entendible y, por lo tanto, no conviene recargarlo.  De ahí que el detalle de las cuestiones técnicas y financieras debe por lo regular establecerse en documentos separados que hacen parte del contrato pero anexos a él de esta manera la lectura y compresión del contrato será rápida y fácil.

Dentro de cada uno de estos tipos de documentos que debe examinarse en la negociación, es preferible en general arrancar con los documentos de mayor detalle y de ahí pasar a los documentos que incorporen ese detalle en espacios más comprensivos.

Que pasa cuando una negociación se llega a un punto muerto? ¿Cuándo parece que la negociación se va a romper?. Una alternativa es formar una comisión mixta para que discuta eso separadamente mientras se sigue negociando en la mesa principal, y que regrese con una proposición de arreglo.  Este es un buen mecanismo pero es preferible suspender entre tanto la negociación principal, porque el equipo negociador se queda incompleto.  Así se establece un grupo de trabajo para dilucidar puntos de desacuerdo, se debe insistir en esperar su proposición antes de continuar la negociación.

La revisión del texto. La pauta escrita de negociación debe revisarse y discutirse en equipo al término de cada día de la negociación, para ajustarla e introducirle las modificaciones necesarias.  Es imposible que el trabajo preparatorio haya previsto todas las circunstancias que puedan ocurrir en la mesa, todas las observaciones o proposiciones que pueda recibir, todos los argumentos de la contraparte, de manera que al termino de cada día y si es posible, durante la pausa del mediodía, hay que revisar el punto de negociación en que uno se encuentra y preparar el camino para el día o la sesión siguiente.

Se pueden concretar posteriormente los resultados de la negociación en un “acuerdo final”. El equipo solo debe dar su acuerdo definitivo cuando no quedan puntos pendientes, no debe dar nunca su consentimiento final hasta que todas las cuestiones hayan sido superadas, de manera que no queden aspectos por resolver después de la negociación.  Porque un eventual desacuerdo posterior, por múltiples razones, pueden echar por tierra la negociación misma.

La negociación como todo negocio debe cerrarse formalmente, para esto existe la llamada “exposición de cierre”. Para concluir con la negociación, cuando se alcanza el acuerdo total debe cerrarse el proceso con una intervención del jefe del equipo en que se exprese satisfacción pero nunca triunfalismo, porque si se afecta el ego de las partes esto se puede proyectar posteriormente en forma negativa sobre la ejecución o cumplimiento del contrato.

En cuanto a las relaciones sociales. Con estos elementos que son bastantes básicos se puede decir que está cubierto el proceso de negociación de un contrato en la mesa. Pero durante el mismo tiempo hay otros aspectos que tienen importancia, que son las relaciones sociales.  Existen invitaciones cruzadas a almorzar o a cenar.  Si la empresa con que uno esta tratando tiene un relacionista público, cursará invitaciones al jefe de la delegación o a la delegación completa.  Algunas de estas invitaciones son un acto de camaradería para todos los miembros de ambos equipos.

Es importante recordar que estas invitaciones no tienen un propósito estrictamente social, hospitalario, sino también obtener mayor información sobre qué es lo que uno esta pensando durante el proceso de negociación, cuales son las intenciones, cuales son los principales puntos de acuerdo y desacuerdo.

1.5.3. La Posnegociación

Con posterioridad a la negociación, hay dos etapas importantes para destacar: formalidad y estímulos al personal.

La formalidad comprende el envío de notas de reconocimiento en términos similares a los expresados durante el cierre de la negociación y el cumplimiento cuidadoso de los compromisos adoptados, en los términos establecidos.

Los estímulos al personal propio son importantes como política dentro de la institución para mantener su motivación.

Para negociar hay habilidades que son innatas. Hay gente que nace negociadora y hay gente que nace sin esta cualidad. La manera de superar esta carencia, si se le puede llamar así, es justamente la conformación de equipos, y trabajar con estas y otras técnicas puesto que la suma de las cualidades que aportan los miembros del equipo conducen al resultado deseado.

2. LA INVERSIÓN EN TECNOLOGÍA

2.1 La tecnología como un activo de la compañía

Dentro del balance de la empresa la tecnología se maneja contablemente como un activo representado en:

  • Capital de trabajo
  • Edificios
  • Maquinaria
  • Vehículos
  • Capital humano
  • Tecnología

2.2 Principales métodos para valorar tecnología

Existen diversos métodos para valorar tecnología, no es sólo su valor contable, sino también su valor de uso y su impacto comercial.

Suma fija:

  • Honorario basado en costos de investigación (personal + gastos + costos del capital).
  • Honorario basado en ventas esperadas.
  • Honorarios basados en utilidades esperadas.
  • Honorario basado en la negociación.

Pago Variable:

  • Regalía sobre ventas. Usualmente la tasa va del 1% al 5%, por 1 a 3 años y con frecuencia hasta 5 años.
  • Regalía sobre utilidades. Las tasa van normalmente del 5% al 20%, con un máximo del 30%.

2.3 Formula Teórica Mixta

Esta fórmula se usa en China para valorar tecnología:

PT = PAGO POR LA TECNOLOGÍA

G = GASTOS LA INVESTIGACIÓN EN INSUMOS

S = SALARIOS

CC = COSTOS DE CAPITAL UTILIZADO EN LA INVESTIGACIÓN

r = RIESGO PROMEDIO EN EL DESARROLLO DE LA TECNOLOGÍA

n = NÚMERO DE EMPRESAS QUE USAN LA TECNOLOGÍA

t = TIEMPO EN AÑOS DE USO DE LA TECNOLOGÍA POR PARTE DE LA EMPRESA

p= PARTICIPACIÓN DEL CONCEDENTE EN LA UTILIDAD DEL USUARIO

Es el aumento en la tasa de utilidades obtenido por la empresa que usa la tecnología.

2.4 Métodos para calcular las regalías

Al final de la negociación lo que finalmente interesa es saber que royalties o regalías genera el emprendimiento o la innovación.

  • E.M. = Según el marrano, aunque la expresión es despectiva.
  • VALOR DEL MERCADO O NORMA DE COSTUMBRE EN EL SECTOR
  • EL 25% O EL 33% DE LA UTILIDAD NETA
  • COSTOS DE I + D MÁS % DE UTILIDAD
  • MÉTODO ANALÍTICO CON CONTABILIDAD DE COSTOS:
  • DIFERENCIAL DE TIR: Es la tasa que hace que los ingresos sean iguales en los egresos producidos en una determinada alternativa de inversión. Se considera el valor del dinero en el tiempo.
  • El principal supuesto de la TIR es que todos los flujos de caja se reinvierten siempre a la misma tasa. El valor futuro neto es igual a cero. El calculo de la TIR emplea el método del tanteo y error.
  • EL ROI es un indicador de rentabilidad que permite calcular la rentabilidad generada por una inversión, pero sin considerar
  • el valor del dinero en el tiempo y sin considerar los cambios que pueden presentar los componentes que la definen.
  • DIFERENCIAL DEL COSTO DE MANUFACTURA
  • DIFERENCIAL DEL VALOR AGREGADO
  • DIFERENCIAL DEL CASH FLOW: Ingresos y egresos generados en determinada alternativa de inversión.
  • MÉTODOS COMBINADOS

2.5 Factores que influyen en el valor de la tecnología

  • IMPORTANCIA DE LA INNOVACIÓN: Radical o incremental.
  • CICLO DE VIDA DE LA TECNOLOGÍA: En que etapa se encuentra con relación a la introducción, crecimiento, madurez o declive.
  • ESTADO DE DESARROLLO DE LA TECNOLOGÍA: Cual es el estado del arte de la tecnología?.
  • UTILIDAD GENERADA POR EL PRODUCTO: En cuanto a los beneficios obtenidos.
  • CARÁCTER EXCLUSIVO DE LA LICENCIA: Geográfica o espacialmente.
  • TAMAÑO Y CALIDAD DEL MERCADO: De acuerdo al sector al que pertenezca la innovación.
  • ALCANCE TRANSECTORIAL DE LA INNOVACIÓN: Puede ser usada la innovación en diferentes sectores industriales o de servicios?.
  • LA FUERZA DE UNA PATENTE O SECRETO COMERCIAL: La propiedad industrial es fuerte en cuanto a la estrategia de protección de la innovación?.
  • VENTAJAS DE LA NUEVA TECNOLOGÍA: Con respecto a la tecnología anterior.
  • COMPETENCIA DE OTRAS TECNOLOGÍAS: es más rentable o tiene riesgo ante posibles sustitutos?.
  • GRADO DE COMPETENCIA EN EL MERCADO: Existen otras tecnologías que compitan con las mismas características?
  • DURACIÓN DE LA LICENCIA: En tiempo.
  • INVERSIÓN REQUERIDA PARA UTILIZAR LA NUEVA TECNOLOGÍA: Cual es el valor de la inversión?
  • NIVEL TECNICO DEL CONCESIONARIO: Tiene capacidad técnica?
  • OTORGAMIENTO DE SUBLICENCIAS: Esta aprobado dar sublicencias a terceros?
  • PLAN DE PRODUCCIÓN: Será en escala, estándar, o personificada?
  • PAGO INICIAL: Cuales son los royalties de la patente y sus honorarios?.

2.6. El Contrato de Confidencialidad

Con el ánimo de proteger las diferentes innovaciones que surgen de la actividad emprendedora, también por el respeto a las ideas y a la creatividad, se ha generado el concepto de “Contrato de Confidencialidad”. Este permite tener una protección temporal sobre un tipo de negocio, restringe la actividad de la competencia en cuanto al acceso y uso de la información y le da un mayor de nivel de seriedad al negocio.

2.6.1. Un Modelo de Contrato de Confidencialidad

Expongo a continuación un modelo para la redacción de “CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD EN MATERIA DE INVENCIONES Y DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

CLAUSULA PRIMERA: DEFINICIONES.  A los efectos del presente Contrato, los términos empleados se considerarán con arreglo a lo siguiente: I) PARTES CONTRATANTES. Son aquellas personas físicas, consideradas mayores de edad conforme a la legislación aplicable o personas jurídicas legalmente constituidas, cuyos datos de identificación figuran en el ANEXO al presente Contrato, denominadas, por una parte, EL PROPIETARIO  y por otra parte, EL INTERESADO. II) EL PROPIETARIO es el autor de un proyecto de desarrollo o perfeccionamiento tecnológico ya patentado o susceptible de serlo, identificado también en el Anexo del presente Contrato. III) EL INTERESADO es la persona que planea valorar la viabilidad técnica y comercial del proyecto relacionado, con el fin de llevar a cabo la explotación del mismo en alguna de sus formas. IV) CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. A los efectos de cumplir con el objeto del presente Contrato, el término confidencialidad de la información comprende cualquier clase de información referente al proyecto relacionado. Dicha información será mantenida en reserva por quien la recibe y no será revelada de ninguna forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte de este Contrato.

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO. A fin de llevar a cabo las negociaciones tendientes al logro de la finalidad propuesta; EL PROPIETARIO se obliga a entregar al INTERESADO toda la información confidencial o no, relativa al proyecto relacionado que sea necesaria para valorar su viabilidad técnica y comercial; por su parte, EL INTERESADO se obliga a utilizar dicha información confidencial en forma reservada y será responsable frente al PROPIETARIO ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sí mismo o por sus agentes, representantes o dependientes.  La obligación de confidencialidad y de utilizar la información entregada continuará en vigor indefinidamente.

CLAUSULA TERCERA: OBLIGACION ESPECIAL DEL INTERESADO.

EL INTERESADO se obliga a devolver inmediatamente al PROPIETARIO, luego de recibido su requerimiento por escrito, todas las copias de la información confidencial facilitada, o también a requerimiento escrito, destruir totalmente las mencionadas copias. La destrucción de la información confidencial deberá ser confirmada por escrito  por el INTERESADO.

CLAUSULA CUARTA: OBLIGACION ESPECIAL DEL PROPIETARIO.  EL PROPIETARIO se obliga a comunicar al INTERESADO, por el medio previsto en la Cláusula décima, la recepción de una oferta de un tercero para suscribir un contrato que tenga por objeto cualquier forma de explotación del proyecto relacionado, encontrándose pendientes las negociaciones previstas por este Contrato. EL INTERESADO estará facultado a responder, por el mismo medio y en un plazo máximo de diez días contados a partir del siguiente a la comunicación, si es de su interés igualar las condiciones ofrecidas por el tercero. Vencido dicho plazo, sin la respuesta del INTERESADO, EL PROPIETARIO tendrá derecho a concretar negociaciones con el tercero.

CLAUSULA QUINTA: AMBITO TERRITORIAL. De concretarse las negociaciones que se celebren en el marco de este Contrato, la explotación comercial del proyecto se llevará acabo en el territorio del país o los países que se mencionan en el ANEXO.

CLAUSULA SEXTA: SANCIONES. En caso de incumplimiento de las obligaciones respectivas, las partes acuerdan: 1. Reclamarse los daños y perjuicios que en cada caso correspondan; 2. Convienen la mora automática; sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna; y 3. Convienen por adelantado el otorgamiento de una medida precautoria a favor de la parte cumplidora sin necesidad de probar la existencia de daño.

CLAUSULA SEPTIMA: REGLAS DE INTERPRETACION. El presente Contrato se interpretará de conformidad con las siguientes consideraciones: I) Este acuerdo unifica y reemplaza todos los acuerdos y entendimientos anteriores o simultáneos entre las partes, escritos o verbales, con relación a su objeto; II) Ninguna cláusula o condición de este Contrato podrá ser renunciada sin consentimiento escrito de las partes. La indulgencia o tolerancia permitidas por cualquiera de las partes en algún aspecto del Contrato, no  constituirán una renuncia a la cláusula o condición pactadas; III) Siempre que el contexto de este Contrato así lo requiera, el género masculino incluirá el femenino o neutro; el número singular incluirá el plural y la referencia a una o más partes incluirá a todos los cesionarios de dicha parte; IV)  Las referencias y títulos contenidos en este Contrato, están incluidos por razones de conveniencia práctica y no afectan de manera alguna el significado o la interpretación del  Contrato; V)  Si cualquier disposición de este Contrato fuere considerada inválida, ilegal o no exigible, ello no afectará a las demás estipulaciones del Contrato, el que será interpretado como la disposición inválida, ilegal o no exigible nunca hubiera sido pactada. CLAUSULA OCTAVA: ARBITRAJE, LEY APLICABLE  Y TRIBUNALES COMPETENTES. I) Arbitraje. Las diferencias que se suscitaren en la interpretación o aplicación del presente Contrato, así como las situaciones no previstas, serán resueltas inapelablemente por un tribunal de tres miembros, dos de ellos, designados uno por cada parte, los que de común acuerdo designarán a un tercero, quien ejercerá la presidencia, debiendo ser un idóneo de acuerdo con el asunto que se discute. Los árbitros deberán resolver de acuerdo con la equidad. El plazo de designación de cada uno de los miembros del tribunal será de 15 (quince) días corridos. El  Tribunal dispondrá de 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha en que se hubiere constituido, para pronunciar su laudo. II) Ley aplicable. Serán aplicables a toda cuestión a que diere lugar este Contrato, su ejecución o sus consecuencias, las leyes del país designado en el ANEXO. III) Tribunales Competentes. Sin perjuicio de lo expresado en el numeral I) de la presente cláusula, serán competentes para entender en las cuestiones a que diere lugar este Contrato, los Tribunales Judiciales del país cuya ley fuere aplicable.

CLAUSULA NOVENA: DOMICILIOS. Los domicilios establecidos en el ANEXO constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este Contrato. Si una parte cambiare de domicilio, deberá ponerlo en conocimiento de la otra por el medio establecido en la cláusula siguiente, dentro de los quince días corridos de efectuado.

CLAUSULA DECIMA:  NOTIFICACIONES. A los efectos de este Contrato se conviene como medio válido de comunicación la Nota con acuse de recibo. El acuse de recibo deberá contener fecha, nombre completo, firma, aclaración de firma e identificación de quien lo recibió, con expresión del tipo de documento.

ANEXO AL CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD EN MATERIA DE INVENCIONES Y DESARROLLO TECNOLOGICO

CLAUSULA PRIMERA: DEFINICIONES.

PROPIETARIO:

Identificación:

Domicilio:

INTERESADO:

Identificación:

Domicilio:

PROYECTO DE DESARROLLO O PERFECCIONAMIENTO TECNOLOGICO:

Descripción:

2.6.2. Comunicado de prensa

A continuación menciono algunos comunicados de prensa que se hacen después de una negociación o antes, para informar a la opinión pública y a la competencia de algunos acuerdos estratégicos.

NASD y la empresa japonesa Softbank firman el acuerdo de constitución de

«Nasdaq-Japan Electronic Stock Market», un nuevo mercado bursátil electrónico que entrará en funcionamiento el cuarto trimestre del año 2000

15 de junio de 1999

Personas de contacto: Andrew MacMillan, NASD

(212) 858-4150

Scott Peterson, NASD

(202) 728-8955

Charlotte Rush, Softbank

(212) 503-5468

Nueva York, NY—La empresa National Association of Securities Dealers, Inc. (NASD®) y Softbank Corporation firmaron hoy un acuerdo en Tokio para crear una nueva empresa de capital conjunto, —Nasdaq-Japan— con el objetivo de desarrollar y poner en marcha un nuevo mercado bursátil electrónico en Japón que estará operativo para el último trimestre del año 2000.

El proyecto de Nasdaq-Japan se construirá según el modelo de mercado electrónico para la negociación de valores que utiliza The Nasdaq Stock Market® y utilizará Internet como vía de comunicación principal para ofrecer un mercado de valores de tecnología punta. Este nuevo mercado ofrecerá a los inversores japoneses la oportunidad de invertir en los valores más fuertes de las industrias de nuevas tecnologías (sin duda las de mayor crecimiento hoy en día) y facilitará la colocación de capital propio a las empresas japonesas emergentes.

Frank G. Zarb, Presidente y Director General de NASD, señaló: «Es una asociación natural que se produce en el momento justo. Con ayuda de nuestro fuerte socio japonés, Softbank, aprovecharemos todo el potencial de Internet para crear un mercado de valores que estimule la creación de empleo y el desarrollo económico. Softbank y Nasdaq® aunarán esfuerzos, experiencia, know-how y tecnología para ofrecer a los inversores japoneses la posibilidad de negociar con los valores más importantes del mundo, potenciando el desarrollo de un mercado en el que las empresas japonesas emergentes tendrán más oportunidades de encontrar financiación corporativa.

Masayoshi Son, Presidente y Director General de Softbank, afirmó: «La experiencia de Nasdaq como creador del mercado de valores más avanzado del mundo nos ayudará a construir un mercado de valores para Japón que estimule el crecimiento del capital y la actividad empresarial, actualmente un tanto adormecidas. El sistema que vamos a establecer conjuntamente en Japón tendrá una liquidez y una transparencia sin parangón y ofrecerá a los

inversores japoneses unas posibilidades de negocio a las que nunca habían tenido acceso. Pronto se convertirá en el modelo de interconexión financiera internacional».

Estructura del mercado

Nasdaq-Japan lanzará una innovadora estructura de mercado que aprovechará la liquidez inmediata inherente al modelo de Nasdaq Market Maker, y ofrecerá al mismo tiempo una gran transparencia gracias a la centralización del flujo de órdenes. El mercado funcionará las 24 horas del día, asegurando el acceso ininterrumpido a las mayores oportunidades de inversión en Nasdaq-Japan y sus empresas filiales.

Valores cotizados

Gracias a este nuevo mercado, los inversores japoneses podrán invertir en los valores de mayor crecimiento del mundo. NASD y Softbank prevén que se podrá negociar con todos los valores que cotizan en Nasdaq, con índices tales como el Nasdaq-100 Index Tracking StockSM (símbolo QQQ), y con acciones representativas de las empresas japonesas en expansión que decidan cotizar en Nasdaq-Japan.

Market Makers para Nasdaq-Japan

Entre los Market Makers (creadores de mercados o sociedades de contrapartida)que formarán el mercado electrónico de Nasdaq-Japan figurarán algunas de las mayores compañías de valores japonesas y estadounidenses. De hecho, ya se han iniciado las conversaciones con empresas punteras para establecer el grupo inicial de Market Makers.

Titularidad de Nasdaq-Japan

Nasdaq-Japan se constituirá como empresa privada con ánimo de lucro de la que serán titulares a partes iguales NASD y Softbank. Ambas socios prevén una importante participación en el capital societario de las principales compañías financieras japonesas y estadounidenses. Nasdaq-Japan empleará principalmente recursos locales y estará dirigida por un gerente japonés.

Regulación

Softbank y NASD garantizarán a sus inversores el más alto grado de protección y el respeto absoluto de la legalidad vigente. La nueva plaza utilizará las tecnologías más avanzadas en cuanto a supervisión e inspección de mercado para asegurar a todos sus miembros un funcionamiento íntegro, transparente y conforme a la legislación.

Ventajas

El nuevo mercado ofrecerá múltiples ventajas entre las que cabe destacar:

Un mercado transparente, eficaz, de fácil acceso, perfectamente regulado y con liquidez instantánea. Acceso a los emisores de fondos de capital procedentes de todo el planeta gracias a la sofisticada red de telecomunicaciones que permitirá la conexión sin interrupción entre Nasdaq-Japan y los negocios financieros de todo el mundo. La posibilidad de que los inversores japoneses puedan invertir en muchos de los valores que cotizan en Nasdaq, en valores de las empresas japonesas de alta tecnología que decidan cotizar, así como en productos estructurados tales como el Nasdaq-100 Index Tracking StockSM. La posibilidad de que los inversores estadounidenses puedan invertir en empresas  japonesas gracias al sistema de cotización dual en ambos mercados, Nasdaq-Japan y   The Nasdaq Stock Market. La creación de empleo y la potenciación del desarrollo económico de Japón a través de un mercado dinámico que servirá de vínculo entre inversores y emprendedores.

Información sobre NASD

NASD es la mayor organización autorreguladora del mercado de valores de los Estados Unidos y es la empresa matriz de Nasdaq-Amex Market Group, Inc. y de NASD Regulation Inc. A través de su filial reguladora, la NASD se ocupa de crear reglas y normativas, constituye un foro para la resolución de litigios y supervisa la actuación de sus miembros con el fin de salvaguardar y proteger los intereses de los inversores. A través de Nasdaq-Amex Market GroupSM, la NASD gestiona The Nasdaq Stock Market y la Bolsa Americana

(American Stock Exchange, Amex®). La competencia reguladora de NASD se extiende a 5.600 firmas de correduría e intermediación y a más de medio millón de profesionales de la industria de valores. La NASD puede proporcionar a los consumidores que lo soliciten informes profesionales y disciplinarios sobre las empresas que participan en el mercado y sobre corredores o intermediarios particulares. También proporciona asesoramiento para la presentación de reclamaciones.

Si desea más información sobre NASD y sus filiales, puede visitar las siguientes páginas Web: http://www.nasd.com ; http://www.nasdaq.com ; http://www.nasdr.com ; o el servicio de noticias Nasdaq-Amex NewsroomSM, en la dirección: http://www.nasdaqnews.com .

Información sobre Softbank

La empresa Softbank de Tokio es una de las mayores compañías japonesas del sector de la información electrónica. Es, además, el mayor distribuidor del país de software y publicaciones de informática y participa en más de 60 compañías relacionadas con Internet. Softbank es propietaria del 51 por ciento de Yahoo Japan Corporation (JOTC: 4689), 60 por ciento de GeoCities Japan, 100 por cien de ZDNet Japan, 50 por ciento de broadcast.com  Japan, 60 por ciento de ONSALE Japan, 50 por ciento de CarPoint Japan, 53 por ciento de InsWeb Japan, 60 por ciento de E-Loan Japan, así como del 58 por ciento de E*TRADE Japan. En los Estados Unidos, Softbank posee el 69 por ciento de Ziff-Davis Inc. (NYSE:ZD), 26 por ciento de Yahoo! Inc. (Nasdaq:Yahoo), 80 por ciento de Kingston Technology y el 27 por ciento de E*Trade Group Inc. (EGRP). Si desea más información sobre Softbank, puede visitar la siguiente página Web: http://www.softbank.com.

Anuncio de información en Internet

Para ofrecer más información sobre este acontecimiento se ha creado una página Web especial en la siguiente dirección: http://www.nasdaq-japan.com  El vídeo que recoge la firma del acuerdo en Tokio está disponible en inglés y japonés en: http://webevents.broadcast.com/softbank/index.html .

Algunos datos de interés sobre Nasdaq-Japan

LOS SOCIOS: Softbank Corporation y The Nasdaq Stock Market financiarán a partes iguales, 50/50, la creación de Nasdaq-Japan. Actuarán como Market Makers un grupo de las más importantes compañías financieras estadounidenses y japonesas.

TITULARIDAD: Nasdaq-Japan se constituirá como empresa privada con ánimo de lucro de la que serán titulares a partes iguales NASD y Softbank. Ambas socios prevén una importante participación en el capital societario de las principales compañías financieras japonesas y estadounidenses.

OBJETIVO: Ofrecer a los inversores japoneses la oportunidad de invertir en los valores que representan la tecnología más avanzada del mundo y que presentan mayores posibilidades de crecimiento, así como facilitar la colocación de capital propio a las empresas japonesas en desarrollo.

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Dueñas Sánchez Henry. (2004, mayo 14). Negociación y transferencia tecnológica. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/negociacion-y-transferencia-tecnologica/
Dueñas Sánchez Henry. "Negociación y transferencia tecnológica". gestiopolis. 14 mayo 2004. Web. <https://www.gestiopolis.com/negociacion-y-transferencia-tecnologica/>.
Dueñas Sánchez Henry. "Negociación y transferencia tecnológica". gestiopolis. mayo 14, 2004. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/negociacion-y-transferencia-tecnologica/.
Dueñas Sánchez Henry. Negociación y transferencia tecnológica [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/negociacion-y-transferencia-tecnologica/> [Citado el ].
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