ANÁLISIS, ALCANCE
Sobre este tema se ha desarrollado un Foro abierto en la cátedra de
Comercio Internacional del Área de Postgrado de Faces de la Universidad
de Carabobo, a fin de evaluar cuál ha sido el rol de las Franquicias
hasta el presente y más en un escenario turbulento como el que
actualmente se vive.
Se obtuvieron varias opiniones, en donde esta oportunidad se consideró
la de Ranzi Banna quien señala al respecto, que no cabe la menor duda,
que el negocio de las Franquicias se encuentra entre los más lucrativos
de Venezuela y su crecimiento en los últimos años es tan prolífero que
se compara con el sector de las telecomunicaciones; además, ya no se
limita como en un principio a las comidas rápidas, sino que por el
contrario expande su oferta a lavanderías, centros de belleza, tiendas
de regalos y envío de correspondencia, entre otros.
Las franquicias están actualmente volviéndose muy importantes para la
economía venezolana y se están extendiendo a través de todo el
territorio nacional, incrementándose a una tasa estimada de cerca del
40% para el año 2004.
En el año 2003 aumentaron en un 20% y están generando importantes fuentes, tanto de empleo como de mejores servicios al público.
Actualmente Venezuela cuenta con una Cámara Venezolana de
Franquicias de aproximadamente 140 miembros y de una Asociación de
Franquicias con más de 60 miembros.
Desde el año 1998, cuando Venezuela inició su expansión en las
franquicias, este sector ha llegado a ser actualmente el segundo en el
país en cuanto a mayor crecimiento sostenido se refiere (20%), de
acuerdo con las estimaciones de las mencionadas cámaras.
A raíz de la actual ola de franquicias, se han instalado en
Venezuela algunos de los negocios de franquicias individuales más
exitosos en el mundo. El país cuenta ahora con 150 franquicias
registradas.
La Cámara Venezolana de Franquicias (PROFRANQUICIAS) ha redactado un
Código de Ética para servir como código de buenas costumbres y de buena
conducta de los usuarios de la franquicia en Venezuela.
El mismo establece una definición de la franquicia, los principios rectores de la franquicia, las obligaciones del franquiciante y del franquiciado, las obligaciones de las partes en caso de controversias, la guía para la publicidad e información, un circular uniforme de oferta de franquicias, así como la información que se debe indicar en los contratos.
Sin embargo, el Código no pretende sustituir la legislación y disposiciones reglamentarias que incidan en el negocio de franquicias, ni tampoco constituir o ser origen de relaciones jurídicas entre las partes de un contrato de franquicia.
En tal sentido, y en virtud de que la Ley para la Promoción y
Protección de la Libre Competencia (Ley Procompetencia) promulgada en
enero del año 1992, tenía prohibidos en principio los contratos,
decisiones, recomendaciones colectivas o las prácticas concertadas que
limitaran la producción, distribución y el desarrollo técnico o
tecnológico; la cual ley, sin embargo, ofrecía la posibilidad de
desarrollar, bajo ciertas condiciones, ciertas actividades que
originalmente fueran prohibidas, tales como las "representaciones y
franquicias territoriales exclusivas que contienen la prohibición de
comercializar con otros productos", el Ministerio para la Producción y
el Comercio, por intermedio de la Superintendencia para la Promoción y
Protección de la Libre Competencia (la Superintendencia), promulgó la
Resolución NºSPPLC-038-99 de fecha 9 de julio de 1999 y la publicó en el
Nº 5.431 Extraordinario de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela del 7 de enero de 2000, siendo esta última la fecha en que
entró en efecto la Resolución.
Dicha Resolución marca un hito por ser la primera legislación en crear
un marco legal para las franquicias en Venezuela, en forma de
Lineamientos para la Evaluación de Convenios de Franquicia.
La Superintendencia considera que los contratos de franquicia en los
cuales participan dos agentes económicos y que incluyen una o más de las
restricciones previstas en la Resolución, siempre que estén enmarcadas
dentro de los parámetros de los referidos Lineamientos, no quedan
sujetos a la prohibición de la Ley Procompetencia.
Dicho criterio se aplica a todos los contratos de franquicia principal en los cuales solo participan dos empresas.
Los criterios concernientes a las relaciones entre franquiciador y
franquiciado principal se aplican igualmente entre franquiciador
principal y su franquiciado.
La Resolución reconoce la importancia de los conocimientos técnicos, o
"know-how" que es parte de una franquicia y lo considera como un
elemento que deberá serle útil para el franquiciado, mejorando su
posición competitiva, particularmente en el perfeccionamiento de sus
resultados y ayudándole a introducirse en el nuevo mercado.
La Resolución declara que el know-how está identificado, ya que se describe en forma suficientemente completa para permitir verificar que se cumple con las condiciones de secreto y sustancialidad.
Se considera que es suficientemente importante el permitir la
descripción del "know-how" en el contrato de franquicia, en un documento
separado, o en cualquier otra forma apropiada.
Dichos Lineamientos contienen los siguientes aspectos importantes, los
cuales deben ser considerados en el momento de celebrar contratos de
franquicia:
-Establecen aquellas restricciones a la libre competencia que son
consideradas admisibles por la Superintendencia.
-Establecen ciertas obligaciones para el franquiciado, a objeto de
proteger los derechos de propiedad industrial o intelectual del
franquiciador, o de mantener la identidad común y la reputación de la
red de franquicia.
-Considera la Superintendencia, sin embargo, que las restricciones a la
libre competencia y las obligaciones del franquiciado previstos en los
contratos de franquicia, serán admisibles, siempre que reúnan ciertas
condiciones, y establece además que no se permitirán dichas
restricciones y obligaciones en los supuestos enumerados.
La Superintendencia se ocupa de analizar los contratos de franquicia, de
acuerdo con las normas razonables, siempre tomando en consideración si
los mismos contribuyen a mejorar la producción, comercialización y
distribución de bienes y el suministro de servicios; fomentan el
progreso técnico o económico; contribuyen con ventajas para el
consumidor o el usuario; e incrementan la eficiencia económica.
Con dichos lineamientos para la evaluación de los contratos de
franquicia, Venezuela intenta facilitar los trámites legales de
franquicia, como por ejemplo otorgando a los franquiciadores el
beneficio de leyes que les proporcionen mayor libertad en la
determinación de sus propias normas para la redacción de los contratos;
y protegiendo de fraudes a los franquiciados, permitiéndoles obtener
información fidedigna sobre una franquicia antes de cerrar el trato.
Además, se espera que los Lineamientos ayuden y establezcan un marco
legal para los franquiciadores locales que cubran productos nacionales,
que actualmente representan el 49% de las franquicias existentes en el
país.
El Dr. Mora es Ingeniero - Administrador, Profesor Titular en el Área de estudios de Postgrado de la Universidad de Carabobo (Venezuela)
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