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Se trata de un juicio que podemos compartir, ya que, aunque la solución de compromiso que el documento representa no responde plenamente a las expectativas de quienes -incluido el movimiento sindical- pretendían que la Convención fuera una ocasión para reforzar decididamente la Unión tanto social como políticamente,
al mismo tiempo marca la derrota de quienes, también con el
pretexto de la ampliación, hubiesen agradecido un alto en el proceso de
integración, o incluso la disolución del mismo en una simple ampliación
de mercado, o poco más.
Considerado en su conjunto, el proyecto de tratado constitucional
consolida los resultados alcanzados hasta ahora, introduce algunas
novedades importantes y deja las puertas abiertas para nuevos
desarrollos, cuando se den las condiciones políticas adecuadas.
No es poco, sobre todo teniendo en cuenta el contexto en que la
Convención ha tenido que trabajar y el debilitamiento de los impulsos
federalistas, tanto en el mundo político como en la opinión pública.
Cualquier evaluación crítica del resultado de la Convención que pretenda
ser realista no puede olvidar estas premisas; así como no puede
infravalorar el peso –también presente en la Convención– de las mayorías
políticas conservadoras que gobiernan en muchos países.
Un juicio sindical sobre el borrador de tratado constitucional debe abordar, en primer lugar, sus contenidos sociales. A este respecto, tres son las novedades más importantes:
la incorporación al Tratado, y con valor legal, de la Carta de
los Derechos Fundamentales de Niza; la inclusión de la solidaridad y de
la igualdad entre los valores de referencia de la Unión, y de la
justicia social, el pleno empleo, la economía social de mercado, la
igualdad de género y el desarrollo sostenible entre sus objetivos
generales; y, finalmente, el reconocimiento del papel de los agentes
sociales y el apoyo al desarrollo del diálogo social.
Estos elementos, que se encuentran en la primera parte del tratado (y en
la segunda de la Carta), refuerzan sin duda la dimensión social de la
Unión y evidencian mejor su modelo social específico.
A condición, obviamente, de que no se queden en meras declaraciones
de principios, sino que se traduzcan en políticas concretas de la Unión
Europea. En este sentido, la Convención no ha podido llevar a cabo su
tarea por falta de tiempo en la última fase de sus trabajos.
Así, la tercera parte del tratado, precisamente la que define las
políticas de la Unión, no se ha sometido a una revisión exhaustiva, para
hacerla coherente con las innovaciones introducidas en la primera parte,
sino que sólo se han modificado unos pocos puntos, aunque
significativos:
la posibilidad de legislar en materia de servicios públicos y la
coordinación de las políticas europeas en el campo social y laboral, en
la investigación y en la sanidad pública.
Una solución de compromiso
La revisión de la tercera parte le corresponde ahora a la Conferencia
Intergubernamental (CIG) y los resultados de esa labor representarán la
primera prueba del grado de adhesión de los Gobiernos a los principios y
a los innovadores objetivos de la primera parte,
así como de su voluntad de permitir que la Unión los traduzca
en algo concreto.
Si el juicio sobre este aspecto debe permanecer abierto, también es
verdad que, en lo que respecta a la Europa social, el borrador del
tratado recoge una parte significativa de las reivindicaciones de la CES.
Pero hay dos puntos, nada irrelevantes, en los que cualquier avance en la Convención ha sido imposible: la extensión del voto por mayoría cualificada a los asuntos fiscales y sociales, y el fortalecimiento de los instrumentos necesarios para el Gobierno económico europeo.
El prevalecer del “status quo” en estas dos áreas tan decisivas para el futuro desarrollo de la Unión en general, y para la implementación de la Estrategia de Lisboa en particular, representa una grave limitación de los resultados de la Convención.
Luces y sombras existen también en otras partes del borrador
del tratado constitucional, que, hay que recordarlo, no deja de ser una
solución de compromiso.
Sin duda, en el futuro, el funcionamiento de la Unión será más
democrático y transparente.
En concreto, el Parlamento Europeo ha obtenido nuevos poderes y se ha
convertido de pleno derecho en colegislador, sustancialmente en
condiciones de igualdad con el Consejo de Ministros.
Paralelamente, han aumentado considerablemente (aunque no para las
políticas sociales y fiscales) las posibilidades de utilizar el voto por
mayoría, aplicándose el doble criterio de mayoría por número de países y
por población.
Finalmente, se ha introducido en el tratado el concepto de “democracia
participativa”. Las disposiciones relativas a esta última recogen no
sólo el ya mencionado artículo sobre el reconocimiento de los agentes
sociales y del diálogo social, sino también la obligación,
por parte de las instituciones europeas, de garantizar procesos
de consulta con las asociaciones de la sociedad civil, y la posibilidad
de recurrir a la iniciativa popular (un millón de ciudadanos de
distintos países) para pedir a la Comisión la aprobación de una
determinada medida legislativa.
La Convención, por tanto, ha proporcionado una primera e importante
respuesta a la necesidad de acercar la Unión a los ciudadanos.
Sin embargo, en el ámbito de las políticas comunes exterior y de defensa no ha sido capaz de cumplir las expectativas iniciales.
La guerra de Irak y las profundas divisiones que ésta ha
generado entre los Gobiernos europeos han contribuido notablemente a
ello.
Gigante económico y enano político
La situación, por tanto, permanece estancada en el “status quo” y la
Unión Europea seguirá siendo, al menos por el momento, un gigante
económico a la vez que un enano político en el escenario internacional,
al carecer de instrumentos que le permitan expresarse con una sola voz y
convertirse así en un actor global.
Si se considera que, en los sondeos de opinión, es ésta, precisamente,
una de las principales expectativas de los ciudadanos para la Unión, el
fracaso resulta evidente.
Sin embargo, dadas las circunstancias políticas ya mencionadas
y la ausencia de una visión común entre los Gobiernos sobre las
relaciones entre Europa y Estados Unidos y, en general, sobre la
organización del mundo, era ilusorio esperar de la Convención respuestas
definitivas.
Con todo, a la Convención hay que reconocerle al menos el mérito de
haber mostrado la voluntad de avanzar hacia el futuro con su decisión de
crear un ministro europeo de Asuntos Exteriores y de permitir que exista
una representación única de la Unión ante las instituciones económicas y
financieras internacionales.
Una vez clausurada la Convención y aprobado por consenso el borrador del
tratado constitucional, el testigo pasa ahora a la Conferencia
Intergubernamental, cuyo inicio está previsto para el 4 de octubre, en
Roma.
Antes de finales de septiembre, el Parlamento Europeo y la Comisión
darán a conocer su opinión sobre los resultados de la Convención y, con
ella, sus propuestas para la CIG. A su vez, la Confederación Europea de
Sindicatos tendrá que pronunciarse en las próximas semanas.
Al entregar el texto a la Presidencia italiana de la Unión, Valéry
Giscard d’Estaing, interpretando la orientación general de la
Convención, expresó su deseo de que la CIG se aparte lo menos posible
del mismo, para evitar el riesgo de que todo vuelva a ponerse en
discusión, sancionando así la inutilidad del trabajo realizado.
Por otra parte, algunos Gobiernos ya han hecho saber que propondrán enmiendas a la parte institucional (composición de la Comisión, Presidencia permanente de la Unión y reparto de votos en el Consejo de Ministros).
El presidente Prodi también ha anticipado sus intenciones en ese
sentido.
Para el movimiento sindical se trata de evaluar si, en una CIG en la que
precisamente se sentarán, cada uno con derecho de veto, los
representantes de aquellos Gobiernos que se opusieron a soluciones más
avanzadas en la Convención, se dan o no las condiciones adecuadas para
obtener cambios sustanciales en los contenidos sociales y económicos del
Tratado, como sería deseable y en el sentido arriba indicado.
Se trata de una hipótesis improbable, pero que deberá sondearse, aunque
no a costa de brindar pretextos a quienes desearían reabrir el debate no
para ir más lejos, sino para revisar a la baja el resultado de la
Convención.
Dicho esto, el movimiento sindical debe seguir exigiendo con fuerza que la tercera parte del tratado, relativa a las políticas concretas de la Unión, sea modificada hasta reflejar plenamente los valores y los objetivos generales de la primera parte, en la que se encuentran las novedades sociales más significativas.
Esta petición no tiene nada que ver con un replanteamiento del borrador de la Convención, sino con la exigencia, legítima e irrenunciable, de que a las palabras les correspondan unos hechos.
En conclusión, el tratado constitucional, siempre que no quede
desvirtuado en la CIG, merece una valoración positiva, aun con la
conciencia de que, a pesar de su importancia, no es el punto de llegada
sino una etapa más en la construcción de esa Europa no sólo económica,
sino también social y política, que sigue viva en las aspiraciones de
los trabajadores y de los sindicatos.
Emilio Gabaglio - http://www.lafactoriaweb.com
Publicado Originalmente en la revista cuatrimestral la factoría*
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