Al día siguiente de la adopción del Tratado de Niza en diciembre de 2000, el Parlamento europeo criticó este compromiso y propuso la creación de una segunda Convención (la primera redactó la Carta de Derechos Fundamentales) con el fin de hacer avanzar la integración europea.
Un año más tarde, en diciembre de 2001, el Consejo europeo de Laeken convocó la Convención europea sobre el futuro de Europa.
Los Jefes de Estado y de Gobierno encargaron a esta segunda
Convención elaborar nuevas reglas para una Europa unificada con el
objetivo de reforzar la democracia, la transparencia y la eficacia en el
seno de una Europa ampliada por la simplificación de los procedimientos
y de las estructuras de toma de decisión y por la reorganización de los
tratados existentes.
La (segunda) Convención ha tenido sus discusiones -con la participación
activa de la CES-, de febrero de 2002 a junio de 2003, y ha preparado un
proyecto de tratado estableciendo una Constitución para Europa.
Se llegó a un amplio consenso en la sesión plenaria del 13 de junio de 2003 y se presentó en la reunión del Consejo europeo de Salónica el 20 de junio de 2003: la Parte I se refiere a los valores, los objetivos, las responsabilidades, los procedimientos de la toma de decisión, los instrumentos y las instituciones; la Parte II contiene la Carta de los Derechos Fundamentales; la Parte III se refiere a las políticas y la Parte IV a los métodos de revisión y los mecanismos que permiten abandonar la UE.
La cumbre europea de diciembre de 2003 no permitió desembocar en un
acuerdo, pero, el 18 de junio 2004, los Jefes de Estado y de Gobierno
alcanzaron finalmente el acuerdo sobre la primera Constitución de la
Unión Europea. La Constitución entrará en vigor cuando todos los Estados
miembros la hayan ratificado. Hay dos años para hacerlo.
Este acuerdo es importante a la luz de la nueva situación que se ha
creado tras la reunificación europea, realizada por la adhesión de los
diez nuevos estados miembros de la UE en mayo 2004. Por los compromisos
alcanzados en el Tratado de Niza, que permitían a los Estados miembros
establecer mecanismos de bloqueo, la Unión Europea estaba
permanentemente amenazada de parálisis.
Existía el riesgo de ver a la Unión Europea convertirse en una zona de libre intercambio regida por un mínimo de reglas comunes y volviendo la espalda a una integración con más empuje y a una Unión política, económica y social.
Es lo que ha incitado al Parlamento europeo -y un año más
tarde, al Consejo europeo* a instituir una Convención encargada de
redactar la Constitución.
Maneras de evaluar la Constitución
Hay varias maneras de evaluar la nueva Constitución. Primero a la luz de
las exigencias de la CES; en este caso, está claro que no es totalmente
satisfactoria. Segundo, es posible comparar la versión final con el
Proyecto de la Convención europea. Aquí también queda claro que se han
introducido regresiones y restricciones y que la Conferencia
Intergubernamental (CIG) ha dado marcha atrás.
Pero en tercer lugar, si se compara con los Tratados CE/UE
actualmente en vigor en el “Tratado de Niza”, la CES está convencida que
la nueva Constitución es mejor y, para los sindicatos, la única postura
pragmática y realista es apoyarla.
La CES ha saludado el resultado de la Convención europea. La Convención
ha propuesto integrar la Carta de los derechos fundamentales en la
Constitución y ha permitido igualmente progresar en algunas cuestiones
sociales.
Por el contrario, la Conferencia Intergubernamental no ha seguido por este camino y ha elegido una segunda vía.
Este desenlace muestra los limites del método
intergubernamental, en comparación con el procedimiento más abierto, más
democrático y transparente de la Convención europea.
El Comité ejecutivo de los días 9 y 10 de junio 2004 ha aumentado la
presión sobre los gobiernos para que tomen la iniciativa, y, en vísperas
del Consejo europeo, la CES ha lanzado un último llamamiento a los jefes
de Estado y de gobierno para que se avanzara en las cuestiones sociales.
Se han obtenido mejoras menores (por ejemplo una referencia a la cumbre
social tripartita), pero finalmente, los jefes de Estado y de Gobierno
se han puesto de acuerdo en un denominador común por debajo de lo
redactado en la Convención.
El veto nacional sobre la política fiscal, incluso en materia
de lucha contra el fraude fiscal transfronterizo, ha sido restablecido.
La parte más innovadora de la nueva Constitución es la Parte I, que ha
sido objeto de debates intensos durante 18 meses y proporciona un nuevo
marco de acción a la Unión Europea después de la unificación de Europa.
De manera general, se han obtenido avances:
Importantes objetivos, principios y valores (como la solidaridad, la
igualdad, la no discriminación, la igualdad entre hombres y mujeres,
etc.) serán reforzados.
Las capacidades de bloqueo serán reducidas por la abolición del veto
nacional en ciertas áreas.
La codecisión (entre el Consejo de ministros y el Parlamento, en pie de
igualdad) será el procedimiento legislativo normal.
Se concederán nuevos poderes al Parlamento europeo en materia de
legislación y de presupuesto anual de la UE (incluyendo la Agricultura)
La UE adquiere una personalidad jurídica única.
El nuevo Presidente del Consejo europeo será elegido por dos años y
medio, lo que dará más visibilidad a su función y reforzará su papel de
coordinación.
Presidencias colectivas de 18 meses remplazarán la presidencia rotatoria
de seis meses lo que debería, así lo esperamos, garantizar una mayor
coherencia en las actividades.
Se creará el puesto de Ministro Europeo de Asuntos Exteriores para
que la UE pueda hablar con una sola voz y jugar un papel más visible en
el escenario internacional.
Se instaurará un nuevo sistema de voto de “doble mayoría” (de Estados y
de población, la Convención había propuesto 50% de los Estados miembros
y el 60% de la población, pero la CIG ha aumentado estos porcentajes a
55 y 65 respectivamente, añadiendo, desafortunadamente, un gran número
de disposiciones complementarias, de mecanismos de seguridad y de
excepciones, compensadas en parte por la posibilidad de instaurar
cooperaciones reforzadas entre aquellos Estados miembros que lo deseen).
Los símbolos europeos (como la bandera, el Himno a la Alegría, la
divisa “unida en la diversidad” y el euro -que es más que un símbolo-)
estarán inscritos en el texto.
Un conjunto simplificado de instrumentos legales: las leyes europeas y
las leyes marcos europeas sustituirán las directivas y los reglamentos,
etc.
Avances respecto al Tratado de Niza
En comparación con el Tratado de Niza, y en una perspectiva más
específicamente social, la nueva Constitución europea marca ciertos
avances:
La nueva Constitución europea reconocerá específicamente el papel de los
interlocutores sociales y de la cumbre social tripartita.
La “economía social de mercado” y el “pleno empleo” figurarán entre
los objetivos de la Unión (en el Tratado de Niza, los términos son
“economía de mercado abierta” y “empleo elevado”), así como la promoción
de la “justicia social”, la “solidaridad entre las generaciones” y la
lucha contra la “exclusión social y la discriminación”.
La igualdad entre sexos será un valor de la Unión.
La política social será explícitamente reconocida como una “competencia compartida” y no sólo como una competencia “complementaria”.
La Constitución incluirá la Carta de los derechos fundamentales (con importantes derechos sociales), que será jurídicamente vinculante y se podrá interpelar al Tribunal europeo de Justicia. La Carta refuerza los derechos fundamentales y les da más visibilidad, incluidos los derechos sociales y sindicales.
Se integran en la Constitución disposiciones relativas a las políticas horizontales sobre medioambiente, protección de los consumidores, e integración de la dimensión de genero, al igual que una cláusula social.
Se instaura un fundamento jurídico para los Servicios de Interés
Económico General.
Se incorporan al Tratado nuevas posibilidades de coordinación económica
en el interior de la zona euro incluyendo la posibilidad de poner en
marcha políticas fiscales comunes, por ejemplo, tasas “verdes” mediante
voto por mayoría cualificada.
Ya no se requiere unanimidad para los temas de seguridad social de los
trabajadores inmigrantes.
La coordinación abierta será reconocida como un instrumento de política social e industrial; la Comisión puede proponer líneas directrices, en particular en las cuestiones ligadas al empleo, la legislación laboral, las condiciones de trabajo, la seguridad social y la política industrial.
Se reconoce a los ciudadanos el derecho de iniciativa; si alcanzan a
reunir un millón de firmas en un determinado número de Estados miembros,
tendrán derecho de pedir a la Comisión que someta al legislador una
propuesta apropiada sobre cuestiones en las que los ciudadanos
consideren que se impone un acto legal.
Está claro que la CES y sus afiliadas no han alcanzado todos sus
objetivos.
En cualquier caso, hemos obtenido el máximo posible teniendo en
cuenta el contexto político, social y económico que ha prevalecido
durante los 18 meses de Convención y los 12 meses de Conferencia
Intergubernamental.
De esta manera la CES apoya la Constitución -a pesar de sus límites-
porque las ventajas que aporta a los trabajadores y a los ciudadanos son
reales y constituyen sin ninguna duda una mejora con respecto a las
disposiciones actuales.
Durante el proceso de ratificación, la CES y sus afiliadas continuarán
subrayando la importancia del progreso mediante el reforzamiento y la
modernización del modelo social europeo y mediante el reforzamiento de
la Europa social. Un rechazo de la Constitución tendría como efecto
paralizar la UE durante un periodo indefinido y hacerle así el juego a
los numerosos oponentes de la UE, que querrían verla debilitarse y no
tener proyecto.
La mundialización, el poder del capital multinacional y la
necesidad de combatir el neoliberalismo implican que los sindicatos y la
sociedad civil necesitan una UE en desarrollo y que se apoye en valores
sociales fuertes.
La nueva Constitución es imperfecta, algunos puntos son débiles, pero es
la única que tenemos encima de la mesa. Debe ser considerada como el
punto de partida de un largo proceso, y no como el final.
La CES y sus afiliadas harán todo lo que esté en sus manos para
garantizar que este primer paso no es el último y que la Europa social
en particular podrá realizar decididos progresos hacia el futuro.
En vistas a una próxima revisión de los tratados, la CES está dispuesta
a participar en una futura (tercera) Convención y a presentar propuestas
concretas para fortalecer la Europa Social, los derechos sindicales
transnacionales, mejorar la coordinación económica y la gobernanza,
introducir el voto a la mayoría cualificada en la política social y
fiscal, armonizar la Parte III con la Parte I respecto al compromiso de
lograr el pleno empleo, la economía social de mercado y la cláusula
horizontal, y actualizar las disposiciones antiguas.
En el próximo periodo, la CES hará campaña para:
Pleno empleo, crecimiento económico, desarrollo sostenible y justicia
Social.
Derechos transnacionales para trabajadores y sindicatos.
Sistemas de diálogo social aceptables en todos los países de la UE.
Servicios públicos dignos y estados de bienestar de alta calidad.
Condiciones laborales en los servicios basadas en el principio del país
de destino y no en el país de origen.
Ampliar las medidas constitucionales que desarrollen la Europa social.
Confederación Europea de Sindicatos - http://www.lafactoriaweb.com
Publicado Originalmente en la revista cuatrimestral la factoría*
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