CASO ESPAÑOL
Debido al desarrollo económico y a la globalización, la unión europea se
enfrenta a la decisión de adaptar los estándares internacionales de
contabilidad emitidos por el IASB[1] al ordenamiento contable de sus
países plasmado en las directivas europeas; por esto en marzo de 2001 se
crea en España una comisión de expertos encargados de analizar y
presentar las sugerencias al respecto, en un informe llamado el Libro
Blanco, con el apoyo de unas subcomisiones y unos grupos de trabajo
entre ellos el EFRAG[2]
el cual busca eliminar las incompatibilidades entre las IAS-IFRS
con las directivas para que sean acordes al marco europeo; se origina
así una reforma legislativa mediante la ley 19/89 en donde se regula la
Auditoria, se modifica el Código del Comercio y el Plan General de
Contabilidad, teniendo en cuenta las recomendaciones de las directivas
en cuanto a las sociedades y al manejo de las Cuentas Anuales
Consolidadas e Individuales, esto según el tamaño de las empresas y si
son cotizadas o no en bolsa de valores; trabajo delegado a los
organismos normalizadores como el ICAC, el Banco Español y el Ministerio
de Hacienda[3].
Esta adaptación genera unos cambios en el desarrollo de la practica
contable, entre estos tenemos la utilización de diferentes métodos de
valoración según la finalidad de los estados financieros, que es brindar
información relevante y por consiguiente real y verificable de manera
que sea útil a las necesidades de los usuarios,
siendo complementada con la elaboración de las notas que constituyen la memoria en la cual se encuentra toda la información cualitativa y cuantitativa necesaria para comprender las Cuentas Anuales y que además sirve de base para elaborar el Informe de gestión en donde se evalúa el cumplimiento de las políticas de crecimiento y expansión, de recursos humanos, de medio ambiente, de inversión, de control interno entre otras, de los objetivos a corto y mediano plazo y a su vez los riesgos a los que estos se encuentran expuestos.
Para complementar la realización de este informe se implementan dos
nuevos estados que amplían la información sobre Fondos Propios y la
información sobre el Movimiento de los Recursos Líquidos Generados, los
cuales son el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto para todas las
empresas y el Estado de Flujo de Tesorería exclusivamente para grandes
empresas.
La adaptación de los Estándares van dirigidas a las empresas de gran
capital, por lo cual debe hacerse de manera sectorial para su aplicación
en empresas con características especiales como son las PYMES[4], las
cuales son la columna vertebral de la economía Española, por ello sus
normas deben ser de gran flexibilidad , comprensibles y fáciles de
utilizar, que proporcionen información útil para la gestión y que sirvan
al propósito fiscal.
Estas empresas están orientadas a la elaboración de Cuentas
Anuales Simplificadas, pero operaciones mas complejas dan a la no
utilización de estas Cuentas. Las empresas de un nivel mas elevado
utilizaran normas del mercado de capitales y entidades de nivel
inferior, incluyendo nuevas empresas especialmente Pymes y empresarios
individuales, manejaran la versión abreviada.
CASO COLOMBIANO
La adopción de los Estándares Internacionales se hace con el fin de
fomentar un sistema comercial y financiero efectivo a nivel mundial que
sea de alta calidad, transparente y comparable; igualmente para
fortalecer la economía implantándolos ante las normas nacionales, para
lograr estos objetivos se debe determinar que empresas deben llevar
contabilidad y cuales de ellas deben Auditar sus Estados Financieros, y
además se debe establecer que libros son los necesarios para realizar
los Estados Financieros.
El proyecto de ley será aplicado para entes económicos privados clasificados por el Gobierno Nacional[5], (apoyado por el Comité Superior Contable para la orientación de los entes económicos que estén obligados a adoptar estos Estándares en el desarrollo de sus funciones financieras, este Comité podrá solicitar que se posponga la aplicación de algún Estándar por razón a que este sea contrario al interés publico o lesione fuertemente un sector especifico de la economía nacional), en nivel I,II y III[6]; las empresas pertenecientes al nivel I están orientadas por las IAS-IFRS y en su órgano emisor IASB, mientras que las empresas del nivel II y III están guiadas por las Directrices para Reportes Financieros y Contables para nivel II y en su órgano emisor el ISAR[7]-UNCTAD[8].
Para los entes del sector publico su clasificación es
determinada por el Contador General de la Nación quien es el organismo
competente para la adopción de las IPSAS[9] cuyos emisores son PSC
(comité del sector publico) y la IFAC (international federation of
accountants, Federación Internacional de Contadores)
Esta adopción de los Estándares en el área contable se hace con el fin
de brindar una información de alta calidad contable y útil para todo
tipo de usuarios a nivel publico y privado, al ser incorporados en las
empresas, estas deben en principio informar sobre los cambios positivos
y negativos que produzca, así como las operaciones que fueron afectadas,
además cualquier duda podrá ser llevada a las entidades Gubernamentales
de Supervisión y Control.
En cuanto a los Estándares Internacionales de Auditoria, con su
adopción se busca obtener Principios Generales que eleven la calidad en
el servicio del auditor y que aumente la confiabilidad en sus juicios
independientes, críticos y objetivos, que puedan ser útiles para todo
tipo de usuarios a nivel Nacional como Internacional; es así como el
Auditor Interno[10] establecido obligatoriamente o de forma voluntaria
en la empresa, velara porque se empleen dichos principios y evaluara de
acuerdo a ellos sus hechos y actividades económicas.
La adopción de estos Estándares permiten elevar el nivel de la Profesión
Contable, fortaleciendo los conocimientos y la aplicación de los mismos,
elaborando técnicas sofisticadas y útiles que permitan satisfacer de
manera completa las necesidades de los usuarios haciendo mas competitivo
el servicio a nivel laboral y ético.
Estos Estándares para su correcta aplicación deben acoger las
condiciones particulares de cada país, de manera que permitan conservar
una identidad propia en la academia y en la practica, haciendo al
Contador un Profesional Acreditado que pueda desempeñarse en el sector
publico y privado a nivel nacional e internacional y reconocido mediante
su tarjeta profesional, su labor debe estar regida bajo la normatividad
contable, que al incumplirla podrá ser sancionado, amonestado o
inhabilitado[11] .
Observando el proceso que paso a paso ha venido desarrollando España, su
metodología esta basada en un análisis profundo de los cambios
importantes a nivel de forma como de fondo; su base de reflexión radica
esencialmente en temas relacionados con la Información Financiera y su
finalidad es establecer un Sistema Contable único en el mercado
financiero.
Al mismo tiempo Colombia ha emitido su Proyecto de Ley del 10 de diciembre de 2003, en el cual plantea que la globalización de los mercados presenta la necesidad de fortalecer el sistema de información, para lo cual se establecen objetivos, elementos tenidos en cuenta para el alcance de estos y unos Principios Básicos de Autonomía, Independencia, Neutralidad, entre otros.
Dicha ley esta expuesta a modificaciones que puede realizar el
Gobierno Nacional en base a los aportes que hagan los interesados a
nivel nacional sobre el tema.
Las diferencias del desarrollo que han tenido estos dos países, en base
a los Estándares Internacionales de Contabilidad, Auditoria y
Contaduría, radica en la discusión Adopción Vs.
Adaptación, para lo cual no es difícil observar que mientras España
formula sugerencias para la adaptación de los Estándares; Colombia
presenta un Proyecto de Ley para adoptar un conjunto de practicas
contables de la comunidad Internacional.
Lorena Ruiz Grisales - loregris128arrobauniversia.net.co
Estudiantes de la Universidad del Quindío. Colombia
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