En la provincia de Girona reside un importante colectivo de
inmigrantes. Acabado el proceso de regularización, unos 18.000
extranjeros disponen de permiso de trabajo y residencia, la mitad de los
cuales proceden de países pobres.
El elevado número de extranjeros en situación irregular había
constituido hasta ahora un obstáculo insalvable para la integración del
colectivo.
Una vez conseguida la regularización de la práctica totalidad de los
inmigrantes residentes en las Comarcas de Girona el objetivo de la
Comisión es hacer un informe de la situación social de estas personas y
de los problemas más importantes que dificultan su integración, así como
una serie de propuestas dirigidas a las diversas administraciones y
entidades con responsabilidad en este campo, con objeto de facilitar y
potenciar la integración del colectivo de inmigrantes.
El "Informe de Girona: cincuenta propuestas sobre inmigración",
elaborado por esta Comisión, se ha dividido en tres grandes apartados:
legalidad, integración y actitudes, concluyendo con la formulación de
cincuenta recomendaciones.
Es, como cualquier otra, una división discrecional, pero que recoge los tres grandes ámbitos donde se generan problemas de integración y convivencia respecto a la inmigración:
por una parte la regulación legal que les afecta, por otra los aspectos sociales, de vivienda, trabajo, sanidad, etc.,
que condicionan su vida y la convivencia, y por último las actitudes
de la sociedad, operadores sociales, administraciones... hacia los
inmigrantes.
En lo que se refiere a la regulación legal, se pretende realizar un
ligero análisis. No es función de esta Comisión proponer cambios
legislativos, pero al estudiar la situación de los inmigrantes es
imprescindible tener presente la legislación que les afecta de modo
específico,
destacar aquellas disposiciones que dificultan el proceso de
integración y recomendar que sean modificadas.
En el epígrafe genérico de integración se recoge un análisis de la
situación laboral y condiciones de trabajo, de los problemas sociales y
condiciones de vida, y de cuestiones formativas y educativas referentes
a los inmigrantes,
con el objetivo de hacer propuestas que respondan a una actuación
global sobre la situación social de los extranjeros.
Se destaca la importancia de las actitudes hacia los extranjeros
residentes en nuestra comunidad, tanto las que se refieren a la sociedad
misma como las de las administraciones y sus funcionarios, la prensa,
los partidos políticos, etc.
Conscientes de la dificultad de cambiarlas, se analizan
diferentes propuestas a largo plazo, con el objetivo de que toda la
sociedad y sus operadores e instituciones asuman el fenómeno de la
inmigración desde un punto de vista tolerante, desdramatizado e
integrador.
Las características del colectivo y de su situación en la sociedad
precisan, en ciertos ámbitos, una atención especializada.
En ocasiones será suficiente con garantizar el acceso de los extranjeros a determinados servicios en las mismas condiciones que los nacionales, pero en otras será necesaria una discriminación positiva para contrarrestar la situación de inferioridad o de discriminación negativa que padecen.
Y, en general, se hace necesario que las administraciones
formulen políticas globales de integración, evitando la simple
contención de los problemas que se generen.
Obtener para el inmigrante la consideración de "ciudadano", de persona
que goza de los mismos derechos y las mismas oportunidades, y evitar que
la inmigración se convierta en un tema de confrontación electoral son
dos objetivos prioritarios de este trabajo, y que reclaman la
participación de la sociedad en su conjunto.
El informe finaliza con la propuesta de cincuenta recomendaciones que
resumen las conclusiones y propuestas de actuación que se desprenden del
estudio realizado.
Esta Comisión tiene la voluntad de hacer un seguimiento periódico con la
finalidad de que las instituciones asuman y cumplan las recomendaciones
propuestas.
El informe que se presenta aquí no es un objetivo en sí mismo, sino un
punto de partida para sensibilizar, sin dogmatismos, a la sociedad y a
las administraciones, hacer algunas propuestas -a corto y largo plazo- y
provocar una respuesta. Administraciones y sociedad tienen ahora la
palabra.
LEGALIDAD
* Entrada
Control de flujos. Diversas políticas posibles. Ante el fenómeno de la
inmigración las diversas políticas posibles respecto al control de
fronteras tienen una gradación que va desde la de fronteras abiertas a
la de impermeabilización.
Es evidente que cualquiera de los dos extremos plantea graves
dificultades.
Si bien el derecho al trabajo, a la libre circulación y a escoger el lugar de residencia, forman parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los planteamientos económicos y políticos y la distribución actual de la riqueza dificultan la consecución de la primera posibilidad.
Las economías occidentales no soportarían un crecimiento descontrolado de la mano de obra, de la cual una buena parte iría a la economía sumergida.
Tampoco las sociedades están preparadas para asumir un número
indiscriminado de inmigrantes sin que surjan fuertes tendencias de
rechazo.
La política de impermeabilización de fronteras, a causa de la presión
demográfica y la situación económica y política de los países del Tercer
Mundo, no parece una opción suficientemente realista: por una parte,
los inmigrantes continuarían entrando y se verían abocados a la
clandestinidad, a la economía sumergida y a la marginación social; y por
otra, tal como dice la Comisión de las Comunidades Europeas, la Europa
Occidental no puede vigilar sus fronteras ni controlar todos los puestos
de trabajo como lo haría un estado policial.
El coste humano de la clandestinidad y las dificultades que comporta
para la integración hacen aconsejable un control de fronteras, a fin de
reducir el número de inmigrantes clandestinos. También es más fácil que
la población autóctona acepte la instalación de inmigrantes si el
fenómeno no aparece como incontrolado.
Conscientes de la necesidad de un control de las entradas, hace falta
ver cuál es el grado conveniente, de manera que el flujo de llegadas no
haga imposible la integración y pueda ser asumido por el mercado de
trabajo, pero tampoco de forma tan restrictiva que el inmigrante se vea
abocado inevitablemente a la clandestinidad.
"... Controlar la inmigración no quiere decir que se pueda poner un límite o que se tenga que hacer...
Vivimos en sociedades abiertas que no se pueden permitir ni económicamente, ni políticamente, ni quizás demográficamente replegarse sobre sí mismas" (Comisión de las Comunidades Europeas.
Políticas de inmigración y de integración social de los inmigrantes
en la Comunidad Europea. Memoria de los expertos elaborada a petición de
la Comisión, pp. 102).
Hay que tener presentes razones humanitarias y no olvidar la
responsabilidad que las sociedades occidentales tienen en la actual
distribución de la riqueza, que aboca a una buena parte de la población
mundial a considerar la emigración como única salida.
Política de los Visados.
El informe del Gobierno del Estado al Congreso de los Diputados sobre la situación de los extranjeros dice: "España no puede recibir un flujo masivo y sin control de inmigrantes sin que se hipoteque gravemente su cohesión social y las posibilidades de integración de los extranjeros regularmente establecidos en nuestro país." (...)
"En esta situación un objetivo esencial del Estado consiste, junto
con el resto de los países de la CEE, en dominar el volumen de los
flujos y canalizar, por tanto, la presión demográfica creciente"
(Capítulo 6).
Una vez expresadas estas líneas básicas, el informe establece como
medida de control de las entradas la exigencia de visado.
Si este es el único camino para entrar legalmente a trabajar, lo primero que ha de hacerse es establecer unos requisitos claros para la obtención del visado de trabajo, eliminado las apreciaciones discrecionales de los consulados y evitando que la práctica administrativa convierta su obtención en algo inalcanzable.
Esto equivale en la práctica al cierre de las fronteras, que
provocaría la entrada clandestina -pongamos por ejemplo las expediciones
de ciudadanos del norte de África a través del estrecho desde que se les
exige el visado- de muchos inmigrantes.
La nueva Comisión Interministerial de Extranjería debe fijar entre sus
prioridades el establecimiento de criterios claros para la concesión del
visado, eliminando la discrecionalidad de los agentes consulares.
Esta normativa debe valorar la posibilidad de inserción social y
laboral y contemplar positivamente el derecho a la reagrupación
familiar. Sería oportuno que esta Comisión escuchase las diversas
fuerzas sociales y grupos involucrados a la hora de establecer estos
criterios.
Asilo y refugio. "Todas las cuestiones relativas a los inmigrantes,
personas que solicitan asilo y refugiados deben abordarse de conformidad
con los principios establecidos del derecho internacional tal como están
contenidos especialmente en los convenios y declaraciones solemnes de
las Naciones Unidas, la OIT y las instituciones europeas". (Informe Ford
5.6).
Partiendo de estos principios, la política de asilo y refugio ha de
diferenciarse de la política de inmigración económica, ya que las causas
que la provocan son diferentes.
Concretamente sobre asilo y refugio se constatan algunas dificultades
técnicas:
Actualmente los solicitantes que tienen aceptada la petición reciben una
ayuda del Estado que, al no permitírseles trabajar, resulta
insuficiente.
Esta situación se agrava por la tardanza de la Administración en
resolver las solicitudes, que siempre supera la duración de la ayuda
económica.
El hecho de que el solicitante tenga derecho a permanecer en el país
mientras se tramita la solicitud provoca que el asilo y el refugio se
conviertan en una vía fraudulenta de entrada utilizada por el inmigrante
económico, situación que perjudica al auténtico demandante de asilo.
Proponemos algunas medidas que puedan resolver estos problemas:
La claridad en los criterios -tanto en lo que se refiere a los países
cuyos súbditos podrían tener acceso como a los requisitos exigidos y a
la forma de acreditarlos- podría evitar la presentación de solicitudes
poco fundamentadas y la desconfianza hacia los solicitantes.
La Administración debe dotarse de los medios necesarios para evitar el
retraso en la resolución de las peticiones.
La ayuda económica -que debe equipararse al salario mínimo
interprofesional- tendría que prolongarse durante el tiempo que tarde en
resolverse la petición. Otra posibilidad sería la concesión de un
permiso de trabajo provisional.
Una vez concedido el refugio, sería necesario ofrecer soporte cultural
-clases de castellano, catalán, cursos de formación... - y social al
refugiado para que conozca sus derechos y deberes y pueda integrase con
normalidad.
* Retorno
Expulsiones. El proceso extraordinario de regularización de extranjeros,
una política de renovaciones de los permisos de trabajo que favorezca la
permanencia en la legalidad, un control razonable de las fronteras y una
adecuada política de entradas deberían dar como resultado la presunción
de legalidad de todos los residentes en el país y, como consecuencia,
provocar la desaparición de las actitudes y las políticas
policiales contra los extranjeros, redadas en barrios de inmigrantes y
otras acciones y actitudes que generen incertidumbre, inseguridad y
miedo en el colectivo de inmigrantes.
La política de expulsiones no supone ninguna solución al problema de la
inmigración ilegal.
El componente de miedo que comporta, la angustia y la inseguridad que genera en los colectivos de inmigrantes y su ineficacia no la sitúan entre las soluciones más idóneas.
La expulsión puede ser un medio para hacer más eficaz el control de
entradas, pero no puede aplicarse indiscriminadamente, ni ser
considerado como un elemento significativo de la política de
inmigración.
En caso de delincuencia la expulsión parece en principio aceptable.
Pero debe tenerse en cuenta que, si el objetivo de la pena es la reinserción del delincuente, la expulsión del extranjero después de cumplir la pena no es coherente con este objetivo.
Tampoco se salva el principio "non bis in idem" ya que se castiga dos
veces -pena y expulsión- un mismo delito.
El artículo 21.2 de la Ley de Extranjería prevé la expulsión como medida
sustitutoria de la pena en los delitos menos graves; esta podría ser una
solución a los problemas a que nos referimos.
Pero esta medida no resuelve los problemas en caso de delitos
graves.
El artículo 21.2 de la Ley de Extranjería recoge la posibilidad de que
el juez expulse a un extranjero encartado en un procedimiento por
delitos menos graves.
Esta previsión, aún tratándose de una decisión judicial, es difícil de compaginar con la presunción de inocencia. Y el artículo 87.1 b) del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería establece que incluso en el caso de que el juez no autorizara la expulsión, la Administración podrá proceder a efectuarla "en el momento oportuno".
Aparte de otros inconvenientes (¿cuál es el momento oportuno?, ¿puede hacerse una vez cumplida la pena?, ¿y si es absuelto?).
Es evidente el carácter discrecional de esta disposición y la
inseguridad jurídica que genera cuando un extranjero es detenido.
Esta situación se agrava con la exigencia del certificado de
antecedentes penales para obtener y renovar los permisos de trabajo y de
residencia, ya que significa que un extranjero condenado, una vez
cumplida la pena, se vea sin acceso al trabajo legal y abocado a la
clandestinidad.
En cualquier caso, el índice de delincuencia que presentan los
colectivos inmigrantes es -a pesar de lo que reflejan determinados
medios de comunicación e interlocutores sociales- muy bajo.
Así, no parece razonable mezclar la delincuencia cuando se
tratan los problemas de la inmigración, ya que sugiere una situación
preocupante que no responde a la realidad.
El procedimiento administrativo de expulsión.
El Estado tiene derecho ha expulsar a los que han entrado
ilegalmente en el territorio, pero, tal como hemos dicho, esta
posibilidad debe ser un elemento accesorio del control de fronteras.
En el marco legal existente debe buscarse la forma para que en este
procedimiento se respeten el derecho de defensa y la seguridad jurídica.
El aspecto más grave de las expulsiones es el procedimiento de ejecución, que genera graves problemas de inseguridad jurídica.
El desconocimiento del idioma, el plazo para recurrir -excesivamente corto-, el desconocimiento del sistema jurídico y administrativo y una práctica administrativa y policial excesivamente restrictiva y desconfiada hacía el extranjero, sitúan a este en una situación muy próxima a la indefensión.
Hay que tener en cuenta que la mayoría de los expedientes incoados no responden a hechos delictivos, sino a que el extranjero se encuentra ilegalmente en el territorio o no puede acreditar medios lícitos de vida.
Pero aun así, la práctica habitual es proceder a la detención preventiva del extranjero, sin facilitarle asistencia letrada ni de intérprete, y dejarle en libertad pasadas setenta y dos horas sin ponerle a disposición judicial; se propone su expulsión y se le da un plazo de cuarenta y ocho horas para hacer alegaciones.
En la mayoría de los casos la expulsión no se ejecuta y el afectado
queda en la imposibilidad de regularizar su situación.
Un primer paso imprescindible es aprovechar los sistemas de defensa,
potenciar la seguridad jurídica de la situación de los extranjeros que
la legislación vigente establece y modificar la actual práctica
administrativa y policial.
Sólo debería procederse a la detención preventiva cuando fuera necesaria para la averiguación del posible hecho delictivo o para la sustanciación del expediente.
En cualquier caso, los detenidos habrían de disponer de asistencia letrada de oficio -y de intérprete si fuera preciso- desde un primer momento. Y si se considera oportuna su detención durante el término previsto en la Ley de setenta y dos horas, debería ser puesto a disposición judicial.
Todo esto puede hacerse sin modificar la actual legislación, aplicando los mecanismos de defensa que se ofrecen y que en la práctica no se llevan a cabo.
En todo caso sería deseable una legislación menos restrictiva y
desconfiada hacia el extranjero, que evitase los conceptos jurídicos
indeterminados y la discrecionalidad administrativa y que potenciase la
seguridad jurídica y la tutela efectiva de los derechos de los
extranjeros.
Cualquier política de integración que quiera ser realista no puede dar
la imagen del Estado como enemigo. El extranjero debe ser considerado -y
poder considerarse a sí mismo- miembro de la sociedad, aceptado y
defendido por los mecanismos y fuerzas del Estado.
La acción policial no debe de ser un elemento significativo de la
política de inmigración, sino únicamente un elemento accesorio más para
hacer efectivo el control de las fronteras.
Hay que partir de la presunción de legalidad de los extranjeros
residentes en el país, y la práctica administrativa y policial ha de
perder el grado de desconfianza hacia el extranjero que la caracteriza
actualmente, evitando las acciones indiscriminadas.
Debe constatarse, asimismo que la delincuencia entre los inmigrantes es
un hecho puntual y ocasional, y actuar en consecuencia.
Por lo tanto, no debe incluirse entre los problemas que presenta la
inmigración y no puede darse a la opinión pública la falsa imagen de que
se trata de un problema grave e inherente al fenómeno de la inmigración,
por las actitudes de rechazo que puede provocar.
Han de potenciarse los mecanismos de defensa de los afectados por un
expediente de expulsión, y también la seguridad jurídica, extendiendo la
asistencia letrada, de intérprete y la tutela judicial en los casos de
detención preventiva.
Finalmente, debe tenerse en cuenta que se favorecerá el proceso de
integración si los extranjeros en situación regular tienen la certeza de
que no corren el riesgo de ser expulsados, ni es este un objetivo
buscado por las diferentes administraciones del Estado.
Seguridad de residencia.
Cualquier política que tenga como objetivo promover la integración
social de los inmigrantes económicos en la sociedad de acogida debe
tener presente que un elemento indispensable es que adquieran una mínima
seguridad de residencia en el país de acogida.
En primer lugar porque la voluntad del inmigrante de integrarse,
imprescindible para que resulte efectiva cualquier política en este
sentido, depende de manera decisiva de la confianza del extranjero en
poder residir sin el miedo a que su permiso de trabajo y residencia no
sea renovado, o que pueda ser expulsado; en definitiva, que tiene un
futuro para él y su familia en el país de acogida.
En segundo lugar porque no puede hablarse de política de integración si
se considera la inmigración como un hecho temporal -consideración
incierta dado el carácter marginal del retorno voluntario y por el hecho
de que el inmigrante,
cuando no puede renovar su permiso de trabajo y residencia, opta por
quedarse en el país de forma clandestina- y por lo tanto no se buscan
medidas a largo plazo, ni se piensa en las siguientes generaciones de
inmigrantes.
El estatuto de residente permanente es un instrumento indispensable de
la política de integración.
El permiso de trabajo y residencia es el primer elemento básico y
tiene que ir acompañado de la esperanza razonable de poder establecerse
pasado cierto tiempo, si consigue la inserción en el mercado laboral.
El estatuto de residente significa que el extranjero es aceptado como
miembro de la sociedad de acogida.
Además, no hay que olvidar los derechos económicos y sociales que
este estatuto comporta (como, por ejemplo, el derecho a las prestaciones
de seguridad social).
Los razonamientos precedentes nos llevan a la consideración de los
permisos de larga duración -y una razonable facilidad para renovarlos-
como un importante mecanismo para potenciar la integración de los
inmigrantes.
La actual relación establecida entre el contrato de trabajo y la
concesión del permiso es una práctica que perjudica los objetivos que se
pretenden conseguir.
Si para obtener el permiso es imprescindible disponer de un contrato de trabajo y, una vez terminado este, el extranjero se encuentra con la imposibilidad de renovar el permiso hasta que consiga otro contrato, la seguridad de residencia de este extranjero es muy precaria,
no se potencia su sentimiento de estabilidad, se facilita que entre en la clandestinidad, se le priva de determinados beneficios sociales (como la prestación de desempleo), etc.
Y todo ello sin tener en cuenta otras cuestiones legales, como el
hecho de olvidar que el Estatuto de los Trabajadores establece la
validez del contrato verbal, las posibles acciones de la Inspección de
Trabajo para declarar de oficio el nexo contractual en situaciones de
hecho, acciones judiciales en este sentido, etc.
Por lo tanto, partiendo de la argumentada necesidad de potenciar la
estabilidad y la seguridad de residencia de los inmigrantes con un
mínimo de inserción en el mercado laboral,
y considerando los permisos de larga duración como un medio adecuado
para conseguir este objetivo, proponemos la modificación del actual
sistema de renovaciones, teniendo en cuenta los siguientes principios:
Valorar la inserción y la estabilidad del extranjero en el mercado
laboral y su integración social.
Pero sin identificar esta inserción laboral con la exigencia de disponer de un contrato de trabajo en el momento de renovar el permiso, ni que este sea concedido por el tiempo de vigencia de aquel.
Simplicidad en la documentación requerida.
Que la documentación a presentar no sea un obstáculo para
obtener la renovación, sino únicamente la necesaria para acreditar los
requisitos (inserción en el mercado laboral habiendo trabajado un
determinado número de meses durante la vigencia del permiso anterior,
etc.) y que sea fácil de obtener.
Agilidad en los trámites administrativos.
Tendencia a aumentar la seguridad de residencia mediante permisos de
mayor duración que faciliten la estabilidad del inmigrante en el país.
Aquellos extranjeros que consigan cierta inserción en la sociedad y en el mercado laboral, habiendo trabajado un determinado número de meses durante la vigencia del anterior permiso (o de los anteriores),
podrían acceder a otro permiso de mayor duración (tres años, por
ejemplo) y obtener después, si se ha mantenido esta inserción, el
permiso de cinco años.
Reagrupación familiar. En el caso de los residentes permanentes, el
derecho a la reagrupación familiar, tanto por motivos de derecho como
humanitarios, parece indiscutible. Es, además, un factor estabilizador,
que favorece el arraigo y la integración.
El Real Decreto 1119/1986, de 26 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España, en su disposición
adicional tercera dice:
"Tendrán tratamiento preferente y se tramitarán por el procedimiento de urgencia las peticiones de visados, permisos de residencia y permisos de trabajo, formuladas por personas que se propongan su reagrupación con un miembro de la familia, debidamente instalado en España y con capacidad económica suficiente para su sostenimiento,
siempre que acrediten encontrarse comprendidas en los supuestos
determinados en cualquiera de los párrafos del artículo 7.2 del
Reglamento que se aprueba por el presente Real Decreto".
A pesar de la claridad de esta disposición y de su actitud favorable a
la reagrupación familiar, el reglamento que la desarrolla se limita a
establecer la necesidad de un visado de residencia y otorgar
discrecionalidad a los cónsules para concederlo.
Y la práctica consular en ese sentido es muy restrictiva y con
frecuencia contradictoria.
Como ya hemos dicho, la Comisión Interministerial debe establecer entre
sus prioridades la de regular de manera clara y generosa los mecanismos
de concesión del visado de residencia, eliminando la discrecionalidad
que la legislación vigente atribuye a los cónsules.
Y favoreciendo, de acuerdo con la disposición adicional
mencionada, la reagrupación familiar.
INTEGRACIÓN
* Trabajo
Trabajo. Formación profesional. El trabajo, factor desencadenante de las
migraciones, se convierte en el elemento esencial de la integración.
El trabajo configura las condiciones de vida del trabajador, influye
en su capacidad adquisitiva y de acceso a una vivienda digna, determina
su estabilidad, comporta el acceso a la sanidad pública, etc.
La posibilidad de promoción en el trabajo es un camino privilegiado para
la integración de los extranjeros.
La formación profesional debe ser un objetivo de los proyectos de
integración, poniendo los medios para superar la desventaja que comporta
una formación inicial inferior a la de los trabajadores del país y el
conocimiento insuficiente de la lengua.
Pero es también en el trabajo donde se dan más casos de discriminaciones
contra los extranjeros y donde la legislación es más restrictiva
respecto a sus derechos.
En la legislación vigente hay algunas medidas discriminatorias que sería
necesario revisar. Las tasas para la obtención y renovación de los
permisos de trabajo constituyen una penalización indirecta a la
contratación de extranjeros.
La imposibilidad de acceder a la función pública es otra restricción.
Y el artículo 37.2 del Reglamento de la Ley de Extranjería excluye a los
extranjeros de los beneficios de los programas de Fomento de Empleo.
La necesidad del contrato para obtener el permiso de trabajo o su
renovación significa que no se reconoce para esta finalidad el contrato
verbal, ni las demandas judiciales, ni las actuaciones inspectoras.
Y en caso de no poder renovar el permiso por no disponer de contrato de
trabajo, pierden el derecho a prestaciones por las cotizaciones que ya
han efectuado.
Condiciones laborales.
El inmigrante constituye una reserva de mano de obra barata, móvil,
poco cualificada y que acepta condiciones de trabajo que la población
autóctona rechaza. Ocupa mayoritariamente lugares temporales, y en
muchas ocasiones en la economía sumergida.
Trabajar en la economía sumergida implica, entre otras desventajas no
tener acceso a la sanidad pública ni a la tutela de la legislación
laboral.
Las condiciones de trabajo están por debajo de los mínimos legales en
cuanto a sueldos, horarios, bajas por enfermedad, vacaciones, etc.
La necesidad del contrato de trabajo que impone el actual sistema de
obtención y renovación de los permisos hace que acepten condiciones de
trabajo muy precarias, o que los inmigrantes paguen las tasas de
renovación correspondientes a la empresa o los gastos de seguridad
social.
El proceso de regularización es un primer paso para poder superar esta
situación, si va acompañado de una actuación decidida de la Inspección
de Trabajo y de una labor de vigilancia, información y denuncia de los
sindicatos.
Eliminará también la indefensión ante los abusos, ya que la
denuncia a la administración competente no implicará ningún riesgo de
expulsión.
La reforma del sistema de renovaciones, no vinculándolas de forma
exclusiva a la disposición de un contrato de trabajo, eliminará la
necesidad de aceptar determinadas condiciones laborales.
La mejora de las condiciones de trabajo de los inmigrantes ocupados en
la economía sumergida pasa por una mejora general de las condiciones
laborales de todos los trabajadores y de la lucha contra contratación
irregular.
El refuerzo del trabajo de vigilancia, control y denuncia de la
Inspección de Trabajo y de los sindicatos es un mecanismo imprescindible
para avanzar en este camino.
* Sociedad.
Vivienda. Teniendo en cuenta la dinámica actual -la concentración de
inmigrantes en las zonas más deprimidas de los núcleos urbanos-, la
solución que se dé al problema de la vivienda marcará de manera
definitiva el proceso de integración.
La poca capacidad económica y la inestabilidad laboral, las tensiones
provocadas por las dificultades de adaptación a nuestros hábitos de vida
y una cierta desconfianza de la población autóctona para alquilar
viviendas a extranjeros, generan un hacinamiento en las zonas urbanas
más deterioradas, que cristalizarán en guetos si no se planifica una
intervención adecuada.
Además, la mayoría de las viviendas de estas zonas no reúne las mínimas condiciones de habitabilidad.
En muchos casos se han ocupado viviendas que por sus precarias
condiciones habían quedado fuera del mercado inmobiliario, cobrando por
ellas alquileres exagerados.
La experiencia demuestra con claridad que una política que tienda a las
concentraciones de inmigrantes plantea, sobretodo a partir de la segunda
generación, graves problemas de integración.
La situación requiere la intervención decidida de las administraciones
competentes, que debería tener como objetivo fundamental la
rehabilitación de las zonas urbanas más deterioradas y como consecuencia
de una redistribución más equilibrada entre población extranjera y
autóctona.
También los servicios sociales y asociaciones deberían estar presentes
en esté proceso haciende de guía y control en cuanto a los diferentes
hábitos de convivencia y formas de vida que se derivan de las
diferencias culturales para establecer canales de diálogo con los
vecinos, propietarios y administraciones.
Así los problemas que surjan podrán ser tratados desde una
perspectiva educativa y desdramatizada.
La solución del problema de la vivienda de los inmigrantes pasa por una
mejora de la situación del mercado mobiliario de alquiler en general.
Un cambio legislativo que haga aumentar el número de viviendas de
alquiler, nivelando la oferta y la demanda, supondría sin duda una
mejora del problema.
Sanidad. El acceso a la sanidad pública es un Derecho Fundamental del
Hombre y, en cualquier caso, un elemento indispensable para articular el
proceso de integración y de desarrollo de este colectivo.
Es necesario que se tomen las medidas oportunas para asegurar el acceso
a la sanidad pública de aquellas familias de inmigrantes que, por no
disponer de una contratación laboral en regla, no estén incluidas en la
Seguridad Social.
La situación de los inmigrantes (dadas las condiciones en que se ven
obligados a vivir y a la falta de formación higiénica y sanitaria)
aconseja la adopción de ciertas medidas:
Los servicios de atención primaria que atiendan a sectores importantes
de estos colectivos deben dotarse de recursos materiales, técnicos y
humanos suplementarios, especialmente respecto a problemas sanitarios
específicos o más habituales del colectivo, a la medicina preventiva y a
la educación sanitaria.
Los servicios sociales tienen que trabajar para conseguir una adecuada
educación higiénica y sanitaria en los colectivos de inmigrantes,
especialmente en materia de planificación familiar,
enfermedades de transmisión sexual y salud maternoinfantil, y
tener en cuenta la inclusión de los niños en las campañas generales de
vacunación y su seguimiento.
Promoción de la mujer.
El proceso de integración de las mujeres inmigrantes presenta ciertas dificultades adicionales, provocadas por la situación de la mujer en las culturas de origen.
Las carencias formativas y las dificultades del proceso de
aprendizaje y de arraigo en la sociedad de acogida son más graves aún
que en el caso de los hombres.
La mayoría proceden de un medio rural y pocas han ido a la escuela. Su
índice de analfabetismo es mayor que entre los hombres.
Culturalmente, la mujer está sometida a su esposo.
Al llegar al país de acogida este aspecto se agrava, ya que la
mujer desconoce totalmente la nueva situación y el funcionamiento de la
sociedad y además el aprendizaje hecho en el país de origen es poco útil
para las nuevas necesidades.
Las propuestas de actuación consistirían en adaptar los conocimientos
del país de origen y adquirir los necesarios para facilitar su vida aquí
y responder a las necesidades del nuevo medio.
Algunos objetivos concretos de este proceso de aprendizaje y adaptación
deberían ser: alfabetización, destinada sobretodo al conocimiento oral
de la lengua y también de los números; aprendizaje respecto a la
atención higiénica y sanitaria de los hijos; conocimiento de nuevos
alimentos;
nuevos métodos de limpieza de la casa; hacer posible un espacio que potencie sus recursos personales y favorezca su promoción a través de actividades formativas (talleres de cocina, de costura, etc.; cursos de formación profesional);
planificación familiar; promoción de la relación y de la ayuda entre
ellas; y, ayudarlas a tomar consciencia de la necesidad de adaptarse, de
relacionarse con la sociedad donde viven y de desarrollar sus
capacidades.
Las escuelas y grupos de formación son una herramienta muy útil para la
adquisición de nuevos conocimientos, para la adaptación de los
adquiridos y para fomentar la apertura a la sociedad y a las relaciones
humanas.
Sería necesario que las diferentes administraciones implicadas (y especialmente los servicios sociales de los ayuntamientos) asumieran su responsabilidad elaborando proyectos globales que lleguen al mayor número posible de mujeres.
La adaptación específica para estos colectivos de planes de estudio y de material didáctico, la colaboración técnica (sanitaria, pedagógica...),
la coordinación con las entidades que trabajan y, en general, la
planificación de la actuación, son tareas a las que las administraciones
no pueden renunciar.
Servicios sociales. Las características de los colectivos de inmigrantes
hacen necesaria una intervención especializada de los servicios
sociales, por lo menos en las primeras etapas.
Una vez que ser haya conseguido una cierta estabilidad laboral,
dispongan de una vivienda digna, los hijos estén escolarizados y el
acceso a la sanidad sea habitual, esta atención especializada podrá
desaparecer.
Se ha hablado del papel que deberían jugar los servicios sociales en el
campo de la vivienda, en el de la escuela, etc., para atender los
problemas de tipo social que se planteen.
Parece innecesario decir que el objetivo de la intervención de los
servicios sociales no debe ser la contención de los problemas
(soluciones inmediatas a problemas inmediatos), sino tomar las medidas
necesarias para encontrar respuestas globales.
Las diversas administraciones del Estado deben ser conscientes de que
tienen la principal responsabilidad en el campo de la atención hacia los
extranjeros.
Deberían tomar la iniciativa, especialmente la administración autonómica y la local, ya que hasta ahora el peso fundamental de la asistencia social ha recaído en entidades privadas.
Corresponde a las administraciones públicas, en colaboración con otras entidades, diseñar y aplicar una política global.
Una vez resuelto el problema de la legalidad de la mayoría de los extranjeros es el momento ideal para hacerlo.
La inhibición tendría como consecuencia el agravamiento de los
problemas que afectan a los colectivos, dificultando posibles
intervenciones en el futuro.
Derechos civiles y políticos. El artículo 13.1 de la Constitución
Española establece: "Los extranjeros gozarán en España de las libertades
públicas que garantiza el presente título (Título Primero, de lo
Derechos y Deberes Fundamentales) en los términos que establezcan los
tratados y la Ley".
La Ley Orgánica 7/1985 de 1 de julio sobre Derechos y Libertades de los
extranjeros y su Reglamento de ejecución son las normas básicas de
regulación de estos derechos.
En concreto, el artículo 4 de la Ley Orgánica 7/1985 de 1 de julio dice:
"Los extranjeros gozarán en España de los Derechos y Libertades
reconocidos en el Título I de la Constitución, en los términos
establecidos en esta Ley y las que regulan el ejercicio de cada uno de
ellos".
La Ley de Extranjería condiciona el ejercicio de los derechos de los
extranjeros al hecho de encontrarse legalmente en el territorio.
Por lo tanto, es un requisito "sine qua non", cuando se habla de los derechos de los inmigrantes, conseguir un alto grado de estabilidad de residencia en el país.
Nos remitimos al análisis hecho en estas páginas sobre la seguridad
de residencia remarcando el carácter de fuente de derechos que tiene en
la legislación.
La Ley de Extranjería y su reglamento de ejecución regulan de manera
especial una serie de derechos constitucionales para los extranjeros.
No es este trabajo el mejor lugar para proponer cambios legislativos, pero sí para constatar la desconfianza hacía el extranjero que se demuestra con disposiciones como la obligación de las asociaciones que admitan miembros que no tengan la nacionalidad española (como si esto fuese un hecho excepcional) de comunicarlo al Ministerio del Interior cuando el número de estos supere al de los nacionales;
la obligación de notificar a las autoridades cualquier cambio de
domicilio o de situación laboral; o la posibilidad discrecional del
Ministerio del Interior de adoptar medidas individuales por motivos de
seguridad, como por ejemplo la presentación periódica, el alejamiento de
determinadas poblaciones o la obligación de permanecer en una
determinada.
Es destacable la existencia en una legislación de gran cantidad de
"cláusulas de cierre" que atribuyen a la administración un importante
grado de discrecionalidad a la hora de limitar o llevar a la práctica
estos derechos.
De cualquier forma, una vez pasado el filtro constitucional (con la
sentencia del Tribunal Constitucional 115/1978 de 7 de julio, que
declaró inconstitucionales tres artículos),
quedan regulados derechos como la libre circulación por el territorio
nacional, el derecho de reunión y de manifestación, de asociación, de
educación y de libertad de enseñanza, de afiliación a los sindicatos, de
huelga...
A pesar de la relativa igualdad que en un principio establecen las
leyes, un análisis de la vida cotidiana de los miembros de este
colectivo nos evidenciará que esta igualdad no se lleva a la práctica y
que los extranjeros residentes se encuentran con obstáculos que les
impiden desarrollar estos derechos.
Un primer objetivo es observar cuáles son estos obstáculos y hacer un
llamamiento a los poderes públicos para que promuevan las condiciones
para hacer reales la igualdad y el ejercicio de los derechos reconocidos
a los extranjeros.
La integración en una sociedad democrática exige un cierto grado de
participación en la gestión de la vida cotidiana.
Como queda manifiesto, a pesar de algunas limitaciones, la legislación reconoce a los extranjeros el derecho a formar y participar en asociaciones.
Aprovechar este asociacionismo para crear medios adecuados de
expresión y de consulta de los interesados podría ser un camino útil.
En el mismo ámbito de cuestiones, la legislación contempla la
posibilidad de la participación de los ciudadanos extranjeros en las
elecciones municipales.
El desarrollo de esta posibilidad legal sería sin lugar a dudas un avance capital en la integración de los inmigrantes, tanto por su interés práctico (en la medida que versa sobre aspectos cotidianos como la vivienda, escuelas, equipamientos...)
como por el interés político que implicaría tomar en consideración a
los inmigrantes y sus opiniones, como por su participación en la
administración que genera más conflictos en materia de integración de
extranjeros.
Al tratar de los derechos civiles de los inmigrantes, una cuestión muy
discutida es el tema de la ciudadanía y la nacionalización.
Pero hablando de integración más que hacer propuestas sobre cuántos años de residencia deberían ser suficientes para adquirir la nacionalidad, se trataría de procurar que todo residente legal tenga un estatuto jurídico de "ciudadano",
es decir, de miembro de la sociedad con todos los derechos y deberes -reales y no sólo de derecho- que esto significa: la estabilidad de su residencia, la reagrupación familiar, el tener en el Estado un aparato de soporte y no un enemigo, derechos sociales (de igualdad en el trabajo, acceso a la seguridad social y derecho a sus prestaciones, etc.),
con la importancia simbólica y psicológica que este estatuto jurídico
comporta.
La situación laboral de los inmigrantes es, por la importancia económica
y social que tiene, por la legislación verdaderamente restrictiva y por
las prácticas abusivas que indirectamente provoca, de especial
consideración.
Remitiéndonos al apartado específico de condiciones de trabajo,
en el cual se desarrolla con más detalle la cuestión, queremos destacar
determinados aspectos.
La necesidad económica de trabajar y la dependencia de la disposición de
un contrato de trabajo para gozar de la residencia legal provoca que los
extranjeros acepten condiciones de trabajo inferiores a las legalmente
establecidas, o incluso el pago de las cargas sociales por parte del
trabajador -explícitamente prohibido-.
Otros aspectos que favorecen la discriminación son la prohibición del
acceso de los trabajadores extranjeros a los puestos de trabajo público,
la sanción a la contratación de inmigrantes que suponen las tasas que
han de pagar los empresarios que contraten a extranjeros al tramitar los
permisos de trabajo, o la disposición del artículo 37.2 del Reglamento
de la Ley de Extranjería,
que excluye a los titulares de permisos A y B de los beneficios de los programas de fomento de empleo, o la imposibilidad de gozar de las prestaciones sociales (por las cuales cotizan) que provoca la concesión del permiso de trabajo por el tiempo estricto de contratación.
La rotura del excesivo nexo entre contrato y permiso y también un
refuerzo de la actuación de inspección de la administración sobre la
condiciones de trabajo son mecanismos necesarios para mejorar la
situación laboral de los inmigrantes.
En cuanto al ejercicio de otros derechos, como pueden ser la
contratación civil (arrendamiento de vivienda, compraventa), el acceso
de los hijos a la educación, a la vivienda, la formación y promoción al
trabajo, estos encuentran el común denominador de la situación jurídica
de los inmigrantes: igualdad de derecho, discriminación de hecho.
En general, pues, debería hacerse un llamamiento a los poderes públicos
para que, a través de sus inspecciones en todos los ámbitos, vigilasen y
persiguiesen la discriminación.
Para luchar contra la discriminación, que puede manifestarse de forma
indirecta (no es suficiente con su prohibición expresa ni con leyes
igualitarias),
es necesaria una concienciación que comporte el cambio de actitudes,
empezando por los poderes públicos, una concienciación de los
extranjeros de sus derechos y de las garantías para ejercitarlos y unos
mecanismos de reclamación y protección efectivos.
Asociacionismo. La integración, para tener éxito, exige un cierto grado
de participación en la gestión de la vida cotidiana.
Las asociaciones, sean de inmigrantes exclusivamente o formadas
con miembros de uno y otro colectivo, pueden ser un medio importante de
participación.
Las asociaciones de inmigrantes permiten plantear con más fuerza y
claridad los problemas a las administraciones, ofreciendo a estas
interlocutores para buscar soluciones.
Asimismo, el intercambio de las diversas experiencias, el contacto con
otros miembros de la propia cultura, etc., son importantísimos para que
el extranjero se sienta más acogido.
No debe olvidarse el papel que pueden jugar en la promoción de los
mismos miembros, organizando diversas actividades que tiendan a la
formación, a espacios recreativos o al diálogo con otros colectivos.
La participación en asociaciones que no sean exclusivamente formadas por
extranjeros es recomendable, no sólo para los colectivos de inmigrantes
sino también por el enriquecimiento cultural que comporta para las
asociaciones mismas.
La participación en los sindicatos es siempre positiva, ya que
además de integrarse totalmente en el colectivo de los trabajadores y de
sus reivindicaciones, hacen su propia contribución en las comunidades
donde viven y trabajan, junto con la aportación de los integrantes de la
población mayoritaria.
La participación de los niños y jóvenes en actividades de ocio y
deportes y en asociaciones que tengan esta finalidad es una forma de
establecer una convivencia a través del juego y la competición, fomentar
el respeto mutuo y la tolerancia y de que nazca la amistad.
No hay que olvidar que existen grupos de colectivos de extranjeros que,
apenas sin la estructura organizativa ni legal de una asociación, hacen
sus funciones.
Son frecuentes grupos que ayudan a sus miembros cuando no tienen trabajo o vivienda, que comparten los problemas y la búsqueda de soluciones...
Sería oportuno que las administraciones -especialmente las
municipales- tuvieran en cuenta estas agrupaciones con la finalidad de
encontrar interlocutores válidos para tratar temas que afectan a los
inmigrantes.
* Formación.
Hacia una educación en y para una sociedad intercultural.
Además de programas concretos para la formación de los trabajadores
extranjeros y de sus familias que consideren sus necesidades específicas
para poder acceder a una verdadera igualdad de oportunidades, respetando
la diversidad cultural, hacen falta unas consideraciones respecto a la
necesidad de inscribir todas estas actuaciones en un marco de una
verdadera educación para una sociedad intercultural, que implicaría
tanto a los grupos culturalmente minoritarios como a los mayoritarios.
Por lo tanto, no se pueden programar sólo acciones educativas
"compensatorias de las carencias" de los miembros pertenecientes a las
minorías culturales. Es todo el tejido social quien necesita proyectos
que eduquen para una sociedad intercultural.
Es fundamental el respeto a la diversidad de cada cultura, que en
absoluto debe suponer la justificación de la desigualdad de
oportunidades sociales.
El respeto a la diversidad tiene que conllevar una lucha para
conseguir una verdadera igualdad de oportunidades.
Es necesario un esfuerzo continuado para eliminar las actitudes
etnocéntricas como condición indispensable para poder estar atento y
dispuesto al diálogo intercultural, mutuamente enriquecedor, ante la
diversidad de valores y estilos de vida que propone una sociedad
multicultural.
A partir de un concepto dinámico de identidad cultural, ni se puede limitar la libertad de aculturación, ni se pueden permitir las actitudes asimiladoras.
El rechazo a la más mínima manifestación de racismo o xenofobia debe
ser inmediato, decidido y contundente por parte de todas las fuerzas
políticas y sociales, así como las campañas de prevención y educación
social a través de todos los medios de comunicación.
Hay que despertar un interés positivo por la educación, entendiendo esta
como el proceso que hace posible la convivencia.
La educación intercultural debe contemplar tanto los aspectos cognitivos y reflexivos, como los afectivos y sociorelacionales.
Debe tener como objetivo transformar progresivamente también a las
propias instituciones y grupos sociales, el imaginario individual pero
también el colectivo, así como las prácticas sociales, rechazando
valores, discursos o estrategias que impliquen conceptos de
superioridad, de dominio o de intolerancia.
No se puede prescindir en la acción educativa intercultural de los
componentes sociopolíticos y económicos que son la causa de la pobreza y
marginación de determinadas minorías culturales.
La práctica de la solidaridad y la lucha por una mayor justicia
social y por el ejercicio de los derechos civiles y políticos por parte
de los inmigrantes son inseparables de la educación intercultural.
Es precisamente la situación de interculturalidad la que permite una
acción y una reflexión educativa al respecto.
Por lo tanto, no hay que eludir la convivencia intercultural, muy al contrario, y salvo que sea estrictamente necesario y justificado deberán evitarse las actuaciones sobre grupos monoculturales.
Hay que luchar contra las relaciones de dependencia, de dominante/dominado que acostumbran a establecerse entre el grupo mayoritario culturalmente y el minoritario.
En la educación intercultural esto exige una autonomía y una
capacidad de formulación y ejecución de proyectos por parte de los
grupos minoritarios, que se facilitará con la promoción de líderes
asociativos, educadores, trabajadores sociales, monitores, etc., de los
propios grupos minoritarios.
La formación de los niños.
La formación de los hijos de los trabajadores extranjeros según el sistema educativo convencional plantea una serie de situaciones que por sí mismas ya deberían provocar una reflexión en profundidad que delimitase con precisión las adaptaciones curriculares y los reajustes necesarios en los proyectos pedagógicos y en las organizaciones escolares de los centros,
no únicamente teniendo en cuenta las necesidades específicas
sino también la de los alumnos pertenecientes a la comunidad cultural
mayoritaria, afectados también, a su manera, por el choque
intercultural.
Tanto la LOGSE como la mayoría de la documentación generada sobre la
Reforma Educativa reclaman una compensación de las diferencias de los
alumnos y una adaptación de los métodos de enseñanza a sus
características individuales.
Adaptarse a las características de los alumnos también comporta
adaptarse a su diversidad cultural.
Si hemos reconocido desde las más recientes aportaciones teóricas de la
psicopedagogía la necesidad de que el acto educativo debe partir de los
conocimientos previos del alumno, debe ajustar las actividades de
aprendizaje a sus capacidades, debe situar las actividades de
aprendizaje en la
"zona de próximo desarrollo", debe conocer las características cognitivas del alumno, sus capacidades representacionales, su potencial operacional, sus posibilidades conductuales reales, etc., es indispensable hacer una lectura de las anteriores aseveraciones a partir de la variable "diversidad cultural",
que aporta, además, nuevas necesidades que hay que atender inexcusablemente: hay que conocer la "cultura" escolar, familiar y social originaria del alumno migrante;
hay que mantener el desarrollo de la lengua materna del alumno,
especialmente por las ventajas metalingüísticas que comporta; y hay que
favorecer un rápido dominio de la lengua mayoritaria.
Es preciso, pues, tanto un refuerzo para que puedan utilizar cuanto
antes mejor la lengua de acogida mayoritaria, como una continuación del
aprendizaje de la lengua y la cultura de origen.
La enseñanza de la lengua árabe a los niños de origen magrebí debería realizarse con cargo a los presupuestos de la administración pública, ya que debería formar parte de la adaptación curricular necesaria para estos alumnos,
y siempre en el mismo centro y en la medida de lo posible en horario escolar para dar un trato simétrico a la cultura minoritaria respecto a la mayoritaria y erradicar el concepto de que todo lo africano es de rango inferior, pobre, marginal...
En aquellos centros donde el número de alumnos interesados fuese
suficientemente importante habría que estudiar la posibilidad de que el
árabe fuese una más de las lenguas extranjeras optativas en la
programación del centro.
Las asociaciones de emigrantes y las organizaciones no gubernamentales
que trabajan con ellos pueden jugar un papel importante en estas tareas,
facilitando monitores, traductores, etc.
Hay que favorecer el acceso de jóvenes provenientes de los colectivos
inmigrantes en la realización de funciones educativas o de trabajo
social.
Dado que educar en y para la interculturalidad no es sólo un nuevo
"contenido" o una nueva "estrategia", sino que reclama una convicción y
una posición personal por parte del equipo docente, es indispensable
también un soporte técnico cualificado de asesoramiento, formación
permanente y supervisión específica para los docentes.
Es también indispensable la revisión de los contenidos etnocentristas y
xenófobos de determinadas materias, completando (especialmente en el
ámbito de las ciencias sociales) los contenidos académicos con los que
hagan referencia a los países y culturas de niños inmigrantes,
teniendo en cuenta al revisar o decidir determinadas normas de
funcionamiento cotidiano las que puedan estar afectadas por la
diversidad cultural (dietas alimenticias, fiestas específicas y
calendarios religiosos...), etc.
Una atención muy especial merece la relación que la escuela establece
con los padres de estos alumnos y no únicamente en la lucha contra el
absentismo escolar.
La escuela no puede quedar al margen de la problemática legal,
laboral, social, etc. de estas familias, sino que debe sentirse
implicada de una manera activa en la medida de sus posibilidades, y
siempre, naturalmente, sólo a partir de sus responsabilidades
educativas.
La formación de los adultos.
La formación de adultos inmigrantes debe anclarse fuertemente en su proyecto migratorio y en sus necesidades de mejorar sus condiciones laborales, aunque no de manera exclusiva.
Hay que motivarles también hacia otras formaciones quizás menos utilitarias a corto plazo, pero no menos importantes si realmente pretendemos facilitar su desarrollo integral como personas, y especialmente si queremos dar preferencia a las soluciones colectivas y solidarias en vez de practicar y estimular el "sálvese quien pueda".
Es imprescindible un proceso de diseño conjunto del itinerario
formativo más adecuado a cada persona, durante el cual es el inmigrante
quien debe tomar las decisiones sobre lo que crea que más le conviene,
pero disponiendo de la información necesaria y conociendo los
razonamientos que surgirán en el diálogo con los formadores.
Entendemos, por otra parte, que el aprendizaje de las lenguas autóctonas
y la alfabetización no tiene que ser solamente un adiestramiento en el
aprendizaje de la lectoescritura y el cálculo.
Es fundamental una "alfabetización -o formación básica- intercultural" que les dé los medios necesarios para tener acceso a una vida cotidiana normalizada, en un entorno cultural muy diferente a aquel para el cual han sido educados.
Hay que aprender a leer también, por ejemplo, un horario de trenes, o
una hoja salarial, o un recibo, o las características y fecha de
caducidad de un producto, etc.
Las experiencias de alfabetización y formación básica de las mujeres
inmigrantes presentan más dificultades que las que se llevan a cabo con
los hombres o con sus hijos.
Hay que entender que para ellas el choque intercultural es más violento y, en cambio, nuestros recursos para ayudarlas a menudo son escasos, así como nuestras posibilidades de comunicación con sus intereses reales,
con su mundo ideal, de conocer sus motivaciones, de conocer sus necesidades reales más allá de las que imaginamos que tienen, etc.
A pesar de estas dificultades, las actuaciones educativas que se han
llevado a cabo con ellas y que más les han interesado han sido siempre
las relacionadas con la salud, el cuidado de los niños, el control de la
natalidad, etc. Es por esto que creemos absolutamente indispensable
incluir en toda la formación que se imparta a los grupos de mujeres
adultas la alimentación, la salud y el consumo.
Por todo ello es indispensable un tratamiento específico de su
formación, una discriminación positiva hacia estos colectivos que no
pueden de ninguna manera adaptarse a las características convencionales
de nuestra doble red (municipal y autonómica) de Escuelas de Adultos.
Esta primera "Formación Intercultural Instrumental Básica" debe llevarse a cabo por medio de proyectos específicos.
Es indiferente que se realice dentro o fuera de las escuelas de
adultos convencionales, lo que cuenta es adaptarse a las necesidades de
la persona que aprende en lugar de que esta persona tenga que adaptarse
a un sistema educativo que no tiene en cuenta su diversidad.
La novedad y la dificultad que supone esta formación específica reclaman
recursos para llevar a cabo proyectos de búsqueda-acción capaces de
generar tanto los materiales específicos para esta formación, como
elaborar las estrategias pedagógicas, los métodos específicos de
intervención,
la posición ideológica básica de un proyecto pedagógico de
estas características..., en definitiva: un modelo de formación
intercultural específico que no se tiene y que es cada vez más urgente.
Resumiremos los objetivos y necesidades de esta formación en los
siguientes puntos:
No hay que olvidar que el objetivo fundamental de la formación es
facilitar a los emigrantes el proceso de autonomía y realización
psicosocial personal y colaborar activamente en la lucha contra la
exclusión y la marginación.
Metodológicamente es fundamental utilizar todas aquellas técnicas que
nos permitan resolver los conflictos interculturales cotidianos vividos
por todos los participantes, y de manera especial el de los inmigrantes.
Siempre que sea posible y conveniente (pero no de manera sistemática) se
vincularán estas formaciones básicas a una mejora de las condiciones
laborales, o a una formación ocupacional.
Y siempre y en todo caso en algún aspecto importante para la mejora
de la calidad de vida real del sujeto, no creando nunca un divorcio
entre formación y realidad cotidiana.
En este sentido la alfabetización no puede reducirse al aprendizaje de
la lectoescritura y el cálculo, sino que hay que promover una "Formación
Intercultural Instrumental Básica".
Concretamente en la formación de la mujer inmigrante, tanto la
alfabetización como el conocimiento de la lengua de acogida deben
supeditarse a los aprendizajes mucho más desafiantes en su nueva
situación de los cambios alimentarios (la compra, la cocina, la
alimentación artificial infantil ...), los aspectos sanitarios
(vacunaciones, control de natalidad...),
los específicamente higiénicos (conocimiento y dominio de las posibilidades y limitaciones de una vivienda europea, bricolaje, limpieza...) etc.,
que en definitiva formarían los contenidos de la "Formación
Intercultural Instrumental Básica", adaptada en este caso a las
necesidades de la mujer inmigrante.
Por lo tanto, hay que ir mucho más allá de una simple instrucción
académica, hay que acompañar educativamente a unos colectivos de
trabajadores socialmente marginados, facilitando el mutuo conocimiento,
su desarrollo autónomo y una relación colectiva transformadora.
Por ello parecen indisociables las tareas de acogida de las más
estrictamente formativas.
A pesar de que el acompañamiento del voluntariado en la vida cotidiana
de la mujer inmigrante es muy importante, no debe perderse de vista que
un objetivo básico de esta formación es darle la máxima autonomía.
Por ello hay que iniciar toda una serie de acciones formativas relacionadas directamente con su vida diaria (relación con el exterior, con los establecimientos comerciales de diferentes características,
con los vecinos y las estructuras sociales básicas como la escuela de
sus hijos, los asistentes sociales, los médicos y sanitarios, teléfono y
medios de comunicación...).
Es conveniente iniciar formaciones pre-ocupacionales que, al mismo
tiempo que resuelven problemas de la vida cotidiana -aprender a coser,
por ejemplo- si se realiza en una estructura similar a un taller, puede
educar unos hábitos prelaborales (puntualidad, capacidad de dibujar, de
contar, de medir...)
imprescindibles y de una incuestionable importancia para
potenciar su autonomía personal.
La sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales, el
voluntariado, las asociaciones de los propios emigrantes, etc. tienen un
importantísimo papel en este proceso de formación, no sólo por
delegación de las administraciones que tienen competencias, sino por sus
especiales características que pueden llegar donde la administración
tiene muy difícil el acceso,
y por su flexibilidad pueden adecuar con mucha más eficacia su
estructura y sus actuaciones a las necesidades concretas. Estas
entidades necesitan un soporte económico e institucional de las
administraciones urgente, con continuidad y generosidad.
La formación de monitores y líderes asociativos del voluntariado
autóctono. Cualquier propuesta de intervención educativa o social con un
colectivo se ve extraordinariamente facilitada si se dispone de
interlocutores representativos de aquel grupo social.
La necesidad es aún más evidente cuando la diversidad entre la comunidad mayoritaria y la minoritaria es tan acentuada que se hace necesario que existan "intermediarios" tanto para resolver problemas lingüísticos -los más evidentes e inmediatos- como organizativos, de choque de sensibilidades, diversidad de ritmos, de maneras de actuar, ser y pensar, de costumbres, valores, ritos y tradiciones...
Pero sería lamentable que redujéramos al papel de "traductor"
(lingüístico o cultural) a un personaje que puede tener un papel
importantísimo en la solución de los conflictos interculturales si
dispone de una formación adecuada.
La necesidad de estimular la emergencia y la formación de monitores,
educadores, líderes asociativos, etc. de los propios colectivos
minoritarios nace, más que de la necesidad de tener profesionales y
voluntarios "especializados" en el tratamiento de una minoría (que
también es importante),
del hecho de que puedan participar de manera cualificada y con una perspectiva nacida de la diversidad (y por tanto con una nuevas posibilidades) en intervenciones interculturales que afectarán a las dos comunidades.
Son necesarios agentes de desarrollo cultural y social nacidos de los propios colectivos para disponer de interlocutores cualificados con las minorías culturales, que estén capacitados técnicamente y profesionalmente para hacer estas tareas.
Por lo tanto, es importante dotar de los recursos necesarios
para organizar cursos de formación de agente de desarrollo cultural y
social, alfabetizadores, líderes asociativos, contactando con miembros
de los grupos culturales minoritarios que realicen esta formación en
grupos culturalmente mixtos (nuestros voluntarios autóctonos están
también muy necesitados de una formación y unos espacios de reflexión
específicos).
La innegable necesidad de crear unos espacios de formación
especializados para profesionales o voluntarios implicados no solamente
en aspectos educativos de niños o adultos, sino también en otros como el
trabajo social, la salud, la acogida, etc. sigue sin tener prácticamente
ninguna respuesta por parte de la Administración.
Los voluntarios y los profesionales no han recibido, en general,
ninguna formación sobre minorías culturales ya que se trata de un
fenómeno tan reciente que las escuelas de maestros o de otras
especialidades profesionales no han tenido todavía tiempo de
organizarlas.
La demanda, en cambio, existe, y en todos estos profesionales se
manifiesta un sentimiento generalizado de padecer déficits informativos
y formativos en diversos campos: antropología, lingüística comparada,
cultura de las comunidades de origen, etc.
Esta formación no debe tratar únicamente sobre temas concretos, sino que
potenciar especialmente un tiempo y un espacio conjunto de análisis de
las propias actitudes e implicaciones en el hecho intercultural.
En la medida de lo posible, como hemos dicho, una formación realizada en un grupo pluricultural, ya que es éste el medio idóneo para llevarla a cabo.
Es necesario también el conocimiento de técnicas de formación
intercultural, metodologías y procedimientos, y una reflexión sobre
nuevos modelos de intervención educativa y/o social,
y de elaboración positiva de los conflictos que pudieran surgir, ajustados a nuestra realidad.
Faltan asimismo formaciones más específicas según actividades profesionales. Incluso sería conveniente que se estableciesen titulaciones que reconociesen la especificidad de esta formación:
por ejemplo un Curso de Posgrado para Diplomados dedicado específicamente a la interculturalidad (a realizar conjuntamente maestros, ATS, trabajadores y educadores sociales...).
También una especialización sobre interculturalidad en la diplomatura
de Educador Social y en los estudios de Monitor Sociocultural.
ACTITUDES
Como ya se ha manifestado en estas páginas, la situación de los
inmigrantes es en principio de igualdad de derechos, pero en la práctica
se producen importantes discriminaciones.
Y una causa -quizás la más significativa- de estas discriminaciones
es la actitud con la que se contempla el fenómeno de la inmigración, sea
desde los poderes públicos, desde los medios de comunicación, operadores
e interlocutores sociales, e incluso desde la sociedad misma.
Para obtener la efectiva igualdad de derechos y su goce no es suficiente
la existencia de leyes antirracistas e igualitarias. En el ejercicio de
estos derechos pueden surgir actitudes discriminatorias que dificulten
el ejercicio y los vacíen de valor real.
Se trata, pues, de un aspecto que merece un análisis profundo y una
intervención decidida para cambiar estas actitudes -proceso largo y
difícil sin duda- para conseguir que desaparezcan de la vida cotidiana
de los extranjeros estas discriminaciones prácticas.
* Las actitudes sociales.
El racismo y la xenofobia son fenómenos preocupantes, aunque
minoritarios. En las encuestas es muy reducido (alrededor de un 5%) el
índice de personas que se declaran abiertamente racistas.
A pesar de ello en las mismas encuestas es mucho más significativo el
número de ciudadanos que no quieren tener un africano como vecino, que
consideran que los inmigrantes ocupan puestos de trabajo que
corresponderían a los nacionales o que asocian inmigración con
delincuencia.
Una idea muy enraizada es la de que los inmigrantes ocupan puestos de
trabajo que "por derecho" corresponden en primer lugar a los nacionales,
sobretodo teniendo en cuenta el paro en el mercado de trabajo.
En ámbitos laborales se detecta también la imagen del inmigrante como una competencia desleal, al aceptar trabajos que la mano de obra nacional no aceptaría.
Otro estereotipo es la asimilación de la inmigración con "problemas"
o con la delincuencia. Y, en general, puede apreciarse un sentimiento de
desconfianza hacia el extranjero.
Se trata de ideas falsas y no contrastadas, pero muy enraizadas y que
favorecen actitudes de rechazo.
Muchas veces son subconscientes, no se reconoce el carácter racista o
discriminatorio de estas actitudes y nunca responden a realidades
objetivas. Y se traducen en discriminaciones laborales, en no querer
alquilar pisos a extranjeros, o en aplaudir decisiones gubernamentales
contrarias a la inmigración, etc.
La explicación sociológica ante este hecho es la del rechazo natural que
se crea ante todo aquello que es extraño.
Una sociedad con unas costumbres, unas pautas y unos estereotipos (incluso raciales) determinados opone resistencia a que en su seno nazca y se instale algo que sea "diferente".
Esta impresión se corrobora por el hecho de que el rechazo y las
discriminaciones no van ligadas a la nacionalidad de las personas, sino
a factores culturales, religiosos o de apariencia física que evidencian
esta diversidad.
Así pues, más que el racismo o la xenofobia (los cuales tampoco debemos
olvidar a pesar de su carácter minoritario), existe un problema de
estereotipos falsos desfavorables sobre el extranjero que provocan
actitudes sociales generalizadas de desconfianza y rechazo, y contra las
cuales hay que combatir a través de campañas publicitarias, con la
influencia de los medios de comunicación,
a través de la educación de los niños, jóvenes y adultos, a fin de
eliminar las situaciones discriminatorias que se producen en la vida
cotidiana contra los inmigrantes.
Son necesarias campañas de información objetiva a los ciudadanos,
campañas de sensibilización y de educación en las escuelas, tanto para
los autóctonos como para los inmigrantes; y aprender a valorar las
aportaciones que puedan hacer, tanto económicas como culturales.
* Los discursos de los medios de comunicación.
Un estudio sobre los artículos y noticias que hablan de los inmigrantes
en la prensa diaria pondría en evidencia que, aunque la mayoría de los
editoriales y artículos de opinión ofrecen juicios valorativos con
argumentos humanitarios positivos para los inmigrantes,
en el interior de los periódicos, noticia tras noticia, se va
produciendo un constante goteo de imágenes negativas que ayudan a la
asimilación de los estereotipos y actitudes anteriormente comentadas,
que quizá el periodista, como miembro de la sociedad, comparte.
Con independencia de la ideología de los periódicos, encontramos estos
rasgos característicos:
Asociación entre racismo e inmigración. Cuando se habla de racismo,
inmediatamente se relaciona con los inmigrantes y se habla de ellos.
Los problemas legales y de delincuencia son los motivos por los cuales
más aparecen los inmigrantes (más del 50%).
Existe una tendencia a relacionar, pues, inmigrantes y delincuencia.
Esta relación se hace aún más evidente por el hecho de que cuando se describe a un delincuente, por encima de otros datos quizás más significativos (como pueden ser edad, condición de parado, drogadicto o marginado social),
si se trata de un inmigrante, se destaca este rasgo, algunas veces
incluso en el titular de la noticia.
Aparecen muchas veces como colectivo. Se utilizan nombres como "árabes",
"musulmanes", "ilegales", que, a manera de eufemismo, hacen notar su
diversidad.
En las situaciones que los afectan, sus opiniones aparecen menos que las
de los autóctonos (hasta tres de autóctonos por cada una de los
inmigrantes).
Y muchas veces sus afirmaciones aparecen contrastadas con las de un
nacional para corroborarlas o desmentirlas.
Muy pocas veces aparecen como sujetos de situaciones normalizadas o
integradas. Si se han asimilado o hacen acciones positivas (artísticas,
laborales...) ya no se señala su condición de inmigrante.
Muchas veces se simplifican las situaciones o se recurre a casos
particulares sin analizarlos con seriedad.
Así, por ejemplo, se destaca que un número importante de extranjeros
ha sido detenido por la policía, sin precisar que en la gran mayoría de
los casos el motivo es su situación irregular y no el hecho de haber
cometido algún delito.
En general, aparecen en el polo negativo de la información.
Los dos rasgos característicos más destacados son su
peligrosidad y la fragilidad (situaciones marginales, necesidad de
ayuda, con aire paternalista).
Es necesario remarcar que el carácter educativo y de formación de
opiniones que tienen los medios de comunicación no consiste sólo en
editoriales y artículos de opinión -siempre de carácter humanitario y
favorable-, sino también en el trato de las noticias.
Sería necesario, pues, que los medios de comunicación fueran más
sensibles a la necesidad de integración de los extranjeros y mejorasen
(con objetividad y evitando estereotipos negativos) el trato y las
imágenes que ofrecen de este colectivo,
introduciendo en sus normas de estilo una visión más positiva
de los inmigrantes.
En este sentido, un paso importante puede ser facilitar el acceso de
este colectivo a los medios de comunicación, con una participación
directa en la prensa, radio (seguramente el medio más idóneo), con
programas -hechos por ellos mismos- en su lengua y en los que se traten
sus problemas.
El objetivo de esta participación en los medios de comunicación es
fomentar su integración y familiarizar al resto de los ciudadanos con
las costumbres, cultura, etc., de estos colectivos.
* Los discursos de los operadores sociales.
La inmigración se está convirtiendo -si bien el número de extranjeros en
el Estado es muy reducido en comparación con otros de nuestro entorno, y
los problemas planteados son todavía de solución relativamente fácil- en
una cuestión de moda. Medios de comunicación, partidos políticos,
informes del gobierno, charlas y cursos hablan diariamente de la
inmigración.
En determinados países de inmigración más antigua e importante se están
consolidando corrientes políticas de viejas ideologías que encuentran
rentabilidad política en el rechazo a los extranjeros.
Su éxito se basa en conseguir que la inmigración ocupe un lugar
relevante en el debate político general y en los temas de preocupación
de la gente.
La inmigración como problema.
Ahora que aún estamos a tiempo debería plantearse esta cuestión, para evitar que la sociedad llegue a considerar el fenómeno migratorio como un problema -y además como un problema grave contra el cual hay que-,
y evitar que cualquier opción política que busque obtener
rentabilidad de la cuestión de la inmigración la encuentre por otro
camino que no sea el de potenciar la integración.
Hacemos en primer lugar un llamamiento a la responsabilidad de los
partidos políticos, centrales sindicales, federaciones de empresarios,
poderes públicos, iglesias,
entidades no gubernamentales y cualquier institución con influencia
social para que comprendan que el único camino válido es el de la
integración y que renuncien a cualquier rentabilidad que, aprovechando
los problemas sociales, pudiesen obtener fomentando la insolidaridad y
generando tensiones sociales hacia los extranjeros.
Y no únicamente la prohibición de discursos racistas o el apoyo de leyes
y discursos igualitarios son suficientes.
Todos los operadores sociales deben tomar conciencia de la
necesidad de evitar generar las imágenes negativas anteriormente
mencionadas y las actitudes que provocan las pequeñas discriminaciones
cotidianas.
Empezando por el mismo Gobierno del Estado:
potenciar la idea de que la inmigración es problemática, genera
delincuencia y quita puestos de trabajo a los nacionales para justificar
una política restrictiva es una arma de doble filo que puede volverse
contra la política de integración y que debería evitarse.
Los sindicatos deben incrementar su atención hacia los temas laborales
de los inmigrantes, favoreciendo al mismo tiempo su inserción en los
sistemas colectivos de defensa de sus intereses.
Es necesario evitar que se aprovechen y se apoyen ideas como la de la
competencia que implica en el mercado laboral la presencia de
extranjeros, y realizar una acción educativa sobre los trabajadores
nacionales con objeto de reivindicar los derechos laborales que les son
comunes.
Las iglesias cristianas, por su naturaleza y misión, han de ser
especialmente sensibles a los colectivos necesitados, especialmente la
Iglesia Católica, mayoritaria en el Estado.
La labor pedagógica dirigida a los fieles y a la sociedad en general es importante.
Pero no termina aquí su responsabilidad, es necesario que las
iglesias continúen y refuercen su presencia entre estos colectivos, con
voluntad de acoger a todos y de colaborar en las acciones y proyectos de
integración.
En general es necesario evitar que los interlocutores sociales traten la
inmigración como un problema y que se aplique al tema la lógica del
debate político general, y actuar en cambio por la vía de la detección y
solución de los problemas concretos dentro de una política global de
integración.
* Actitudes de los poderes públicos.
Las medidas basadas en la integración y la igualdad más estricta entre
inmigrantes y autóctonos pueden entrar en conflicto, en la aplicación
práctica, con actitudes de desconfianza y hostilidad por parte de
agentes de la autoridad, convirtiéndose así en obstáculos para el éxito
(Comisiones Europeas. Informe sobre políticas de inmigración de la
Comunidad Europea. p. 113).
Estas actitudes de desconfianza y hostilidad se agravan por el
desconocimiento, por parte de los inmigrantes, de las costumbres del
país y del funcionamiento de las administraciones y de los trámites
necesarios en cada caso.
Para que un proceso de integración tenga éxito, el extranjero debe
sentirse ciudadano del país donde vive, disfrutar de los mismos derechos
y deberes que un ciudadano nacional y sentirse protegido y no perseguido
por el aparato del Estado.
Nos remitimos a todo lo dicho respecto a la seguridad de
residencia, enfatizando la importancia de cambiar ciertas prácticas
administrativas.
Para fortalecer la seguridad jurídica de los inmigrantes y también por
el sentimiento que genera entre ellos y en la misma sociedad, la
administración debe perder este grado de desconfianza y hostilidad hacia
el extranjero;
sin olvidar que esta hostilidad lleva en la práctica a efectuar
controles "faciales", partiendo de rasgos étnicos de las personas y no
de sospechas fundadas, lo que supone en sí misma una actitud
discriminatoria.
Como se dijo hablando de las expulsiones, estas pueden ser un elemento
más del control de fronteras, pero no una parte de la política de
inmigración.
Los controles "faciales", las acciones indiscriminadas, las redadas
en barrios de inmigración, etc., constituyen un ataque a la seguridad
jurídica de los extranjeros, generan miedo e incertidumbre y sitúan a la
administración frente a los inmigrantes, socavando cualquier proceso de
integración.
El informe anual de 1989 del Defensor del Pueblo denuncia persecuciones
policiales contra extranjeros de raza negra, aún poseyendo permisos de
residencia válidos. Esta denuncia es recogida per el Informe Ford al
hablar del Estado Español (cap. 3.6.5), al decir que las autoridades,
especialmente la policía, no aplican, correctamente determinados
principios de la ley de julio de 1985 y continúan los abusos en el
ámbito de los derechos humanos.
Es necesario un cambio de actitud de la Administración. Recogemos la
recomendación nº 69 del Informe Ford, que pide a los Estados miembros
que retiren las instrucciones dadas a los diferentes servicios
encargados de hacer controles para que realicen cualquier hostigamiento
discriminatorio que haga pensar a las personas objeto del control que
estaban predispuestas a causa de los signos externos de pertenencia a
una determinada raza o categoría.
En este cambio de actitud consideramos necesario, como hemos señalado al
hablar de las expulsiones, el aprovechamiento y desarrollo al máximo de
los mecanismos de defensa que la ley prevé para los extranjeros, y una
aplicación más restrictiva y razonable de las medidas especiales que se
contemplan.
Destacamos también la recomendación nº 52 del Informe Ford, que pide el establecimiento legal de la posibilidad de que entidades jurídicas y asociaciones inicien procesos contra actos racistas y discriminatorios.
En este mismo ámbito de cuestiones nos dirigimos a los colegios
de abogados para que se interesen y den apoyo a los inmigrantes frente a
los actos administrativos.
Entre las diferentes oficinas y administraciones, merecen especial
atención los consulados, tanto los españoles como los extranjeros en
España.
En lo que se refiere a los españoles en el extranjero, y ya que se establece el requisito del visado como única vía para la entrada para trabajar legalmente en el país, es necesario que se establezcan claramente los requisitos y circunstancias para obtenerlo, debe informarse con claridad al inmigrante de la documentación necesaria, de su situación al presentar la solicitud (listas de espera, números clausus de cada nacionalidad...)
y, en general, facilitar el acceso al mecanismo legal de entrada con
objeto de evitar las entradas irregulares.
En cuanto a los consulados extranjeros en España, deben poner a
disposición del inmigrante los servicios y la documentación que se
requiere para renovar permisos, regresar a su país, renovar pasaportes.
Para ello, si es necesario, debería establecerse una cierta relación entre los consulados y las administraciones implicadas (Ministerio de Trabajo, del Interior, de Asuntos Exteriores),
para que las necesidades de los inmigrantes no hallen a los
diferentes consulados desprevenidos y puedan atenderles.
La administración municipal, al ser la más próxima a los ciudadanos,
juega un papel preponderante en los procesos de integración.
Sin su participación las demás iniciativas serán poco eficaces.
Temas como el de la acogida, orientación, asistencia sanitaria, cultura, educación, vivienda y acceso a los servicios sociales forman parte de las responsabilidades de los ayuntamientos.
El acceso a estos derechos y servicios empieza por el empadronamiento.
La negativa de algunos ayuntamientos a reconocer a los extranjeros su
condición de residente en el municipio, ignorando sus problemas -en
lugar de buscar las soluciones- y sus derechos, constituye una
inhibición de sus responsabilidades y dificulta cualquier proceso de
integración.
El Defensor del Pueblo y el Síndic de Greuges se han pronunciado en
diversas ocasiones sobre la vulneración de los derechos de los
extranjeros.
Dada la desprotección del colectivo, estas instituciones deberían reforzar sus actuaciones, no sólo en el plano jurídico sino también respecto a las actitudes de las administraciones e instituciones, con objeto de defender los derechos fundamentales de estas personas.
Sería muy positivo, por otra parte, poner a disposición de los extranjeros una guía de los trámites que deben hacer y servicios a los que pueden acceder.
Editada en diversos idiomas, explicaría cómo conseguir y renovar
permisos de trabajo y residencia, cuáles son los diversos derechos
-especialmente los laborales, seguridad social, INEM-, cómo cumplir las
obligaciones tributarias etc.
RECOMENDACIONES GENERALES
Recomendación 1. Que las administraciones del Estado que tienen
competencia para ello establezcan los mecanismos necesarios para que los
inmigrantes obtengan el estatuto de residente permanente, a fin de que,
aceptados como miembros de la sociedad, disfruten de la condición de
ciudadanos con los derechos y deberes inherentes a ello.
Recomendación 2. A medida que el proceso de integración vaya
consolidándose, y aprovechando la posibilidad que ofrece el artículo
13.2 de la Constitución y el artículo 5 de la Ley Orgánica 7/85 del 1 de
julio, se recomienda que se reconozca el derecho del sufragio en las
elecciones municipales a los extranjeros.
Recomendación 3. Se recomienda a todas aquellas instituciones a las que
las leyes conceden atribuciones de control en materia de extranjería que
hagan una aplicación razonable, humanitaria y restrictiva de las
disposiciones limitadoras de derechos hacia los extranjeros, y que al
mismo tiempo se aprovechen todos los mecanismos de defensa que la ley
permite.
Recomendación 4. Que los partidos políticos, gobierno del Estado y
cámaras legislativas promuevan los cambios legislativos necesarios para
que las leyes reconozcan y defiendan los derechos de los inmigrantes y
las normas jurídicas pierdan el miedo y desconfianza hacia los
extranjeros que se constata en la legislación vigente.
También que el derecho positivo vigente se adecue a las directrices
de los Órganos de la Comunidad Europea en materia de extranjería.
Recomendación 5. Que los partidos políticos, gobierno del Estado y
cámaras legislativas, al promover los cambios legislativos propuestos en
la recomendación anterior, eviten los conceptos jurídicos indeterminados
y el otorgamiento de grados importantes de discrecionalidad a la
Administración, reforzando la seguridad jurídica y la tutela efectiva de
los derechos de los extranjeros.
Recomendación 6. Que las autoridades estatales, autonómicas y
municipales dicten las normas pertinentes y lleven a cabo las campañas
la sensibilización que sean necesarias entre sus funcionarios y fuerzas
de orden público para que se mejore el trato e los inmigrantes,
desaparezca la desconfianza hacia el extranjero y,
así, este encuentre en la administración la ayuda y el apoyo al que
como ciudadano -y contribuyente- tiene derecho.
Recomendación 7. Que los gobiernos del Estado y de las Comunidades
Autónomas hagan campañas de sensibilización entre la población con
objeto de mejorar la imagen que se tiene de los inmigrantes y eliminar
las discriminaciones que se producen en la vida cotidiana, y también
establezcan los mecanismos de control en los ámbitos en que sea
necesario.
Recomendación 8. Que las administraciones públicas, en atención a la
diversidad cultural y religiosa que provoca la inmigración y a las
necesidades que de ello se derivan,
tengan presentes las diversas costumbres en los lugares donde exista
una presencia importante de inmigrantes y establezca los canales de
diálogo que permitan respetar dichas necesidades.
Recomendación 9. Que las administraciones públicas pongan a disposición
de los inmigrantes una guía editada en varios idiomas en la que se
especifiquen los distintos trámites administrativos, fiscales... que
deben efectuar; dónde y cómo cumplimentarlos, y también los servicios a
los que puedan acceder.
Recomendación 10. El conocimiento de las culturas es un elemento
importante para potenciar la convivencia y el respeto mutuo. Se
recomienda que ayuntamientos, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones de inmigrantes, escuelas, etc., promuevan espacios de
intercambio cultural.
Recomendación 11. Que se dé apoyo a las acciones de las asociaciones de
extranjeros y demás organizaciones no gubernamentales en las actividades
que estas llevan a cabo a favor de los inmigrantes, y que se establezcan
las plataformas necesarias para que la colaboración sea efectiva.
Al Gobierno del Estado
Recomendación 12. Que la nueva Comisión Interministerial de Extranjería
diseñe una política global de inmigración, teniendo en cuenta todos los
aspectos que puedan afectar a los extranjeros, y que dialogue con las
organizaciones no gubernamentales con objeto de elaborarla y llevarla a
término.
Recomendación 13. Que en el diseño de una política global de inmigración
de establezca un control de fronteras razonable, tendente a canalizar el
flujo migratorio real. Pero sin olvidar la situación económica y
demográfica de los países de origen y la necesidad de ayudar a su
desarrollo.
Recomendación 14. Que se establezcan criterios claros en lo referente a
los requisitos necesarios para la obtención del visado de entrada,
eliminando cualquier discrecionalidad administrativa es su concesión y
que, en el momento de determinar estos criterios, se consulten las
diversas fuerzas sociales y grupos implicados.
Recomendación 15. Que se regulen los criterios de concesión de visado
para la reagrupación familiar de acuerdo con la Disposición Adicional 3ª
del Real Decreto 1119/86 del 26 de mayo, de forma preferente y sin
criterios restrictivos.
Recomendación 16. Que se dé a conocer cuáles son los países cuyos
súbditos pueden tener acceso al estatuto de asilo y refugio, los
requisitos y la forma de acreditarlos par acceder a dicho estatuto.
Será también necesario que la administración disponga de los medios
necesarios con objeto de reducir el retraso en la resolución de las
solicitudes.
Recomendación 17. Que durante todo el período de resolución de la
petición de asilo refugio el solicitante tenga derecho a recibir una
ayuda económica equivalente al salario mínimo interprofesional.
Como opción alternativa, puede estudiarse la concesión de un permiso
de trabajo y residencia provisional.
Recomendación 18. Que se refuerce la seguridad jurídica de los
extranjeros, se eviten acciones policiales indiscriminadas, controles
faciales y cualquier actuación que pueda fomentar la desconfianza o el
miedo de los extranjeros hacia el Estado.
Recomendación 19. Que se potencien los mecanismos de defensa de los
extranjeros sometidos a expedientes administrativos de expulsión,
proporcionándoles asistencia letrada y de intérprete, extendiendo la
tutela judicial a los casos de detención preventiva e informando a los
consulados respectivos.
Recomendación 20. Que se haga una aplicación restrictiva, limitada a los
casos en los que sea objetivamente necesario, de las medidas cautelares
de carácter especial que la ley prevé contra los extranjeros.
Recomendación 21. Que se potencie la estabilidad y seguridad de
residencia de los inmigrantes modificando el actual sistema de
renovación de los permisos de trabajo: valorando la inserción social y
laboral de manera que disponer del contrato de trabajo en el momento de
la renovación no sea una condición excluyente, simplificando la
documentación requerida, agilizando los trámites administrativos y
aumentando la vigencia de los permisos.
Recomendación 22. Que sean eliminadas las tasas correspondientes a la
concesión y renovación de permisos de trabajo, ya que suponen una
penalización indirecta a la contratación de trabajadores extranjeros.
Que se les permita el acceso a la función pública.
Recomendación 23. Que la Inspección de Trabajo refuerce su actuación de
control y sanción sobre la contratación irregular y las condiciones de
trabajo infralegales de todos los trabajadores.
Al gobierno de la Generalitat de Catalunya
Recomendación 24. Que el Gobierno de la Generalitat diseñe una política
global de inmigración, para llevar a cabo y coordinar acciones
educativas, sanitarias, de vivienda, de servicios sociales, de
alfabetización y de formación ocupacional.
Recomendación 25. Es necesario programar acciones educativas que afecten
a todo el tejido social, con campañas de prevención y educación en los
valores de la solidaridad, promoviendo el enriquecimiento intercultural
y el respeto a la diversidad de cada cultura.
La práctica de la solidaridad y la lucha por una mayor justicia
social y por el ejercicio de los derechos civiles y políticos por parte
de los inmigrantes son inseparables de la educación intercultural.
Recomendación 26. Es necesario promover, de acuerdo con la LOGSE, la
compensación de las diferencias de los alumnos y la adaptación de los
métodos de enseñanza a las respectivas características individuales,
teniendo en cuenta que adaptarse a las peculiaridades de los alumnos
también comporta adaptarse a la respectiva diversidad cultural.
Es necesario mantener el desarrollo de la lengua materna del
alumno y favorecer el dominio de la lengua mayoritaria.
Recomendación 27. Que se revisen los contenidos etnocentristas y
xenófobos de determinadas materias escolares y se completen los
contenidos académicos de modo que estos hagan referencia a los países y
culturas de los niños inmigrantes.
Y que se ponga a disposición de los docentes un soporte técnico
cualificado de asesoramiento, ampliando el actual Programa de Educación
Compensatoria.
Recomendación 28. Es necesario promover una Formación Intercultural
Instrumental Básica vinculada a una mejora de las condiciones laborales,
a una formación ocupacional, y en todo caso a la calidad de vida real
del sujeto y adaptarla a las necesidades de la persona que aprende en
lugar de que esta tenga que adaptarse a un sistema educativo que no
tiene en cuenta su diversidad.
Recomendación 29. Son necesarios agentes de desarrollo cultural y social
que surjan de los propios colectivos si se pretende tener interlocutores
cualificados con las minorías culturales, que estén capacitados
técnicamente y profesionalmente para realizar estas labores.
Deben establecerse los recursos necesarios para organizar cursos de
formación de agentes de desarrollo cultural y social, alfabetizadores,
líderes asociativos, etc.
Recomendación 30. Es preciso atender la necesidad de crear unos espacios
de formación permanente especializados para profesionales o voluntarios
implicados, no sólo en los aspectos educativos de niños o adultos, sino
también en otros como el trabajo social, la salud, la acogida, etc.
Recomendación 31. Que se estudien y se lleven a cabo planes de vivienda
con el objetivo de rehabilitar las zonas urbanas más deterioradas,
acondicionando las viviendas que no reúnan las mínimas condiciones de
habitabilidad y buscando una distribución equilibrada entre población
extranjera y autóctona.
Recomendación 32. Que los servicios sociales guíen y orienten a los
extranjeros en lo que se refiere a los hábitos de vida y convivencia,
estableciendo canales de diálogo con vecinos, propietarios y
administraciones con objeto de evitar tensiones y conflictos que lleven
a actitudes de rechazo y a la concentración de los inmigrantes en
guetos.
Recomendación 33. Que se tomen las medidas adecuadas para que todos los
extranjeros tengan acceso a la atención sanitaria.
Recomendación 34. Que los servicios de atención primaria que tengan a su
cargo sectores importantes de estos colectivos sean dotados de recursos
materiales, técnicos y humanos suplementarios, especialmente en lo que
se refiere a problemas sanitarios específicos o más habituales del
colectivo, medicina preventiva y educación sanitaria.
Recomendación 35. Que se tomen las medidas necesarias (servicios
sociales) para conseguir una adecuada educación higiénica y sanitaria de
los colectivos de inmigrantes, especialmente en materia de planificación
familiar, enfermedades de transmisión sexual y salud materno-infantil.
Recomendación 36. Que se facilite el acceso de los trabajadores
extranjeros a los programas de formación ocupacional, con especial
atención a sus deficiencias formativas y lingüísticas, con objeto de
conseguir una mejor inserción y promoción en el mercado laboral.
A los ayuntamientos
Recomendación 37. Que los ayuntamientos tengan presente que todos los
residentes en el municipio deben ser tratados como ciudadanos.
Por consiguiente, es necesario que no se pongan dificultades a su
empadronamiento y que se facilite el acceso a los distintos servicios
municipales.
Recomendación 38. Que los ayuntamientos, en su política municipal de
vivienda, tengan en cuenta la necesidad de evitar concentraciones de
inmigrantes en las zonas más deterioradas, estableciendo los mecanismos
de coordinación con otras instituciones implicadas al objeto de
desarrollar planes de vivienda.
Recomendación 39. Que los municipios con competencias de bienestar
social, y continuando la recomendación anterior, actúen a través de los
servicios sociales para facilitar la convivencia, adecuar los hábitos de
vida, y además faciliten los canales de diálogo entre los inmigrantes y
vecinos y propietarios.
Recomendación 40. Que de acuerdo con la recomendación 33 todos los
inmigrantes residentes en el municipio reciban atención sanitaria.
Deberán establecerse los mecanismos necesarios para que
aquellos inmigrantes que no tengan acceso a la seguridad social, por no
disponer de contratación laboral legal, no se vean privados de atención
sanitaria.
Recomendación 41. Dada la situación de las mujeres inmigrantes, se
recomienda una especial atención de los servicios sociales, culturales y
sanitarios. Cuestiones como la tutela de sus derechos como persona, la
educación, higiene y alimentación de los hijos, convivencia y relación
con los vecinos, aprendizaje del idioma, y de temas prácticos como la
compra, etc., deben ser tomadas en consideración por los servicios
municipales.
Recomendación 42. Que sean tenidas en cuenta las necesidades específicas
que se deriven de la religión y costumbres propias, tales como la
determinada manera de sacrificar los animales o las prescripciones
religiosas referentes a los entierros.
Los municipios en los que haya una presencia significativa de
inmigrantes deberán establecer canales de diálogo con los representantes
de estos colectivos al objeto de atender dichas necesidades.
A los agentes sociales
Recomendación 43. Que los colegios de abogados procuren dar información
a sus miembros para que sean conscientes de la problemática jurídica de
los extranjeros y puedan defenderles adecuadamente.
Solicitamos la asistencia letrada en expedientes administrativos, de
expulsión y detenciones preventivas.
Recomendación 44. Que los consulados extranjeros tomen parte activa en
la política de integración y actúen adecuadamente en casos de
expulsiones y detenciones. Y que faciliten al máximo los trámites de
renovación de pasaportes, expedición de certificados y documentos
necesarios para la renovación de permisos.
Recomendación 45. Que los medios de comunicación sean sensibles a la
necesidad de integración de los extranjeros e introduzcan en sus normas
de estilo una visión más positiva de los inmigrantes, mejorando el trato
y las imágenes que se ofrecen y evitando estereotipos negativos.
Recomendación 46. Que los medios de comunicación -especialmente los
públicos- abran sus canales a los inmigrantes, con la cesión de espacios
en su propia lengua donde se traten sus problemas.
Recomendación 47. Que los partidos políticos incluyan en sus programas
la integración de los inmigrantes y renuncien a cualquier rentabilidad
que, aprovechando problemas sociales, pudiesen obtener fomentando la
insolidaridad y generando tensiones sociales hacia los extranjeros.
Recomendación 48. Que los sindicatos incrementen su atención hacia los
problemas laborales de los inmigrantes, favoreciendo al mismo tiempo su
inserción en los sistemas colectivos de defensa de sus intereses.
Que se evite el aprovechamiento o el apoyo de ideas como la de la
competencia que implica en el mercado laboral la presencia de
extranjeros y reivindiquen los derechos laborales comunes a todos los
trabajadores.
Recomendación 49. Que las asociaciones de extranjeros y las
organizaciones no gubernamentales que trabajan en este campo
reivindiquen los derechos y las soluciones de los problemas de los
inmigrantes y dialoguen con las administraciones en la búsqueda de
soluciones.
Recomendación 50. Que el Defensor del Pueblo y el Síndic de Greuges
refuercen sus actuaciones en defensa de los derechos fundamentales de
los inmigrantes, no sólo es el plano jurídico sino también en lo
referente a las actitudes de las administraciones e instituciones.
Antoni Bardera, Carles Navales, Carles Pascual, Dolors Terrades, Doudou Diatta, Francesc Carbonell, Francesc Massegur, Ignacio Cardona, Joan Colomer, Joaquim Giol, Kassim Njie, Miquel Coma, Mohamed Maadi, Rachid Carroum, Sebastià Parra y Sebastià Salellas - http://www.lafactoriaweb.com
Publicado Originalmente en la revista cuatrimestral la factoría*